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La Cámara Federal Criminal y Correccional anuló la decisión de Capuchetti que había archivado la denuncia contra el asesor presidencial. Consideraron que antes de resolver sobre la inexistencia de delito debió analizar la solicitud de Manes para que se lo tenga constituido como querellante.

Miércoles, 7 de mayo de 2025

En un voto dividido, la Sala II de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional anuló la decisión de la jueza María Eugenia Capuchetti que había archivado la denuncia penal presentada por el diputado nacional, Facundo Manes, contra el asesor presidencial Santiago Caputo, luego de que este lo amenazara dentro del edificio del Congreso el pasado 1° de marzo en el inicio de las sesiones legislativas.

La mayoría -integrada por los jueces Roberto José Boico y Martín Irurzun- consideró que la jueza debió expedirse respecto a la solicitud de Manes para constituirse como querellante. En disidencia, votó el juez Eduardo Farah.

El pasado 28 de marzo, Capuchetti había archivado la causa “por inexistencia de delito (arts. 213 inciso d y 195, segundo párrafo del CPPN)”.

Manes –diputado del bloque “Democracia para Siempre”- denunció a Santiago Caputo por amenazas agravadas en razón de que el día 1° de marzo, luego del discurso presidencial que inauguró las sesiones legislativas, el asesor presidencial se acercó cara a cara de forma “muy intimidante”, lo coloco una mano derecha sobre su rostro y le dijo ‘Vos para hacer lo que hiciste, tenés que estar limpio”, y “ya me vas a conocer a mí”.

Vale recordar que unos minutos antes de esos hechos se había generado un cruce entre Milei y Manes, donde mientras el primero desarrollaba su discurso, Manes le mostraba una constitución por la polémica en la conformación de la Corte Suprema. Eso generó que el presidente se dispusiera a responderle y expresara “Leéla bien, Manes. Supuestamente vos sabés cómo funciona el cerebro y parece que no aprendiste nada. Quizás tu versión es con inteligencia artificial”.

Ahora, la Cámara consideró que la decisión y lo actuado por Capuchetti “carecen de validez”, en tanto la magistrada omitió tratar la solicitud de Manes para ser tenido como querellante, situación que debió ser analizada con anterioridad a tomar una decisión sobre el fondo del asunto.

“El examen de todo ello –esto es, de la constitución o no como querellante y, en su caso, de la viabilidad de las medidas pedidas en ese alegado carácter, tendientes a obtener un conocimiento completo de lo acontecido– constituye una condición de necesario tratamiento previo a cualquier examen de fondo”, afirmaron los camaristas.

 

Fuente: Palabras del Derecho 


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