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Se trata del caso de Leandro Bravo, asesinado en custodia policial el 26 de febrero de 2022, en Charata. Las audiencias comenzarán el 14 de octubre y podrían extenderse hasta el 18. Cuatro policías del Chaco están acusados de tortura seguida de muerte y falsedad ideológica. Se espera la declaración de 30 testigos. Cobertura especial de LITIGIO.

Miércoles, 9 de octubre de 2024

Otro caso por un asesinato en custodia policial llega a juicio oral en el Chaco. El lunes próximo, desde las 7, comenzarán las audiencias donde cuatro policías provinciales serán enjuiciados imputados por torturar y matar al joven Leandro Bravo, en un hecho perpetrado el 26 de febrero de 2022, en Charata. LITIGIO realizará una cobertura especial desde el lugar.

El oficial subayudante Alexis Fleitas Noguera, el cabo Franco Sosa y el agente Carlos Díaz están acusados como coautores del delito de tortura seguida de muerte, que tiene una pena en expectativa de prisión perpetua. Asimismo, al primero también se lo acusa por falsedad ideológica. En tanto que Enzo Gómez está imputado como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte, que conlleva la misma pena que el delito del cual fue parte, es decir, perpetua.

Los cuatro se encontraban con prisión preventiva desde abril de 2022. Sin embargo, recuperaron la libertad el 22 de marzo pasado por una cuestión técnica: la prisión preventiva de todos “excedió el plazo razonable”, según argumentaron los jueces de la Cámara en lo Criminal de Charata. Un mes antes, el Jefe de Policía, Fernando Romero, visitó a los policías imputados en su lugar de detención en Concepción del Bermejo a quienes les llevó el “respaldo institucional” de la fuerza, en una clara muestra de parcialidad de la máxima autoridad policial chaqueña en medio de un proceso judicial en trámite.

Si bien en un primer momento se barajó la idea de que el juicio sea en la modalidad por jurados, esta opción quedó descartada debido a que en la Cuarta Circunscripción Judicial este formato se aplicó con posterioridad a la elevación a juicio.

El tribunal será colegiado y tendrá como presidente a Juan Carlos Clauster. En tanto que Lorena Cimbaro Canella y Sergio Benito, serán los vocales de segundo y tercer voto, respectivamente.

El inicio de las audiencias estaba previsto en un primer momento para el 5 de agosto. Sin embargo, la familia de Bravo solicitó que se habilite un lugar más grande para realizarla debido a que el recinto de la Cámara no era lo suficientemente amplio para albergar a los familiares de la víctima y a los medios de comunicación. La solicitud fue acompañada por los abogados de los policías.

Finalmente, el SUM del Poder Judicial, ubicado en avenida San Martín y Vieytes, de Charata fue el lugar designado. El tribunal pidió también a la Superintendencia del Superior Tribunal de Judicial la contratación de un servicio de grabación y sonido. Está previsto que el juicio se extienda hasta el 18 de este mes. Se espera que declaren 30 testigos.

Durante las audiencias, el Ministerio Público Fiscal estará representado por Silvia Slusar, fiscal adjunta de Derechos Humanos de Sáenz Peña y Silvana Karina Rinaldis, fiscal de Cámara.

En tanto que Jorge Ferronato tendrá a su cargo la querella por parte de los familiares de Bravo, mientras que los querellantes institucionales serán representados por Romina Duarte y Roberto Sotelo (Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco) y German Alexis Dellamea y Adriana Lorena Acevedo (Subsecretaría de Derechos Humanos provincial). Los defensores particulares serán Juan José Bogado, Cesar Luis Collado, Sebastián Quintana, Leandro Fioravanti, Justo Orlando Mencia y Sol Abigail Zarate.

Este es el segundo juicio oral que se realiza en sólo tres meses en el Chaco por una muerte en custodia policial. El 5 de julio pasado, un jurado popular declaró al oficial ayudante, Gastón Delfino, culpable por el delito de homicidio culposo, en un hecho ocurrido en 2020, en la zona sur de Resistencia, y que tuvo como víctima a Diego Emanuel Barreto. En tanto, que el agente Esteban Campos y el subcomisario Armando Diego Barbona, fueron declarados no culpables.

