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En el marco de las audiencias de oposición al requerimiento fiscal de elevación a juicio por el femicidio de Cecilia Strzyzowski, se dieron a conocer los fundamentos de la resolución del Juez de Garantías 2, Horacio Sandoval. El magistrado afirmó que Marcela Acuña y Emerenciano Sena, fueron parte de la planificación y ejecución del crimen de su nuera. Y dijo que no se puede pensar que el ideólogo haya sido César Sena, “ya que está probado que ni siquiera manejaba los aspectos más importantes de su propia vida”.

Viernes, 12 de julio de 2024

Emerenciano Sena y su esposa, Marcela Acuña.

Para el juez de Garantías 2 de Resistencia, Horacio Sandoval, los dirigentes sociales Emerenciano Sena y Marcela Acuña fueron más que unos meros partícipes necesarios del crimen de su nuera, Cecilia Strzyzowski. Según el magistrado, ambos pergeñaron el falso viaje a Ushuaia, donde supuestamente la joven iba a tener trabajo y vivienda asegurada junto a su pareja, César Sena; colaboraron en la ejecución del crimen, que se produjo en la intimidad de su casa; planificaron la desaparición de su cuerpo y finalmente idearon la destrucción de evidencias.

Este es el núcleo argumental de la resolución que dictó el magistrado en el marco de las audiencias de oposición al requerimiento fiscal de elevación a juicio por el femicidio de Cecilia. Si bien la parte resolutiva se dio a conocer la semana pasada, recién este viernes se difundieron los fundamentos.

“No es necesario que todos los involucrados participen directamente en la ejecución del delito; es suficiente con que se pongan de acuerdo. Este acuerdo y las circunstancias del caso están comprobados”, escribió el juez en un pasaje del escrito de más de 70 páginas. “Además, no se puede pensar que el ideólogo haya sido César Sena, ya que está probado también que ni siquiera manejaba los aspectos más importantes de su propia vida”, agregó.

Sandoval indicó que quedó de manifiesto que previo al homicidio hubo una “planificación perfectamente establecida para la comisión del hecho, en qué lugar y cómo llevarlo a cabo, determinante para que suceda del modo como sucedió y no de otro”.

“También hay una perseverancia de voluntad malvada y frialdad del ánimo; y no precisamente una resolución imprevista, porque existe una meditación anticipada, tiempo entre la determinación y la acción”, remarcó.

Al abundar en este punto, el cual aborda un posible femicidio no premeditado por parte de César Sena, indicó que las pruebas reunidas hasta el momento echan por tierra esta teoría. “Si hubiera sido por ello, es decir una ‘relación sentimental tóxica’ como detonante, el imputado César Sena tuvo, como se dijo, distintas oportunidades para acabar con la vida de Cecilia antes de que ingresara al domicilio de Santa María de Oro 1460 (casa de los Sena)”, añadió. Si bien descartó este móvil, el magistrado tampoco aportó otro, salvo una somera descripción de la mala relación de distancia y rechazo que mantenía la familia Sena con Cecilia y su entorno.

Con la decisión de Sandoval, todo vuelve hacia atrás en cuanto a las imputaciones de Emerenciano, Marcela y César, quienes quedaron imputados por el delito de homicidio triplemente agravado por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas, por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género (femicidio) en carácter de coautores (artículo 80, inciso 1, 6 y 11 y artículo 45 del Código Penal).

El magistrado hizo lugar al pedido de oposición presentado por el querellante particular, Gustavo Briend, y por la subsecretaria de Género, Sonia Valenzuela, a cargo de la querella institucional, y revocó de este modo la reconfiguración de la imputación realizada por el Equipo Fiscal Especial (EFE) el 29 de abril pasado, cuando la causa fue requerida a juicio.

Última imagen de Cecilia con vida.

En aquella oportunidad, los fiscales Nelia Velázquez, Martín Bogado y Jorge Cáceres Olivera, señalaron que la nueva imputación, donde se quitaba a Emerenciano y Marcela de la coautoría, era el resultado de un “meticuloso análisis de las pruebas” reunidas durante la investigación, con el fin de llevar una teoría del caso “más sólida” ante el jurado popular. De todos modos, aclararon que eso no quitaba que la pena en expectativa de los tres sea la de prisión perpetua. También habían dejado de la lado la teoría de la premeditación, por las mismas razones: la falta de pruebas.

Por otra parte, Sandoval no hizo lugar a los planteos de oposición efectuados por las defensas de César y Acuña. ¿Qué solicitaban las defensas? Gabriela Tomljenovic, en representación del primero, ratificó su postura de que el caso debe ser calificado como el de una persona desaparecida y no como un femicidio ya que no habría pruebas de que Cecilia esté muerta. Además, consideró que la imputación contra su defendido es vaga y esta falta de especificidad afecta su derecho de defensa en juicio.

