Murió en la mañana de este martes. Estaba internado en el Sanatorio Chaco por complicaciones respiratorias. Tenía 57 años. Su desempeño en la fiscalía fue cuestionado severamente por familiares de víctimas de violencia institucional y por el Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco.
Martes, 12 de marzo de 2024

El fiscal Especial de Derechos Humanos del Chaco, Francisco Daniel Turraca, falleció este martes por la mañana en un sanatorio céntrico de Resistencia. Según informaron desde la Procuración General, el funcionario judicial tenía complicaciones respiratorias. Tenía 57 años.
Turraca dejó de existir a las 7.20 de la mañana de este martes, en el Sanatorio Chaco, de Resistencia. Sufría de enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), dolencia que reduce el flujo de aire y causa problemas respiratorios. Según confirmaron fuentes de la Justicia, hace tiempo se encontraba de licencia, justamente por cuestiones de salud.
Tras su muerte, el Consejo de la Magistratura del Chaco deberá llamar a concurso para ocupar la vacante. Actualmente, Luciano Santos se encuentra subrogando el cargo.
Greco
Fiscal Especial de Derechos Humanos desde 2008, Turraca fue el primero en ocupar dicho cargo creado a raíz de los compromisos asumidos por el Estado Argentino ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como parte de la solución amistosa en el caso de Juan Ángel Greco.
Greco era un artesano de 24 años, nacido en La Falda (Córdoba). Murió el 4 de julio de 1990, en el hospital Perrando de Resistencia, tras sufrir graves quemaduras en su cuerpo y vías respiratorias al incendiarse la celda en la que estaba detenido. Todo esto ocurrió en la comisaría de Puerto Vilelas, ubicada a unos 10 kilómetros del centro de la capital chaqueña. Previamente, había sido detenido de manera arbitraria y torturado por efectivos de la Policía del Chaco. La investigación sobre su muerte estuvo plagada de irregularidades: de hecho, fue inexistente.
La labor de Turraca, en particular, y de las fiscalías de Derechos Humanos del Chaco en general (hay dos, una en Resistencia y otra en Sáenz Peña) fue cuestionada severamente por familiares de víctimas de violencia institucional y también por el Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco.
Publicado el 15 de junio pasado, el Comité realizó un informe sobre el desempeño de las fiscalías de DDHH del Chaco en base a datos suministrados por la Oficina de Política Criminal dependiente de la Procuración General de la Provincia. La información aportada corresponde al período que va desde el 1 de enero de 2016 hasta el 11 de agosto de 2020 y se refiere al desempeño de la Fiscalía Penal Especial de Derechos Humanos de Resistencia, a cargo en ese momento de Daniel Turraca, subrogada en ocasiones por Luciano Santos; y la Adjunta de Sáenz Peña, a cargo de Silvia Slusar.
En el informe de la Procuración se evacuaron las consultas referidas a la cantidad de causas en trámite, cantidad de personal perteneciente a las fuerzas de seguridad provincial procesados, cantidad de prisiones preventivas decretadas, causas elevadas a juicio y aquellas que lograron una sentencia condenatoria.
En el caso de la Fiscalía en lo Penal Especial de Derechos Humanos de Resistencia, se informó que ingresaron un total de 1204 causas, de las cuales sólo 36 tuvieron requerimientos de elevación a juicio. Es decir, el 2,9%. El porcentaje cae cuando se trata de sentencias condenatorias: del total de causas ingresadas, sólo el 0,2% llegó a una condena; dos de cada mil.
El desempeño de la Fiscalía Adjunta en lo Penal Especial de Sáenz Peña es aún peor. Entre 2016 y 2020, ingresaron a la dependencia 1055 causas, de las cuales 25 fueron requeridas para elevación a juicio y sólo una llegó a una sentencia condenatoria. Es decir, el 0,09%.
Si se los compara, estos números están por debajo incluso de la muy baja tasa básica promedio de eficacia del Ministerio Público Fiscal del Chaco de los años 2019 y 2021 que midió el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP).
Esta tasa básica de eficacia político-criminal busca identificar cuántas de las causas que ingresan a las fiscalías reciben alguna respuesta con capacidad de incidir, aunque sea mínimamente, sobre el control de la criminalidad.
Compara, en definitiva, la cantidad de casos ingresados y la cantidad de salidas con incidencia político-criminal, ya sea en forma de condenas, suspensión de juicio a prueba o acuerdos reparatorios. De acuerdo al INECIP, en 2019, esa tasa fue de 2,97%; mientras que, en 2021, bajó a 1,16%, quedando en un cómodo último lugar de las jurisdicciones relevadas.
Preventivas
Desde el Comité para la Prevención de la Tortura también se remarcó el tratamiento más que indulgente que reciben los imputados en hechos de violencia institucional por parte de las Fiscalías de DDHH, si se lo compara con la criminalidad ordinaria.
Los funcionarios imputados por la fiscalía de DDHH de Resistencia durante el período analizado fueron 221 (seis del Servicio Penitenciario y 215 de la Policía del Chaco). De estos, sólo seis fueron detenidos preventivamente. En tanto que en las causas que lleva la Fiscalía de DDHH de Sáenz Peña, a ninguno de los 69 funcionarios imputados (13 penitenciarios y 56 policías) se les dictó la prisión domiciliaria.
