El Juzgado Electoral de Corrientes declaró inconstitucional un apartado del Decreto emitido por el gobernador Gustavo Valdés el pasado 18 de junio, por considerar que alteraba las reglas del proceso electoral en curso y excedía las facultades reglamentarias del gobierno. La medida fue impulsada por el Partido Justicialista y sus partidos aliados.
Viernes, 27 de junio de 2025
El Juzgado Electoral de Corrientes declaró este viernes inconstitucional el apartado b) del Decreto Provincial N° 1260/2025, emitido por el Poder Ejecutivo local, por considerar que alteraba las reglas del proceso electoral en curso y excedía las facultades reglamentarias del gobierno.
La decisión judicial responde a un recurso presentado por representantes de 15 agrupaciones políticas, entre ellas el Partido Justicialista, Movimiento Libres del Sur y Frente Renovador, quienes argumentaron que el decreto introducía cambios sustanciales en pleno cronograma electoral, afectando principios como legalidad, igualdad y seguridad jurídica.
La sentencia anula el apartado b) del decreto, que imponía restricciones a las adhesiones de boletas, y sienta un precedente sobre los límites de la potestad reglamentaria en materia electoral. Los partidos celebran la decisión, mientras el gobierno aún evalúa si apelará.
Los argumentos de la controversia
El decreto cuestionado, dictado el 18 de junio, reglamentaba el artículo 62 del Código Electoral Provincial, estableciendo condiciones para la adhesión de boletas en elecciones simultáneas (provinciales y municipales). Los partidos demandantes alegaron que la norma era “extemporánea”, ya que se promulgó después de iniciado el cronograma electoral para los comicios del 31 de agosto, y que limitaba arbitrariamente la formación de alianzas. Además, señalaron que el Poder Ejecutivo invadió competencias legislativas al regular una figura no prevista en la ley: las “adhesiones materiales” de boletas, creadas jurisprudencialmente.
En su fallo, la jueza María Eugenia Herrero destacó que, si bien el decreto buscaba evitar “confusión en el electorado”, su emisión en pleno proceso electoral violaba el debido proceso electoral y el principio de estabilidad normativa, esenciales para garantizar elecciones transparentes. Citó jurisprudencia nacional e internacional, incluida la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exige claridad en las reglas antes de convocar a elecciones.
La postura del gobierno
El Fiscal de Estado defendió el decreto, argumentando que era una herramienta para “ordenar la oferta electoral” y evitar inequidades. Sin embargo, la jueza consideró que la medida equivalía a “legislar” sobre un tema no regulado por la ley, excediendo las facultades del Ejecutivo.