El jurado popular declaró culpable de torturas al ex jefe del penal de Olmos y por omisión de evitarlas al subjefe de Vigilancia y Tratamiento. Los otros siete imputados fueron absueltos. Sin embargo, la sentencia no reconoce el homicidio del detenido. Hoy se conocerá la sentencia.
Lunes, 4 de noviembre de 2024
Por Jesús Cabral
Un jurado popular dirigido por el Tribunal Oral Criminal 5 de La Plata declaró culpable del delito de torturas a Rafael Herrera, ex jefe de la Unidad Penal 1 de Olmos, dependiente del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), por el delito de haber arrastrado a Gastón Ayala Aquino -de 36 años- hasta su despacho, en donde lo golpeó y ahorcó repetidas veces. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) patrocinó a los padres de la víctima.
Mientras que el ex subjefe de Asistencia y Tratamiento Sergio Ceballos fue hallado culpable del delito de omisión de las torturas, el ex subjefe de Vigilancia, Juan Ignacio Tocci, resultó absuelto al igual que los otros seis imputados en este terrible hecho de violencia institucional. Este miércoles se conoció la sentencia del jurado popular, que no reconoce el homicidio, la audiencia de cesura será el próximo 4 de noviembre, donde se conocerán las penas que deberán cumplir los uniformados.
Sobre las condenas por torturas en la cárcel de Olmos
“Si bien el veredicto del jurado no reconoce la muerte del detenido como consecuencias de las torturas, la condena sirve para visibilizar una práctica que ocurre de manera sistemática en las cárceles provinciales y de todo el país. Además, es muy raro que una causa de esta naturaleza llegue a la instancia de juicio y a conseguir una pena de prisión”, aseguró Roberto Cipriano García, abogado y secretario ejecutivo de la CPM, en diálogo con Tiempo.
Luego de haber deliberado durante varias horas, “los doce jurados que intervinieron en el juicio por las torturas seguidas de muerte de las que resultó víctima Ayala Aquino, anunciaron este miércoles su veredicto ante el juez técnico Ezequiel Medrano, del Tribunal 5 de La Plata”, repasó el abogado.
Condenas a los penitenciarios
“Entre todas las partes que conformaron el juicio y el público en general, consideraron que el ex jefe del penal, Rafael Herrera, es culpable. Fue por la mayoría, once votos contra uno, por el delito de torturas, que prevé una pena de entre ocho y veinticinco años de prisión”, detalló García.
Por otra parte, “el ex subjefe de Asistencia y Tratamiento Sergio Ceballos, que presenció las torturas aplicadas por Herrera sobre la víctima en el interior de la oficina de control, fue hallado culpable del delito de omitir las torturas, con expectativa de pena de entre tres y diez años”, agregó.
El otro personal jerárquico que intervino en los hechos investigados, “es el ex subjefe de Vigilancia Juan Ignacio Tocci. Pero resultó absuelto del delito de omisión de torturas, a pesar de que habría tenido casi la misma participación que Ceballos, de acuerdo a la prueba producida en el juicio”, contó el secretario ejecutivo.
Se supo que tanto Tocci como Ceballos, “habrían ingresado juntos a la oficina del ex jefe de penal Herrera, mientras este golpeaba, insultaba y ahorcaba a la víctima”, reconstruyó el letrado. El resto de los penitenciarios imputados: “Matías Wernicke, Santiago Mario Abel Ardiles, Barrios Rivero, Eliseo Oriel Porta y Emanuel Vallejos, también fueron declarados no culpables por el jurado popular”, señaló.
Mientras que el noveno que llegó imputado al juicio, “Mariano Oscar Silva Urbieta, fue absuelto, porque todas las partes decidieron no acusarlo tras las audiencias que se desarrollaron durante el juicio”, contó.
Audiencia de cesura
“Estamos a la espera de la audiencia de cesura que se llevará a cabo el próximo 4 de noviembre, cuando el juez Medrano, el bloque acusador y las defensas discutan los agravantes. También evaluarán los atenuantes y pedirán que las partes soliciten las penas que deberán cumplir los penitenciarios”, adelantó el secretario ejecutivo. Además, “ese día declararán los padres de Ayala Aquino”, agregó.
