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A través de una acción de hábeas corpus, el interno de la U11 de Sáenz Peña pretendía que se autorice la visita de su esposa, quién se habría retractado de una denuncia por violencia de género por la que se dictó una restricción de acercamiento. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la medida de primera instancia y advirtió que el trámite debería realizarse ante el tribunal que dictó la medida. 

Martes, 1 de julio de 2025

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la decisión del Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña que rechazó un hábeas corpus presentado por un interno de la Colonia Penal N° 11 del Servicio Penitenciario Federal (SPF), quien buscaba que se permitiera a su esposa visitarlo en la cárcel.

La resolución judicial dictada este martes, a la que tuvo acceso LITIGIO, sostiene que el impedimento de contacto responde a una orden judicial previa y no a un acto arbitrario de las autoridades penitenciarias.

El caso se originó cuando el interno interpuso una acción de hábeas corpus alegando que, aunque su esposa lo había denunciado, luego se retractó y necesitaba de su apoyo debido a problemas psicológicos tras la pérdida de tres bebés. Sin embargo, la justicia provincial y federal ya habían emitido una orden de “prohibición de contacto” entre ambos, la cual fue notificada al SPF.

Durante la audiencia, el preso argumentó que en 2023 se había permitido una visita conyugal en circunstancias similares, pero los jueces destacaron que el SPF actuó en cumplimiento de las resoluciones judiciales vigentes. Además, se señaló que la nota de retractación presentada por su esposa tenía irregularidades, como tachaduras y una procedencia dudosa.

La magistradas Rocío Alcalá y Patricia Beatriz García, de la Cámara, resolvieron que el hábeas corpus no era la vía adecuada para este caso, ya que no se evidenció un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención. En cambio, destacó que el interno debe recurrir a los tribunales que emitieron la prohibición si busca modificar la medida.

 


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