Hostigamiento y muerte

Leandro Bravo tenía dos hijos, trabajaba en el Poder Judicial y le faltaban pocas materias para recibirse de abogado. Su historia de hostigamiento policial comenzó en 2017 cuando tres policías lo detuvieron en medio de una discusión que mantenía con un vecino, en Charata. Lo agarraron entre tres y lo molieron a golpes. Le rompieron el maxilar superior, le fracturaron varias costillas y le produjeron un neumotórax. Desde ese momento continuaron hostigándolo.

La tarde del sábado 26 de febrero de 2022 fue la última de Leandro. Según la primera versión policial, se descompensó mientras era examinado en el área de medicina legal y falleció antes de llegar al Hospital de Charata por un supuesto “paro cardiorrespiratorio no traumático”, según informó el primer fiscal de la causa Hugo Baigorrí, en base a la autopsia preliminar.

De acuerdo al relato policial, ese día, alrededor de las 16.30, una mujer llamó al 911 denunciando que Leandro quería ingresar en forma ilegal a su vivienda. Al llegar los policías al lugar, escapó, pero fue alcanzado y detenido a los pocos metros. Sin embargo, todo esto es mentira: no hubo muerte súbita ni intento de robo.

En base a los registros fílmicos de las cámaras de vigilancia de los vecinos y los testimonios recabados, se pudo reconstruir qué lo que ocurrió esa tarde fue esto: Leandro salió con su primo en moto a comprar cerveza. En un momento dado, la policía comenzó a perseguirlo. Él se bajó en la casa de una vecina para pedirle ayuda porque tenía miedo. “Bety, ayúdame” fue el pedido de auxilio a la vecina que en ese momento estaba durmiendo. Cuando salió a atenderlo, Bety vio a Leandro media cuadra más adelante siendo reducido por policías.

Lo pisaron y lo golpearon en el piso. Luego lo tiraron dentro de la caja de la camioneta boca abajo. Dos policías se le subieron encima. Cuando lo llevaron a Sanidad Policial la enfermera se negó a atenderlo y ordenó que se lo lleven de inmediato al hospital. Cuando llegó, ya estaba muerto.

La causa tuvo irregularidades desde el comienzo. En primer lugar, a Bety, la vecina, se le hizo firmar un escrito policial en donde denunciaba a Leandro de un intento de robo. En ese momento la mujer no entendía que ocurría hasta que se dio cuenta de la maniobra, pidió que se anule tal acusación y ratificó que el joven no estaba haciendo nada ilegal.

La primera autopsia, la que sostenía que Leandro murió por un paro cardiorrespiratorio no traumático, también mostró irregularidades. Debido a esto, el Comité para la Prevención de la Tortura presentó una denuncia para que se investigue por “incumplimiento de deberes de funcionario público, en concurso ideal con encubrimiento agravado por su calidad de funcionario público”, al médico forense, Hugo Rodríguez. Fue por inconsistencias detectadas entre el procedimiento informado y el que efectivamente fue realizado.

Debido a los datos poco fiables de la primera, se ordenó una reautopsia la cual fue realizada por la perito, Virginia Creimer, y por la directora del Instituto de Medicina Forense del Poder Judicial del Chaco, Gabriela Lamparelli. A partir de la aplicación de las técnicas del protocolo de Minnesota (procedimiento utilizado para muertes cometidas por fuerzas de seguridad), confirmó que Leandro tenía múltiples lesiones y falleció a causa de una “asfixia por comprensión extrínseca del cuello”.

En su requerimiento de elevación a juicio, la fiscal adjuntad de Derechos Humanos, Silvia Slusar consideró que existió por parte de los policías imputados la intención de provocarle a Leandro un “grave daño ya sea por medio de las lesiones físicas proferidas, las quemaduras efectuadas, las maniobras asfixiantes, los diversos golpes que se comprobaron en diversas partes en todo el cuerpo de la víctima, y además finalmente la atemorización infringida que le trajo a sí un sufrimiento, pánico y/o dolor en toda su expresión”.

 

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