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Lo dispuso el juez federal Enrique Lavié Pico, del fuero contencioso administrativo, al hacer lugar al planteo de la Federación Argentina de Municipios (FAM), que encabeza el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza. También se aceptó tratar una presentación de la Asociación Civil Inquilinos Agrupados.

Martes, 9 de enero de 2024

El juez del fuero contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico habilitó el lunes la feria judicial para tratar el planteo de la Federación Argentina de Municipios (FAM) contra el DNU de desregulación de la economía presentado por el presidente Javier Milei.

El magistrado habilitó también la feria judicial para dar trámite a la presentación realizada por la Asociación Civil Inquilinos Agrupados, según pudo constatar Télam a través de la búsqueda en el sistema informático del Poder Judicial de la Nación.

La Federación Argentina de Municipios (FAM), encabezada por el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, pidió que se deje sin efecto el DNU 70/2023 hasta tanto se dicte sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, según informó la propia FAM el viernes a través de un comunicado.

A la vez, solicitó que “se ordene, como medida urgente de protección cautelar, la inmediata suspensión de los efectos del decreto hasta tanto las Cámaras del Congreso de la Nación se expidan por la aceptación o rechazo del Decreto 70/23”.

“Desde la FAM hemos decidido trabajar para ponerle un freno al accionar inconstitucional que impulsa el Gobierno de Milei. Por eso, 500 intendentas e intendentes de todo el país presentamos este recurso de amparo ante la Justicia para frenar el DNU que avasalla los derechos de las argentinas y argentinos”, explicó Espinoza en el comunicado.

Para el dirigente peronista, el decreto presidencial “afecta gravemente muchos aspectos de la vida de nuestras vecinas y vecinos, deja desprotegidos a nuestros jubilados y jubiladas, y atenta contra nuestras pymes y los productores regionales”.

En el pedido de acción de amparo se señaló que “el decreto cuestionado viola el presupuesto de validez esencial fijado por la Constitución, por cuanto arremete contra el principio general consagrado por el artículo 99 inciso 3, que es la prohibición del Presidente de dictar disposiciones de carácter legislativo”.

“Pero para ello, y sin la intermediación -como corresponde- del Congreso, prefirió arrogarse facultades extraordinarias equivalentes a ejercer la suma del poder público y así derogar el siguiente paquete normativo de amplia vigencia en el país”, mencionó.

Y se sostuvo que el DNU “viola el principio rector que sustenta el estatuto del poder”, en referencia a “la separación de poderes” y “conduce a la suma del poder público”, lo que “constituye una amenaza cierta e inmediata sobre el sistema democrático”.

Espinoza consideró que “a días de haber asumido Milei, ya se generó un antes y un después en la Argentina. Vemos cómo se van cayendo argentinos del sistema laboral y cómo se está generando un desmoronamiento del poder económico de todo el pueblo”, advirtió.

“Nosotros, como primer escalón de la democracia, tenemos la responsabilidad de defender las voces de millones de mujeres, hombres, abuelas y abuelos, estudiantes, trabajadores y trabajadoras y pymes, productores rurales y regionales que representamos en cada una de nuestras ciudades”, concluyó.

Cabe recordar que el 28 de diciembre pasado, los intendentes e intendentas evaluaron la situación nacional y elaboraron un documento en repudio a la inconstitucionalidad del DNU. Entre los presentes estuvieron: Jorge Ferraresi (Avellaneda); Mariano Cascallares (Almirante Brown); Juan Manuel García (Machagai, Chaco), Javier Osuna (General Las Heras); Agustín González (Cruz Alta, Córdoba); Mario Secco (Ensenada); Julio Zamora (Tigre); Fernanda Alonso (General Pico, La Pampa); Gustavo Barrera (Villa Gesell); Jorge Salomón (Milagro, La Rioja); Pablo Grasso (Río Gallegos, Santa Cruz); Javier Huillipan (Mariano Moreno, Neuquén); Martín Ascúa (Paso de los Libres, Corrientes), Flor Destéfanis (Santa Rosa, Mendoza); Ernesto Andrada (Tinogasta, Catamarca); Celso Jaque (Malargüe, Mendoza); Fabián Aballay (Pocito, San Juan); Gustavo Cocconi (Tapalqué); Esteban Sanzio (Baradero); Fabián Cagliardi (Berisso); Julián Álvarés (Lanús); Cecilio Zalazar (San Pedro); Pablo Descalzo (Ituzaingó); Daniel Stadnik (Carlos Casares); entre otros.

 

Fuentes: Télam y FAM


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