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La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la resolución que denegó la habilitación de la feria judicial solicitada para tratar un planteo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, vinculado a la desregulación de las compañías de medicina prepaga. A través de un amparo y medida cautelar, una afiliada pidió a la Justicia que frene el aumento abusivo de SanCor Salud, compañía que en sólo dos meses aplicó un incremento de más del 70% en el valor de la cuota.

Viernes, 19 de enero de 2024

Agustina U. se espantó el 28 de diciembre pasado al recibir el aviso de los futuros aumentos de su prepaga. Tras la desregulación de precios habilitada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, firmado por el presidente, Javier Milei, las compañías de medicina privada decidieron aplicar un feroz aumento que en el caso de Agustina U. superó el 70% en tan sólo dos meses.

Al 6,26% de incremento que aplicó en enero, SanCor Salud le sumó un 29,5% retroactivo, mientras que para febrero ya anunció una suba del 35,6%. Además, se pagará un adicional del 29,5%, ya que cuando la empresa anunció el aumento para enero, aún regían los precios regulados.

Ante la imposibilidad de afrontar semejante aumento en un lapso tan corto de tiempo, la afiliada decidió recurrir a la Justicia Federal de Resistencia. El 8 de enero último presentó ante el Juzgado Federal 1 de Primera Instancia de Resistencia, a cargo de Zunilda Niremperger, una acción de amparo y medida cautelar, con habilitación de feria judicial, para que la Asociación Mutual SanCor Salud suspenda los fuertes aumentos en las cuotas del Plan SanCor 1000.

Solicitó también que hasta tanto se dicte sentencia de fondo en la causa, la cuota deberá ajustarse según los porcentajes de incremento que disponga la Superintendencia de Servicios de Salud para el Nomenclador del Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Es decir, utilizando el procedimiento anterior.

Al analizar el caso, Niremperger decidió denegar la habilitación de la feria. Consideró que “no se avizoran circunstancias urgentes que ameriten el tratamiento de la petición durante el plazo extraordinario, y que “la medida solicitada sólo debe ser dispuesta en aquellos casos en los que existe riesgo evidente de frustración irreparable de la tutela a fin de evitar la privación de justicia en el caso concreto”.

No conforme, la afiliada apeló esta decisión y solicitó a la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia que revoque lo dispuesto por Niremperger, habilitando la feria judicial para el tratamiento de su petición.

En su escrito, la mujer adujo que la imposición del incremento “exorbitante e ilegal” de la cuota de su Plan SanCor 1000 le impide materialmente cumplir con su pago, poniendo en riesgo la atención de su salud por la falta de cobertura de las prestaciones médico-asistenciales que la empresa provee.

Sostuvo en este sentido que la imposición sorpresiva y unilateral de un incremento tan desmesurado como irrazonable, que torna inaccesible el mantenimiento de la cobertura médico-asistencial contratada en el marco de una relación de consumo, pone en riesgo la salud de la parte débil de esa relación que configura el riesgo serio e inminente de ver alterado su derecho a la salud, que goza de preferente tutela constitucional.

Finalmente, con fecha del 15 de enero, las juezas camaristas, María Delfina Denogens y Rocío Alcalá, fallaron en contra de la petición de la demandante. Coincidieron con la postura de Niremperger en que no se observa una afectación inminente del derecho a la salud de la amparista que amerite el tratamiento de la medida cautelar solicitada, ya que la misma pretende suspender el incremento de la cuota del plan de cobertura, efectuando un cuadro que demostraría un incremento sustancial en los próximos meses (hasta mayo).

“No puede obviarse que la medida solicitada sólo debe ser dispuesta en aquellos casos en los que existe riesgo evidente de frustración irreparable de la tutela a fin de evitar la privación de justicia en el caso concreto, no observándose -como se dijera- tal situación en autos”, afirmaron las camaristas.

Fallos en contra (y en feria)

Si bien en otros tribunales del país tampoco se habilitó la feria judicial para tratar el tema prepagas, como ocurrió con la Sala de Feria de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal de la Ciudad de Buenos Aires, lo cierto es que en otras jurisdicciones sí se decidió hacer lugar al reclamo. De hecho, sólo esta semana, se emitieron tres fallos en contra de los aumentos desmedidos de las prepagas.

El primero fue el de una jubilada de 78 años que presentó una acción en contra de la Sociedad Italiana de Beneficencia (Hospital Italiano) y el segundo fue un usuario de Omint, que planteó que la cuota que abonaba a diciembre aumentó un 40,8% en enero y que se venía otro del 29,4% en febrero. Ambos fallos fueron dictados por la jueza Martina Isabel Forns, a cargo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires.

En tanto que el tercero ordenó retrotraer a Galeno un incremento del 85% en la cuota a una jubilada con diabetes. En esta oportunidad, la decisión fue del magistrado subrogante del juzgado Federal de San Martín, Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto.

Cartelización

Los aumentos abusivos de las prepagas también incluyeron acusaciones de cartelización. La Coalición Cívica ARI presentó una denuncia contra las empresas de medicina prepaga que conforman la Unión Argentina de Salud (UAS), que preside Claudio Belocopitt, por la “cartelización para incrementar los precios a usuarios y proveedores de manera coordinada”.

La presentación fue ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y lleva la firma de los dirigentes Hernán Reyes, Maximiliano Ferraro, Ruben Manzi y Facundo Del Gaiso. “Es indignante que hayan anunciado un aumento conjunto, no solamente porque es ilegal, sino porque en la misma presentación dicen que están dispuestos a perder un 30% de sus afiliados, ¿a dónde se va esa gente?”, plantearon los legisladores.

“Los pacientes con enfermedades crónicas, los que están en tratamiento por alguna cuestión aguda pero costosa, y/o los jubilados, no pueden entrar y salir como si nada de su plan de prepaga”, alertaron.

 

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SanCor Salud OK by Revista Litigio


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