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Así lo resolvió el Tribunal Oral Federal de Resistencia, en base a un dictamen del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema que determinó que las patologías que padece el expolicía chaqueño pueden ser tratados en la cárcel federal de Resistencia, la U7, donde cumple una prisión preventiva.

Jueves, 20 de junio de 2024

El Tribunal Oral Federal de Resistencia rechazó el pedido de prisión domiciliaria de la defensa del represor Angel Jorge Ibarra, condenado en dos juicios por delitos de lesa humanidad realizados en el Chaco a doce y seis años.

La resolución fue dictada el martes 18 de junio pasado y lleva las firmas de los jueces Lilia Carnero, Roberto López Arango y Mariela Rojas, que conformaron el tribunal como jueces ad hoc para resolver este planteo de la defensa de Ibarra.

A pesar de haber superado la edad de 70 años, el TOF consideró que ese requisito objetivo no es suficiente para justificar la concesión del beneficio de la domiciliaria. En ese sentido, advirtieron que “no se advierten en el caso de Ángel Jorge Ibarra tales factores adicionales a la condición etaria, como por caso, cuando la situación de encierro adquiera entidad cruel, inhumana o degradante o un padecimiento diferencial que permitirían percibirla como una situación o estado justificante para el otorgamiento de la medida de morigeración preventiva”.

En ese contexto, los integrantes del tribunal valoraron el dictamen del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema que concluyó que “las patologías que presenta Ibarra pueden ser tratadas en establecimiento penitenciario en el que se encuentra”.

En el mismo sentido, un informe de la Sección Médica de la Unidad 7 de Resistencia, reveló que, pese a las dolencias físicas y las propias de la edad, “no se encuentra en situación de desamparo sino debidamente tratado recibiendo continua asistencia profesional, dieta adecuada y medicado, presentando evolución favorable en cada episodio que debió ser asistido”.

Las dos condenas contra Ibarra

Ibarra fue condenado dos veces por crímenes de lesa humanidad: una en 2018 y otra en 2021. La primera condena se dio en el marco de la causa conocida como Caballero II (llamada así por el represor que encabezaba la nómina de imputados del primer juicio por torturas en la Brigada, Humberto Lucio Caballero).

En esa oportunidad fueron once los represores condenados. Ibarra recibió la pena de 12 años de prisión tras ser declarado culpable por el Tribunal Oral Federal de Resistencia por los delitos de tormento físico y psíquico agravado y privación ilegítima de la libertad agravada.

En 2021, en el juicio por la causa Caballero III, el exsuboficial fue nuevamente encontrado culpable por la Justicia Federal de Resistencia por aplicar tormentos contra dos detenidos políticos. Sin embargo, en este caso fue condenado a 6 años.

En esta oportunidad fue absuelto por los delitos de imposición agravada de tormentos y privación ilegal de la libertad desaparición forzada de personas contra los detenidos Mónica Almirón, Enzo Lauroni, José Oviedo y Abel Arce. Esta absolución fue apelada por el Ministerio Público Fiscal con resultado positivo. El 28 de abril de 2022, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal anuló la absolución y dispuso el reenvío de las actuaciones a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento, el cual hasta ahora se encuentra pendiente.

En su resolución, el juez del TOF Juan Manuel Iglesias citó las buenas referencias de conducta en los informes del Servicio Penitenciario Federal. Sin embargo, indicó tiene pendiente la resolución de lo vinculado con sus absoluciones con lo cual no puede hacerse la unificación de penas, paso previo a analizarse en el caso que corresponda la condicional.

No fue el primer revés de Ibarra a su pedido de libertad. En 2019, y con fallo dividido, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia rechazó su solicitud. Si bien en aquella oportunidad el juez Iglesias consideró que se debía hacer lugar al planteo porque Ibarra ya cumplió con dos tercios de su condena de Caballero II y, además, contó con buenas referencias en los informes del Servicio Penitenciario, sus pares Aldo Alurralde y Fernando Ceroleni se impusieron con el argumento de que el represor se encontraba aún con procesos pendientes.

 


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