El Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento destituyó este martes a la jueza en lo Civil y Comercial N.º 22 de Resistencia, Teresita Fanta, quien se encontraba suspendida en el cargo desde el 9 de agosto de 2023. Estaba acusada de serias deficiencias en la gestión de su juzgado y de ejercer violencia laboral contra sus empleados. Como pena accesoria, no podrá ejercer cargos públicos por el lapso de 10 años. A pesar de su destitución, podrá acceder al beneficio jubilatorio.
Miércoles, 30 de abril de 2025

La jueza en lo Civil y Comercial 22 de Resistencia, Teresita Fanta, fue destituida este martes de su cargo. La decisión la tomó el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento tras considerar que la ahora exmagistrada debía ser apartada de su cargo por “mal desempeño” e “inhabilidad física-mental”. No podrá ejercer cargos públicos por el lapso de 10 años.
En un jury que fue dilatado por casi dos años debido a múltiples recursos y recusaciones presentados por la defensa, los consejeros entendieron, por mayoría, que Fanta no podía continuar en el cargo. La acusación fue impulsada por el Procurador General, Jorge Canteros, y su coadyuvante, Juan Martín Bogado. Se basó en la causal prevista en el artículo 8, inciso B, de la Ley 33-B, y en el artículo 154 de la Constitución Provincial, que establece que los magistrados no pueden seguir en funciones si padecen alguna afección física o psíquica que les impida cumplir adecuadamente su labor.
Según los representantes del Ministerio Público Fiscal, esta causal “atrapa, reduce, subsume” a la inicialmente presentada, que acusaba a Fanta de maltratar a su personal y de serias deficiencias en la gestión de su juzgado. Entre los cargos en su contra figuraban: incumplimiento de los plazos procesales, no ordenar diligencias, irregularidades en la tramitación de causas y falta de dictado de sentencias.
Junta médica
Para arribar a esta decisión, fue clave la pericia médica y psicológica realizada en el marco del trámite que Fanta inició ante la obra social estatal InSSSeP para acceder a la jubilación.
La junta médica conformada por Alfredo Santa Cruz, María Eugenia Alonso y José María Crespo determinó que la jueza tenía una incapacidad parcial del 40 %, sumada a patologías como neurosis histérica, tiroiditis autoinmune de Hashimoto, escoliosis y fibromialgia. El 18 de abril de 2024, el Directorio del InSSSeP hizo lugar a un recurso de revocatoria y le otorgó el beneficio de jubilación por invalidez. Sin embargo, la misma estaba en “stand by” hasta que se resuelva el jury en su contra.
A partir de esa resolución, la Procuración presentó una segunda acusación por incapacidad física o mental sobreviniente. Se destacó que el dictamen de la junta médica provino de un órgano ajeno al Ministerio Público Fiscal, y concluyó que Fanta no estaba en condiciones de seguir ejerciendo por incapacidad psíquica.
En la audiencia previa al veredicto, la Procuración solicitó al Jurado de Enjuiciamiento que se pronuncie por la destitución de Fanta por esa causal, quedando abstractas las imputaciones anteriores. La jueza y su abogado, Adrián Gaitán, coincidieron en este planteo, aceptando la destitución por razones de salud, lo cual en los hechos le permite conservar el beneficio jubilatorio. Al no haber contradicción entre las partes, se dejó sin efecto la producción de pruebas testimoniales y se pasó a un cuarto intermedio para la lectura de la sentencia.
El Jurado de Enjuiciamiento estuvo integrado por el ministro de Gobierno, Jorge Gómez; la presidenta de la Legislatura, Carmen Delgado; Sergio Bosch (por el Poder Judicial); María Arroyo (por los abogados del interior provincial); el diputado del PJ, Rubén Guillón; Ricardo Urturi (por los letrados de la Primera Circunscripción Judicial) y el juez del Superior Tribunal de Justicia, Néstor Varela.
Con la única disidencia de Urturi, el jurado decidió destituir a Fanta por “inhabilidad física- mental” y “mal desempeño en sus funciones”, con la pena accesoria de inhabilitación para ejercer cargos públicos durante 10 años. Gómez, como jurado de primer voto, explicó que esta sanción cumple la finalidad de garantizar el buen gobierno, es decir, evitar que una persona destituida por incapacidad vuelva a ocupar cargos inmediatamente. La ahora exmagistrada estuvo ausente durante la lectura del fallo.
Disidencia
En su voto en disidencia, Urturi pidió que el juicio continuara, con la inclusión del Sindicato de Empleados Judiciales del Chaco (SEJCH) como acusador. Recordó que la acusación por maltrato laboral fue originalmente impulsada por el sindicato y luego agregada por la Procuración, pero que el gremio no fue consultado respecto a la decisión de declarar abstracta esa imputación.
“El SEJCH es un acusador independiente del Procurador General. Aunque tenga con este último una representación unificada, no ha sido oído respecto de su planteo de abstracción. Por lo tanto, considero que debe cumplirse con esta instancia necesaria del proceso para que puedan ser juzgadas todas las acusaciones admitidas y habilitadas a nuestro juzgamiento”, sostuvo Urturi.
La prolongación del proceso tampoco pasó desapercibida. En su voto, Varela calificó como “despropósito defensivo” la estrategia de la defensa de Fanta, señalando que se formularon “planteos variopintos, todos improcedentes”.
A modo ilustrativo, detalló que se presentaron recusaciones contra al menos cuatro jurados, un pedido de excepción por falta de acción, tres nulidades, un pedido de archivo de actuaciones y cuatro recursos de casación, todos finalmente rechazados.
“Los resultados de esta labor provocaron un innecesario y dilatorio desgaste procedimental de tiempo y recursos humanos y tecnológicos. Y, no menos importante, conspiró contra la duración razonable del proceso y la correcta labor que debe presidir el trabajo de las instituciones constitucionales”, concluyó Varela.
“Lo esperaba”
Tras conocerse la sentencia, Fanta consideró que sucedió lo esperable, pero cuestionó las críticas hacia su estrategia defensiva. “Era lo que se esperaba, dado mi allanamiento a la causal de destitución por incapacidad laboral sobreviniente”, afirmó Fanta en un texto dirigido a diario Norte.
“No era esperable, sin embargo, que algún consejero calificara de ‘dilaciones inútiles’ las presentaciones que realizó mi abogado en ejercicio de mi derecho de defensa, ni que se confundiera la incapacidad laboral—que fue posterior a mi actuación frente al juzgado—con mal desempeño”, sostuvo. A pesar de esto, la destituida jueza aclaró: “Estoy en paz con la decisión y con mi conciencia”.