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La jueza federal de Chaco Zunilda Niremperger procesó hoy al dirigente piquetero Emerenciano Sena, a su esposa Marcela Acuña, y a Osmar “Quintín” Gómez, ex funcionario provincial y allegado a los Sena. Es por el delito de trata de personas en la causa “Sueños Compartidos”, el proyecto de viviendas sociales que en un principio iba a construir la Fundación Madres de Plaza de Mayo en Chaco. Los tres se encuentran en prisión preventiva acusados por otros delitos. 

Martes, 20 de febrero de 2024

Por Brian Pellegrini 

La jueza federal Nº 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, procesó este martes a los dirigentes sociales Emerenciano Sena, Marcela Acuña y Osmar “Quintín” Gómez por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral mediante engaño, violencia, amenazas y abuso de una situación de vulnerabilidad, calificado por haber sido cometido por tres o más personas y por el número de víctimas.

Según la resolución de Niremperger, a la que tuvo acceso LITIGIO, el procesamiento fue sin prisión preventiva pero se embargó a cada uno por una suma de 31 millones de pesos. La pena para este delito prevé una escala que va de 4 a 10 años de prisión.

“Estimo que se encuentran reunidos los elementos de convicción que justifican el reproche penal en su contra, en razón de hallarse reunidos los elementos subjetivos y objetivos que componen la figura penal señalada y que les fuera impuesta al momento de recibírseles declaración indagatoria”, sostuvo la magistrada en el auto de procesamiento.

Un poco de historia

Cabe recordar que la causa se inició a partir de una denuncia realizada el 6 de marzo de 2010 por parte del abogado Sergio Schoklender, apoderado de la fundación “Madres de Plaza de Mayo”, por la comisión de hechos que se enfocaban en el proyecto del “ex Campo de Tiro” ubicado en avenida San Martín al 3500 en el marco del proyecto “Sueños Compartidos”.

En concreto, Schoklender denunció que bajo el nombre del Movimiento “17 de Julio” se encubría “una realidad delictiva que somete a la servidumbre a personal de la Fundación y lucra con el esfuerzo de los trabajadores, apropiándose bajo extorsión o amenaza de parte de sus salarios; sin perjuicio de innumerables robos de materiales, herramientas y equipamiento cometidos por la banda liderada por Sena, Acuña y Gómez”.

El quiebre definitivo entre Schoklender y el por entonces Movimiento 17 de Julio -luego MTD Emerenciano- se produjo durante la Semana Santa del año 2009 cuando Sena y sus seguidores tomaron el obrador del ex Campo de Tiro y asumieron el control sobre la ejecución de las viviendas que se construían en el lugar y el manejo de los recursos nacionales desplazando así la gestión original a cargo de la Fundación Madres de Plaza de Mayo que había firmado el convenio con la Secretaría de Obras Públicas de la Nación. Uno de los detonantes fue la negativa de Sena de bancarizar el pago a los trabajadores y mantener el manejo discrecional de los mismos.

Tras la denuncia penal del apoderado de la Fundación “Madres de Plaza de Mayo”, el por entonces juez federal de primera instancia, Carlos Skidelsky, consideró que no existían elementos que encuadraran en el delito federal de trata de personas y se declaró incompetente. Sin embargo, ante la apelación de las querellas la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó la decisión en abril de 2011. En agosto de ese año, el Juzgado Federal resolvió proseguir la instrucción de la causa por el delito de trata de personas delegando la misma en el Ministerio Público Fiscal.

Doce años después, luego del trascendente hecho que tuvo como víctima de presunto femicidio a Cecilia Strzyzowski, pareja de César Sena, hijo de Emerenciano y Marcela Acuña, por el cual ambos se encuentran imputados y en prisión preventiva, la Fiscalía Federal de Resistencia a cargo del fiscal Patricio Sabadini formuló requerimiento de instrucción judicial de la causa por trata de personas.