Esto es particularmente grave por tres razones: contribuye a una percepción de impunidad por parte de perpetradores, que no ven consecuencias inmediatas ante la comisión de hechos graves; expone a víctimas a posibles amenazas o represalias por parte de los mismos y, en ocasiones, pone en riesgo la propia investigación teniendo en cuenta la posibilidad de eliminar pruebas e influir en testigos.
Otra cuestión que también fue motivo de cuestionamiento por parte del Comité fue el mal desempeño de las fiscalías a la hora de intervenir y resguardar las distintas escenas del crimen.
En su informe el organismo señaló que se han observado obstáculos en la valoración de la prueba, en la constitución en la escena del crimen, en las intervenciones en los primeros momentos de la investigación de las fiscalías ordinarias, en la falta de conocimiento acerca de los protocolos de Estambul y Minnesota.
Asimismo, se constató que se sigue delegando a la agencia policial la investigación en los primeros momentos de los hechos en las muertes bajo custodia, lo que facilita la comisión de actos de encubrimiento corporativo.
En este punto, se remarcó que la intervención de las familias de las víctimas como reaseguro de las pruebas fue clave en muchos casos de violencia institucional, algo que, a las claras, no debería ser así, teniendo en cuenta que es una tarea que le compete al Ministerio Público Fiscal.
También se puntualizó en las serias deficiencias a la hora de calificar los hechos, aplicando imputaciones por debajo de lo que las pruebas indican, generando así una forma de impunidad relativa. “Casos donde se ha infringido grave sufrimiento a las víctimas son calificadas como vejaciones o vejaciones agravadas, en lugar de ser adecuadamente tipificadas como torturas”, ejemplificó el organismo.
La reticencia de los equipos fiscales no ocurre únicamente respecto a la adecuada calificación legal, sino también en la extensión de la responsabilidad a los autores, cómplices y encubridores.
Así, por ejemplo, en el caso conocido como “Barrio Bandera Argentina”, donde policías de la Comisaría Tercera de Fontana provocaron apremios, vejaciones y torturas a un grupo de jóvenes del pueblo Qom, recién luego de varios planteos del Comité, el Juzgado de Garantías ordenó a la fiscalía que impute a la entonces jefa de la Comisaria, Claudia Beatriz Lucena, quien presenció en todo momento la sesión de torturas a las víctimas, dentro de la propia unidad policial.
La no conexidad de causas también deriva un quiebre en el hilo investigativo. Dicho de otro modo, cuando las víctimas de violencia policial realizan nuevas denuncias por amenazas, represalias o la comisión de nuevos hechos por parte agentes policiales, estas se investiguen en causas separadas, sin entender que estos hechos son indicadores del aumento del riesgo en las causas principales y por tal deberían impactar en el dictado de medidas cautelares como las detenciones preventivas de los denunciados.
Se constató asimismo una falta de proactividad, seguimiento y avance de las investigaciones sobre violaciones a los DDHH por el Servicio Penitenciario Provincial. En una reunión realizada en el Complejo Penitenciario 2 de Sáenz Peña, las personas privadas de libertad reclamaron por la falta de información acerca de las múltiples denuncias radicadas por situaciones de torturas y malos tratos directas o por aquiescencia del personal penitenciario.
Recursos
Además de lo anteriormente enumerado, en el caso de la fiscalía Adjunta de DDHH de Sáenz Peña hay cuestiones estructurales a tener en cuenta. En primer lugar, la misma tiene competencia sobre una gran extensión territorial, abarcando toda la provincia a excepción del Gran Resistencia.
En cuanto a la dotación de personal, la misma cuenta con dos ayudantes fiscales (uno de ellos en goce de licencia), un secretario y dos auxiliares, para abarcar el 90% del territorio provincial. Es decir que la fiscalía de Sáenz Peña, con el quíntuple de territorio, posee la mitad del personal que una fiscalía ordinaria.
Otra cuestión son las repetidas ausencias de la titular de esa dependencia judicial. Se tomó conocimiento que, en los últimos años, se ha tomado múltiples licencias por enfermedad, debiendo ser reemplazada constantemente por el Equipo Fiscal ordinario de dicha circunscripción, lo que conlleva un malestar por parte de estos funcionarios judiciales por tener que investigar a la policía con la cual tienen que trabajar cotidianamente en casos de criminalidad común.
“Pocas chances”
En la parte final del informe, el Comité concluyó que las fiscalías que tienen a su cargo la investigación en el plano judicial interno de delitos que configuran violaciones a los DDHH son las que muestran “mayores deficiencias en arribar a sentencias condenatorias”.
“La ineficacia investigativa cobra mayor importancia tomando en cuenta que los casos de violencia institucional tienen una importante tasa de sub-judicialización, producto de la baja tasa de denuncia de los mismos”, remarcó el organismo.
Tal es así que, desde agosto del 2021, en el Comité se recibieron 191 casos de agresiones físicas por parte de las fuerzas de seguridad, de los cuales únicamente en 65 de ellos se radicó denuncia formal.
“De esta forma, de cada 100 casos de violencia institucional 30 se animan a denunciar; pero de esos 30, las fiscalías archivarán 29. Es decir que uno solo será elevado a juicio y, aun así, en ese único caso, son pocas las chances de arribar a una sentencia condenatoria”, detalló el organismo.
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