Así lo resolvió la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Resistencia, al declarar desierto el recurso de apelación del gobierno provincial. Según el fallo, la precariedad edilicia de la Residencia de Adultos Mayores “San Cayetano” “pone en riesgo la vida y la salud de los residentes”. A la par, becados de la institución llevan adelante una medida de fuerza de más de una semana.
Viernes, 27 de diciembre de 2024
![](https://litigio.com.ar/wp-content/uploads/2024/12/Juez-700x525.jpg)
Un fallo de segunda instancia dejó firme la medida cautelar que ordenó al gobierno del Chaco garantizar las condiciones de vida de las personas alojadas en la Residencia para Adultos Mayores “San Cayetano”, ubicado en la localidad de Colonia Baranda, a 40 kilómetros de Resistencia. El caso salió a la luz a partir de una inspección rutinaria del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco que derivó en la presentación judicial realizada por una defensora oficial ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 21 de Resistencia, a cargo del juez Julián Flores.
Antes del dictado de la medida cautelar, el juez constató que en el lugar había un solo baño con agua caliente para los 36 residentes, que los inodoros no contaban con agua corriente, que se utilizaban esponjas hechas con colchones en desuso, además de instalaciones eléctricas precarias, ventanas con vidrios rotos, heladeras descompuestas, que la ropa de cama y colchones se encontraban en mal estado, que la provisión de insumos dependía de las donaciones de familiares y que los residentes se encuentran a cargo de personal becado y precarizado.
Ahora, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y Resistencia declaró desierto el recurso de apelación del Ministerio de Desarrollo Humano del gobierno de Leandro Zdero por lo que ratificó la medida cautelar. La sentencia, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada a principios de diciembre y lleva las firmas de las juezas María Eugenia Sáenz y Gladys Esther Zamora.
En sus fundamentos, sostiene que “el basamento de su escrito recursivo hace hincapié en que a partir de abril del corriente año se ejecutan una serie de políticas públicas tendientes a mejorar la calidad de vida de los residentes de RAM “San Cayetano”, pero sin rebatir los argumentos dados por el sentenciante basados en las documentales acompañadas por la amparista que evidencian un claro deterioro edilicio, que impacta de manera negativa en la calidad de vida de los residentes”.
En ese contexto, subraya que el gobierno provincial “no niega las condiciones detalladas por el magistrado en la resolución”, sin embargo “considera que no existe una conducta omitiva por parte del Estado Provincial porque se encuentra abocado a las cuestiones planteadas”.
Por otro lado, advierte que “el desacuerdo de la apelante respecto al peligro en la demora tampoco logra traspasar el umbral de la suficiencia técnica del recurso por cuanto contiene consideraciones generales, puesto que no rebate el argumento basal dado por el aquo consistente en que las condiciones de precariedad que habrían sido detectadas en el monitoreo de seguimiento del Comité para la Prevención de la Tortura describen un panorama que pondrían en riesgo la vida y la salud de los residentes”.
A este cuadro de situación, cabe agregar que desde hace más de una semana un grupo de 19 trabajadores precarizados de la institución llevan adelante un paro general de actividades en reclamo de aumento de sus becas.
Nota relacionada: