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El juez Alejo Ramos Padilla exhortó a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales que se abstengan de expedir órdenes que impliquen una limitación arbitraria al derecho constitucional a la protesta social pacífica.

Sábado, 1 de febrero de 2025

El titular del Juzgado Federal n° 1 de La Plata, Alejo Ramos Padilla, hizo lugar a una acción de habeas corpus colectivo y preventivo, en favor de todos los ciudadanos de la Provincia de Buenos Aires que decidan convocarse desde distintos puntos de la provincia para participar de la movilización prevista en defensa del colectivo LGBTIQ+ en las inmediaciones del Congreso Nacional.

La acción tuvo en miras prevenir cualquier tipo de acto que restringiera la realización del ejercicio del derecho constitucional a la protesta como parte de la realización de la Marcha Federal del Orgullo LGBTIQ+ Antifascista y Antirracista.

En particular, el juez Ramos Padilla exhortó a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales que se abstengan de expedir órdenes bajo su órbita que impliquen una limitación arbitraria al derecho constitucional a la protesta social pacífica. También, ordenó que no se intercepten a personas en la vía pública y/o se filmen con el fin de identificarlas y/o requisarlas sin orden judicial previa y sin que concurran circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente permitan presumir la existencia de cosas probablemente provenientes o constitutivas de un delito.

En su presentación, los accionantes hicieron referencia a las declaraciones del Presidente Javier Milei en el foro de Davos en tanto “generan un ambiente de prejuicio e intolerancia que puede fomentar la discriminación y violencia contra las personas LGTB (…) estos discursos crean un ambiente sistemático de hostilidad en contra de las personas del colectivo LGBT”.

Por último, requirió al Ministerio de Seguridad de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires que correspondan que se informe antes de las 12 hs. del día 1° de febrero del corriente, para que se expidan específicamente sobre la existencia de protocolos especiales o indicaciones extraordinarias a las fuerzas de seguridad previstas para las manifestaciones.

 

Fuente: Palabras del Derecho 


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