La jueza federal, Zunilda Niremperger, deberá dictaminar si la causa por presunta explotación laboral contra Emerenciano Sena, Marcela Acuña y Osmar Gómez se encuentra prescripta. Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ante un planteo de las defensas. Los dirigentes piqueteros están procesados por el delito de trata de personas en la causa “Sueños Compartidos”, el proyecto de viviendas sociales que en un principio iba a construir la Fundación Madres de Plaza de Mayo en el Chaco.
Domingo, 26 de mayo de 2024
La causa que investiga la presunta reducción a la servidumbre de obreros en la construcción de viviendas en el barrio Emerenciano, en la zona sur de Resistencia, podría prescribir.
En el marco de la causa por trata de personas impulsada por la Fundación Madre de Plaza de Mayo contra los dirigentes sociales Emerenciano Sena, Marcela Acuña y Osmar Quintín Gómez, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia decidió suspender el trámite sobre los recursos de apelación presentados por las defensas de los imputados hasta tanto la jueza Federal 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger dicte una resolución definitiva respecto de la solicitud de prescripción por el paso del tiempo.
Con fecha del 23 de mayo pasado, las juezas camaristas Patricia García y Rocío Alcalá, señalaron que la codefensora de los imputados Sena y Acuña, Rocío de Jesús Ramírez, planteó la excepción de falta de acción por prescripción de la acción penal y mencionó que idéntico planteo fue formulado ante la Jueza Niremperger, encontrándose el mismo en trámite.
En el planteo ante la magistrada de primera instancia se corrió vista al Fiscal Federal, Patricio Sabadini quien, de modo previo a expedirse, solicitó una serie de medidas que se encuentran siendo sustanciadas a efectos de considerar la vigencia del proceso en atención al transcurso del tiempo, ya que pasaron 14 años desde la primera denuncia.
En este contexto, la Cámara de Apelaciones también recabó información que podría resultar conducente respecto de Gómez y la comunicó oportunamente al Juzgado de origen mediante los pertinentes oficios electrónicos.
Sin embargo, reconocieron que resolver el planteo con la información parcial reunida, podría dar lugar a sentencias contradictorias, ya que, como se dijo, la Jueza Niremperger ordenó medidas más amplias en relación a todos los involucrados a los efectos planteados por las Defensas y ello, claro está, la coloca en “óptimas condiciones de decidir, con la visión lógica, fáctica y jurídica que un planteo de esta naturaleza requiere”.
En suma, las camaristas afirmaron que esta dualidad de incidencias en paralelo puede traer la mentada consecuencia indeseada, que se conoce también como “escándalo jurídico”, conculcando principios y garantías tutelados en la Constitución Nacional.
Es por eso que, dadas las circunstancias y en virtud de su prolongada paralización sin el impulso de las partes interesadas (Ministerio Público Fiscal y querellantes), ni del Juzgado interviniente, la Cámara resolvió suspender el trámite del recurso hasta la resolución definitiva de la cuestión de prescripción que se sustancia en primera instancia.
Sueños Compartidos
La causa sobre trata de personas y explotación laboral se inició a partir de una denuncia realizada el 6 de marzo de 2010 por parte del abogado Sergio Schoklender, apoderado de la fundación “Madres de Plaza de Mayo”, por la comisión de hechos que se enfocaban en el proyecto del “ex Campo de Tiro” ubicado en avenida San Martín al 3500 en el marco del proyecto “Sueños Compartidos”.
En concreto, Schoklender denunció que bajo el nombre del Movimiento “17 de Julio” se encubría “una realidad delictiva que somete a la servidumbre a personal de la Fundación y lucra con el esfuerzo de los trabajadores, apropiándose bajo extorsión o amenaza de parte de sus salarios; sin perjuicio de innumerables robos de materiales, herramientas y equipamiento cometidos por la banda liderada por Sena, Acuña y Gómez”.
El quiebre definitivo entre Schoklender y el por entonces Movimiento 17 de Julio -luego MTD Emerenciano- se produjo durante la Semana Santa del año 2009 cuando Sena y sus seguidores tomaron el obrador del ex Campo de Tiro y asumieron el control sobre la ejecución de las viviendas que se construían en el lugar y el manejo de los recursos nacionales desplazando así la gestión original a cargo de la Fundación Madres de Plaza de Mayo que había firmado el convenio con la Secretaría de Obras Públicas de la Nación. Uno de los detonantes fue la negativa de Sena de bancarizar el pago a los trabajadores y mantener el manejo discrecional de los mismos.
Tras la denuncia penal del apoderado de la Fundación “Madres de Plaza de Mayo”, el por entonces juez federal de primera instancia, Carlos Skidelsky, consideró que no existían elementos que encuadraran en el delito federal de trata de personas y se declaró incompetente.
Sin embargo, ante la apelación de las querellas la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó la decisión en abril de 2011. En agosto de ese año, el Juzgado Federal resolvió proseguir la instrucción de la causa por el delito de trata de personas delegando la misma en el Ministerio Público Fiscal.
El expediente estuvo sepultado en el juzgado Federal 1 de Resistencia hasta julio del año pasado, cuando la Secretaría Penal 1 “lo encontró”. Según se informó, el hallazgo fue el resultado de un “relevamiento que se llevó a cabo de modo gradual y progresivo, atento el cúmulo de tareas y la escasez de personal en dicha oficina”.
A consecuencia de ello, sin perjuicio del paso del tiempo, la jueza dispuso que, no habiéndose cumplimentado con lo ordenado mediante providencia del 25 de noviembre de 2011, se remita la causa al fiscal, Patricio Sabadini.
Doce años después, luego del trascendente hecho que tuvo como víctima de femicidio a Cecilia Strzyzowski, pareja de César Sena, hijo de Emerenciano y Marcela Acuña, por el cual ambos se encuentran imputados, la Fiscalía Federal de Resistencia formuló requerimiento de instrucción judicial de la causa por trata de personas.
En base a la actuación del fiscal, Niremperger procesó en febrero pasado a los tres dirigentes sociales por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral mediante engaño, violencia, amenazas y abuso de una situación de vulnerabilidad, calificado por haber sido cometido por tres o más personas y por el número de víctimas.
El procesamiento fue sin prisión preventiva, aunque se embargó a cada uno por una suma de 31 millones de pesos. La pena para este delito prevé una escala que va de 4 a 10 años de prisión.
Sena, Acuña y Gómez, vale mencionar, se encuentran con prisión preventiva. Los dos primeros, como partícipes primarios del femicidio de Cecilia, mientras que Gómez por un caso de abuso sexual.
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