Los testimonios 

Según se desprende del testimonio de al menos 31 denunciantes, todos fueron contactados por Sena, Acuña y Gómez para desempeñarse en el marco del programa “Sueños Compartidos” bajo la promesa de trabajar en la construcción de las viviendas que luego serían de su propiedad. Previo a ello, se les ordenó tomar el predio de La Rubita y luego el ex Campo de Tiro, donde finalmente se instaló el obrador para la construcción de las viviendas.

En ese sentido, indicaron que al principio el trato fue bueno y que se respetaba la jornada laboral y las condiciones de trabajo, pero que todo cambió cuando Sena comenzó a impedirles retirarse luego de la jornada de ocho horas llegando a prolongarse a más de 16 horas diarias, de lunes a lunes, sin feriados ni días de descanso.

Según consignaron, el salario dependía de las funciones que cada uno cumpliera en la obra, pero que parte del mismo debía ser entregado a los tres imputados para la compra de mercadería, alimentos, herramientas, para hacer gorras, banderas y camisetas para el movimiento. Además, debían aportar a un fondo para compañeros que no tenían salario y a otros les hacían firmar recibos por un monto superior al que cobraban. También tenían la obligación de asistir a las marchas y cortes programados por el movimiento en distintos puntos de la ciudad: todo bajo la amenaza de perder sus trabajos.

“Accionar violento e intimidante que ejercían impunemente”

En el procesamiento, Niremperger subrayó que “las conclusiones del personal especializado interviniente, sumado a los dichos específicos de los trabajadores y de los agentes involucrados en los procedimientos llevados a cabo en el predio del Campo de Tiro, lucen cuanto menos suficientes para dar cuenta del contexto de aprovechamiento existente”.

Al respecto, la magistrada sostuvo que “puede inferirse la relación asimétrica entre las partes involucradas en el presente caso, en la que se daban abusos de poder por parte de los imputados, toda vez que abusando de su situación preminente como líderes de un movimiento social y del accionar violento e intimidante que ejercían impunemente, se aprovecharon de la vulnerabilidad de los trabajadores por conocer la situación apremiante en que se encontraban (escasos recursos económicos, necesidades habitacionales, escasa instrucción, entre otros), valiéndose de la misma para concretar la explotación laboral, imponiéndoles condiciones laborales indignas que distaban de las ofrecidas inicialmente, que eran inhumanas y contrarias a la normativa vigente, como así que el beneficio de esa explotación lo recibían los imputados”.

Para Niremperger, las acciones de los imputados “revelan un mecanismo perverso que solo tenía como objetivo utilizar a estas personas para mantener y fortalecer el movimiento que los imputados lideraban tendientes a obtener recursos estatales y humanos para manejar arbitrariamente y que les permitiera perpetuar su influencia política, y actuar impunemente, según sus designios”.

En otro tramo de su resolución, la magistrada advirtió que “si bien Sena y Acuña surgen registrados como trabajadores de la Fundación, al igual que las víctimas, lo cierto es que claramente su estatus era superior al del resto de los trabajadores e inclusive de la parte empleadora, ya que a partir de que “tomaron el Obrador”, no sólo lograron desplazar al empleador sino que se quedaron a cargo del predio y continuaron con la edificación del lugar, que pasó a denominarse “Barrio Emerenciano”; lo que solamente pudo haber sido posible contando con los recursos suficientes para ello”.

“Consentida y normalizada”

Además, Niremperger consideró que “no puede soslayarse que al no surgir que la situación referenciada fuera revertida por alguna autoridad sino que aparece como consentida y normalizada, seguramente contribuyó a fortalecer la posición jerárquica/autoritaria asumida por los imputados y permitió que continuaran desplegando impunemente su accionar delictual conforme las conductas descriptas a lo largo del presente”.

Con respecto al paso del tiempo desde la primera denuncia en la causa, la jueza federal de Resistencia apuntó que eso “no hace mella en la presente resolucion ni sustanciación del proceso en contra de los nombrados; ello, en virtud de que uno de ellos -GOMEZ- se desenvolvía como funcionario público”.


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