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Se trata de la jueza de primera instancia, Ana Mariela Kassor, quién anteriormente había fallado en favor de trabajadores precarizados discriminados en pases a planta. Ahora, a partir de la nueva jurisprudencia del máximo tribunal, rechazó el planteo de una becada del Instituto del Deporte Chaqueño, quién no fue incluida en un listado de más de 100 trabajadores que ingresaron a ese organismo por decreto en 2019.

Miércoles, 5 de junio de 2024

La jueza Civil y Comercial Nº 2 de Resistencia, Ana Mariela Kassor, denegó el pase a planta permanente de una becaria del Instituto del Deporte Chaqueño quién reclamo que se repare la discriminación de la que fue víctima al ser excluida injustamente de ese beneficio en el año 2019.

La sentencia, que hoy da a conocer LITIGIO, fue dictada el 22 de mayo pasado. Lo más trascendente del fallo es que marca un cambio de criterio de la magistrada. Anteriormente, la misma jueza había dictado varios en sentido contrario, es decir, en favor de los derechos de los trabajadores precarizados durante años en distintos ámbitos del Poder Ejecutivo del Chaco. Uno de ellos, el de una técnica radióloga que permanece como becada desde hace más de 10 años en el Hospital Perrando, fue apelado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

¿Qué motivó el cambio de criterio de la jueza? Una serie de sentencias del Superior Tribunal de Justicia del Chaco que, por mayoría, fijó la postura de que nadie podrá ingresar a la planta permanente sin atravesar concursos de antecedentes y oposición. Tampoco aquellos que fueron injustamente excluidos de los pases a planta, como en este caso particular en que por un decreto del entonces gobernador Domingo Peppo se evitó el concurso y habilitó el ingreso de más de 100 personas al Instituto del Deporte Chaqueño, algunas de las cuales ni siquiera habían prestado servicios en ese organismo.

“Mi opinión en los fallos citados se ha fundado en los argumentos allí expuestos con convicción de la aplicación razonable del derecho a los hechos que en esas contiendas se han debatido; sin embargo, no se puede ahora desconocer la actual jurisprudencia que rige en nuestra Provincia de conformidad lo ha establecido el STJ”, fundamentó la jueza Kassor, y subrayó “la necesidad de brindar certeza sobre la aplicación uniforme, general e igualitaria de las normas constitucionales y legales casadas e interpretadas por el cimero tribunal”.

En ese contexto, consideró que “nada justifica la concesión a la amparista de un remedio que ulteriormente habrá de ser dejado sin efecto por ubicarse en la misma línea -tanto fáctica como jurídica- de un criterio ya sentado por el Máximo Tribunal local”.

El más irónico de los argumentos con los que la magistrada busca fundamentar su cambio de criterio es que la becada se inscribió en el concurso de antecedentes y oposición para regularización del empleo público promovido durante el último tramo de la gestión del exgobernador Jorge Capitanich que, paradójicamente, fue suspendido por el mismo Superior Tribunal de Justicia que rechaza los ingresos a planta permanente sin concurso.

Una cadena de injusticias 

En este caso, la trabajadora comenzó a prestar servicios desde marzo de 2016 a través del programa de Fortalecimiento Comunitario, conocido como plan “FO.CO”, hasta agosto de 2017. Al año siguiente, peticionó el pase a beca del Instituto del Deporte y en mayo de 2022 pidió su traslado al Parque Urbano Tiro Federal en donde cumple funciones de lunes a viernes de 7 a 11 y/o de 16 a 20 y que en caso de eventos como los Juegos Evita o de Deporte Adaptado es afectada los días feriados y hasta los fines de semana.

En su presentación, reveló que a través del decreto Nº 4224/19 del 4 de noviembre de 2019 pasaron a planta permanente “un sinnúmero de agentes sin revestir suficiente antigüedad ni han cumplido con los planes de capacitación que se dictaron desde el inicio de estos programas”.

Además, reveló que en el momento del pase a planta el instituto contaba “con más de 200 personas en estado de precariedad laboral (becado) como su caso y con una vasta antigüedad en sus funciones”.

Para la becaria, a través del citado decreto se ultrajó “su derecho a trabajar dignamente, al reconocimiento a la estabilidad especial determinada en la Constitución Nacional, privándolo de la carrera administrativa”. Asimismo, advirtió que “el listado del personal incluido en el Anexo del Decreto 4224/19 discriminada por Antigüedad y Procedencia, actualmente amplió su nómina de personal a 113 agentes y que algunos de ellos prestaban servicios en otras jurisdicciones”.

En ese contexto, planteó que “la omisión en que incurre la autoridad provincial en la no designación en la planta permanente del Estado configura un ejercicio arbitrario, discrecional e ilegítimo, ya que la actual situación de precariedad en la que se desenvuelven los becados, en su caso en particular, desde el año 2016, se mantiene hasta la fecha”.


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