La resolución, firmada por los camaristas María González y Alejandro Subera, atendió el pedido de la CGT, firmado por su secretario general Héctor Daer, para que se levante la feria y se evalúe el pedido de suspensión del decreto de necesidad y urgencia.
Martes, 2 de enero de 2024
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, por el voto de María Dora González y José Alejandro Sudera, admitió el pedido de habilitación de feria realizado por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina y dio vista al representante del Ministerio Público Fiscal.
El pedido realizado por Héctor Daer en su carácter de Secretario General, solicitó que se habilite la feria judicial para tratar la medida cautelar que busca la suspensión del “Título IV Trabajo” del DNU 70/2023 que había sido rechazada el pasado 27 de diciembre por el juez de primera instancia Ramonet al considerar que -al momento de la petición- la normativa por no haber entrado en vigencia, carecía de todo efecto dañoso.
Además, mencionan los camaristas, que la CGT en su escrito recursivo informó sobre la presentación realizada ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nro. 2 en el marco de la causa “Jefatura de Gabinete de Ministerios c/ Confederación General del Trabajo de la República Argentina – PEN – CNAT 56862/23 s/ inhibitoria (exp. Nro.48.422/23)”, donde interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la resolución recaída en fecha 29/12/2023 que dispone que la presente causa debe incorporarse a la causa iniciada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad.
Cabe mencionar que el juez a cargo de la causa, José Ignacio Ramonet, al poner de resalto que no recibió comunicación a través del sistema Lex 100 de lo resuelto en el expediente mencionado por su par del fuero contencioso administrativo, señaló que “lo cierto es que el tenor de las presentaciones efectuadas por el distinguido letrado de la parte actora, tornan inoficioso -de momento- plantear una cuestión de competencia con aquél fuero, por cuanto el recurso interpuesto suspende los efectos de la inhibitoria dictada, hasta tanto sea resuelto”.
La Sala considera que, frente a las particularidades del caso, lo traído a consideración amerita la apertura de la habilitación de la feria judicial solicitada. Con ello tratará tanto el pedido cautelar para suspender el apartado específico respecto a las reformas laborales del Mega DNU como también podría tratar la cuestión de competencia mencionada al haber recibido la comunicación por correo electrónico del Juzgado a cargo de Esteban Furnari.
Este no es el único expediente que cuenta con habilitación de la feria judicial, ya son diversos los jueces que han dispuesto habilitar la feria. Magistrados del Trabajo, de Lomas de Zamora, Mar del Plata y San Juan. Asimismo, estamos a la espera de una decisión sobre el punto del juez Lavié Pico del Fuero Contencioso Administrativo.
Fuente: Palabras del Derecho