Rocío De Jesús Ramírez, en representación de Acuña, sostuvo que existe una ausencia de elementos probatorios que sustenten la acusación en contra de su defendida. Señaló que el hecho de no estar en su domicilio en el momento en que supuestamente su hijo mató a su nuera no la hace partícipe necesaria de un crimen. Solicitó el cambio de calificación legal por el delito de encubrimiento y, consecuentemente, al constituir una excusa absolutoria, se dicte el sobreseimiento.

Materialidad de los hechos

En su resolución, Sandoval divide la materialidad de los hechos en dos partes: la planificación y la ejecución. En lo que se refiere a la planificación, para el magistrado existen indicios importantes en cuanto a que Marcela Acuña fue quien le hizo el ofrecimiento a Cecilia para que se instale junto con César en Ushuaia, donde supuestamente iban a tener un trabajo en el gobierno de Tierra del Fuego, con un salario de alrededor de 300 mil pesos, además de una casa para ellos. Este viaje, de acuerdo al razonamiento del juez, nunca se iba a realizar puesto que ni siquiera se registraron compras de pasajes previo a la desaparición de Cecilia aquel 2 de junio de 2023.

“Todos los testigos coincidieron en que la planificación del viaje a Ushuaia no fue una iniciativa nacida de César Sena o de Cecilia, sino los padres de César, en la que más visiblemente intervino su madre Marcela Verónica Acuña, por lo que las declaraciones refuerzan la hipótesis de que el viaje fue parte de un plan macabro más amplio orquestado por la familia Sena-Acuña, que quedó al descubierto cuando la madre y la tía abuela de Cecilia comenzaron a dudar al no poder contactarse personalmente con ella”, recapituló el magistrado.

“En lo sustancial, sospecharon y se dieron cuenta que el viaje era una mentira cuando, debiendo estar supuestamente César y Cecilia en Buenos Aires y luego en Ushuaia, pasaban los días y no se podían comunicar por llamadas de voz o videollamadas con Cecilia, afirmando que solo recibían mensajes de WhatsApp aparentemente de Cecilia, porque luego se constató que ya no era Cecilia la que los enviaba”, abundó.

Para Sandoval, la segunda parte del plan se da ya en la casa de los Sena. “Alejada la joven Cecilia de su entorno, el acuerdo consistía en introducirla al domicilio de la familia Sena, en calle Santa María de Oro 1460, lugar elegido y facilitado por los padres de César Sena para llevar a cabo el homicidio”, afirmó.

Indicó que quedó registrado que César y Cecilia llegaron a la casa a las 9.14 de la mañana. Antes de eso, a las 7, Emerenciano partió de esa vivienda, algo que también hizo Marcela a las 9.11. Continuando con la línea temporal, a las 8.31 llegaron dos mujeres para hacer labores domésticas, pero se fueron a las 10.33.

Cesar Sena y Cecilia Strzyzowski

“En consecuencia, la salida de Emerenciano Sena y Marcela Acuña, así como la partida de las trabajadoras domésticas, demuestra claramente que el lugar fue preparado con anticipación para llevar a cabo el homicidio”, sostuvo el magistrado, quien consideró que el crimen se habría perpetrado en la casa de los Sena entre las 12.13 y 13.01 de aquel viernes 2 de junio.

“Marcela Verónica Acuña y Emerenciano Sena son los autores intelectuales del plan. Ellos planificaron y coordinaron todo el proceso, desde engañar a Cecilia con el viaje hasta su asesinato y la posterior quema de su cuerpo para destruir la evidencia”, añadió Sandoval.

“César Sena participó activamente en la ejecución del plan, engañando a Cecilia para que ingresara a la casa y participando en su asesinato. Los tres imputados mencionados, con el grado de probabilidad propia de esta instancia, son responsables porque como se ha probado, participaron activamente en distintas fases del plan criminal, desde la planificación y ejecución del asesinato hasta la eliminación de la evidencia. Sus acciones fueron coordinadas y premeditadas, lo que demuestra su intención de cometer el crimen y asegurar su impunidad”, abundó.

De todos modos, el magistrado fue claro al mencionar que, por su complejidad, este caso se torna particularmente especial a la hora de valorar las piezas probatorias con que se cuenta. Hizo una mención puntual en la imposibilidad de contar con testigos directos y pruebas contundentes y es por eso que consideró que no deben analizarse las pruebas “de manera tradicional” ya que esto podría derivar en la impunidad de los implicados.

“Si solo nos basamos en lo que una persona vio directamente o en pruebas físicas, nuestro conocimiento del hecho sería muy limitado. En casos complicados como éste, es probable que interpretar las pruebas de manera tradicional lleve a la impunidad, porque quedó evidenciado que los acusados trabajaron cuidadosamente para eliminar cualquier prueba directa del homicidio para no ser descubiertos”, señaló el juez.

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