“Quiero remarcar, que las condenas a los uniformados -aunque no reconozcas la muerte- confirman que las torturas en las cárceles son sistemáticas. Como así también, las distintas violencias que son utilizadas con el fin de gobernar las poblaciones que transitan el cautiverio. Así, con estas prácticas, producen daños severos sobre las personas detenidas, lo usan para disciplinar y castigar”, aseguró el secretario ejecutivo.
Las condenas tardaron ocho años: “Nosotros sabemos que muy pocas veces estos casos llegan a la instancia de juicio para que los imputados sean juzgados por delitos de torturas y malos tratos en perjuicio de las personas privadas de libertad”, remarcó el letrado.
El juicio comenzó el pasado 21 de octubre con alrededor de cuarenta testigos, entre peritos, detenidos que llevaron a la víctima en una manta hasta el primer piso y el personal de sanidad del penal; entre otras personas más. Los imputados, durante las distintas jornadas del juicio dejaron expuestas las notorias diferencias entre ellos, en consonancia con los grupos que circunstancialmente actuaron aquella madrugada del 1 de agosto de 2016, cuando ocurrieron los hechos.
Detalles del episodio de torturas y muerte
“Herrera, Ceballos y Tocci, fueron quienes ingresaron a Ayala Aquino -en estado de indefensión- a la oficina del primero que nombré, allí fue torturado y asesinado. El resto de los penitenciarios de menor jerarquía, que no ingresaron a esa oficina, dijeron que ellos participaron hasta que el entonces jefe de penal les dijo que él se haría cargo de la situación y ellos volvieron a sus puestos”, repasó el abogado.
“Varios de estos imputados describieron cómo Herrera irrumpió en el pasillo cercano al puesto de control donde tenían a Ayala Aquino reducido en el piso. También contaron que arrastró a la víctima como un trapo de piso y que lo llevó al interior de su oficina, donde lo torturó y lo ahorcó repetidas veces hasta el borde de la muerte, que ocurrió minutos después como consecuencia de este terrible episodio”, aseveró el secretario ejecutivo.
“Este caso también muestra la precariedad de la Salud Penitenciaria. La víctima llevaba más de dos meses alojado en la cárcel de Olmos sin acceder a una asistencia médica adecuada para afrontar sus episodios de epilepsia, para lo que sólo recibía un tratamiento de medicamentos, insuficiente y descontinuo”, apuntó el letrado.
“Las autoridades del penal estaban al tanto de que la víctima padecía esta enfermedad y que requería -reiteró el letrado- atención de los profesionales de la salud. Sin embargo, la desidia estatal y el accionar penitenciario terminaron provocando la muerte a Ayala Aquino”, subrayó.
Sobre la causa
“La instrucción de la causa la hizo el fiscal Fernando Cartasegna, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 4 de La Plata, en agosto de 2016. Después pasó a la UFI 6, a cargo del doctor Marcelo Romero, quien actuó en conjunto con la Ayudantía Fiscal Especializada en Delitos Ocurridos en Cárceles”, contó el secretario ejecutivo.
En cuanto la investigación, “se hizo bajo la intervención del juez Pablo Raele, titular del Juzgado de Garantías 3 de La Plata. Semanas después de que ocurrió el crimen de Ayala Aquino, el magistrado convalidó el pedido de la fiscalía: que requería la detención de los nueve penitenciarios imputados”, repasó.
Luego, en mayo de 2019 la Sala 1 de la Cámara de Apelación y Garantías de La Plata, confirmó la elevación a juicio, que había sido solicitada por el fiscal Romero: “También negó el cambio de calificación legal y el sobreseimiento que pretendían los penitenciarios imputados en este terrible caso de violencia institucional”, apuntó el abogado.
“En la causa había nueve imputados, solo tres de ellos llegaron con medida de prisión preventiva a la instancia de juicio; Herrera, Ceballos y Tocci. Porque la expectativa de pena prevista para el delito de torturas seguidas de muerte, es superior a los quince años. Fueron los mismos imputados quienes eligieron ser juzgados bajo la modalidad de juicio por jurado popular”, finalizó el secretario ejecutivo.
Fuente: Tiempo Argentino