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Se trata de la excarcelación que había favorecido al exjefe de Guardia de la cárcel federal de Resistencia durante la última dictadura, Pablo César Casco, quién aún debe ser juzgado por el delito de torturas contra el exdetenido político Carlos Aranda. Lo resolvió la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Se trata de un nuevo revés contra los sistemáticos beneficios que reciben represores condenados por delitos de lesa humanidad en la provincia del Chaco. 

Sábado, 30 de diciembre de 2023
Pablo César Casco, exjefe de Guardia de la U7

Por Brian Pellegrini 

La Sala Cuarta de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la resolución del Tribunal Oral Federal de Resistencia que, en julio pasado, otorgó la excarcelación bajo palabra al represor César Pablo Casco y lo reenvió al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Fue al hacer lugar al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal que objetó la decisión del TOF que concedió ese beneficio al exjefe de Guardia de la Unidad 7 de Resistencia a pesar de que se encuentra pendiente de ser juzgado por presuntas torturas contra el exdetenido político Carlos Raúl Aranda.

La resolución, que difunde como adelanto LITIGIO, fue dictada el miércoles 27 de diciembre y lleva las firmas de los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, de la Sala Cuarta del máximo tribunal penal del país.

En sus fundamentos, los camaristas advirtieron que la excarcelación concedida a Casco “no resulta ser una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa”. En ese sentido, subrayaron que el “impedimento legal alegado por el tribunal no se condice con las circunstancias actuales del trámite de la causa”. Vale recordar que Casco ya había sido favorecido con la prisión domiciliaria cuando el TOF resolvió su excarcelación bajo palabra.

Hace exactamente tres años (diciembre de 2020), la propia Casación había anulado las absoluciones de Casco y el exfiscal federal Roberto Mazzoni en casos que tenían como víctimas a varios exdetenidos políticos y reenvió la causa para que sean juzgados por esos delitos, lo que no ocurrió hasta el momento.

El TOF había argumentado que como Mazzoni había recurrido en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación no se podía avanzar con ese juicio de reenvío. Sin embargo, la resolución de Casación precisa que para el 5 de julio de 2023, cuando el TOF otorga la excarcelación a Casco, la Corte ya había desestimado la queja de la defensa del exfiscal federal. Fue a fines de octubre de 2022. Es decir, no había ningún argumento legal para demorar el juicio contra Casco y Mazzoni, tal como lo señaló el Ministerio Público Fiscal en su recurso de casación. Al respecto, los fiscales Diego Vigay y Horacio Rodríguez sostuvieron que la demora resultaba atribuible “exclusivamente” al tribunal y la consideraron “sin ningún tipo de justificativos”.

Apuntaron, además, que el TOF no tuvo en cuenta, como riesgo procesal, “que Casco fue denunciado formalmente por violaciones a la prisión domiciliaria que gozaba”.

Cabe recordar que en el primer juicio en su contra, Casco fue condenado a once años de prisión por torturas contra el detenido político Hugo Dedieu pero absuelto por el mismo delito contra Aranda, por lo que para los fiscales no puede considerarse que cumplió con su condena.  En ese contexto, los fiscales advirtieron que no se trataba de una sentencia firme o no firme “sino un caso de falta de juzgamiento respecto de un hecho revocado por la CFCP, es decir una parte del tramo de la acusación que aún se encuentra pendiente de juzgamiento”.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal también alertaron que la resolución del TOF implicaba una “minimización del status de crímenes de Lesa Humanidad y el desconocimiento a la obligación del Estado Argentino en perseguir, investigar, sancionar y fundamentalmente hacer cumplir la pena a los condenados por crímenes de Lesa Humanidad”.

 


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