La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal le asestó un nuevo revés al Tribunal Oral Federal de Resistencia, en su rol de juzgado de ejecución penal, al anular la libertad condicional otorgada al represor José Rodríguez Valiente, quién cuenta con cuatro condenas firmes por delitos de lesa humanidad cometidos en el Chaco y otra pendiente de confirmación.
Martes, 26 de diciembre de 2023
El 13 de diciembre pasado, fecha emblemática para el proceso de Memoria, Verdad y Justicia en el Chaco, la Sala IV del principal tribunal penal del país anuló el beneficio concedido al excomisario chaqueño José Rodríguez Valiente, condenado en cinco causas por delitos de lesa humanidad en el Chaco.
La resolución, que lleva las firmas de los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo fue dictada el 13 de diciembre, en simultáneo con la conmemoración por los 47 años de la Masacre de Margarita Belén. Así, el tribunal hizo lugar al recurso impulsado por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia contra la resolución del juez del TOF de Resistencia a cargo de la Ejecución Penal, Juan Manuel Iglesias, quién sistemáticamente concede el beneficio a los represores.
En sus fundamentos, los camaristas advirtieron que antes de conceder la libertad condicional se habían expedido por la negativa las diferentes áreas del Consejo Correccional de la cárcel federal de Resistencia (U7). En ese sentido, advirtieron que el magistrado “no ha explicado cómo podría verse alcanzado entonces el pronóstico de reinserción social favorable exigido para la concesión del instituto en cuestión”.
Así, puntualizaron que Rodríguez Valiente se encuentra condenado por delitos de lesa humanidad, “por lo que cobra aplicación al caso el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto a la necesidad de evitar decisiones que pongan en riesgo la responsabilidad internacional del Estado Argentino en relación a las obligaciones de juzgamiento y sanción de quienes resulten responsables por delitos reputados como tales, de acuerdo al derecho internacional vinculante para nuestro país”.
Asimismo, los jueces de Casación señalaron que tampoco puede ser “desatendido” que las víctimas se pronunciaron “expresamente en contra” de que se conceda el beneficio al represor que tiene cuatro condenas firmes a 25, 20, 12 y 4 años de prisión, más otra por 25 años aún pendiente de confirmación.
Así, para los jueces de Casación la resolución de conceder la libertad condicional a Rodríguez Valiente al cumplir las ¾ partes de su condena, “no cuenta con la fundación suficiente para considerarla motivada”, por lo que “debe ser descalificada “como acto jurisdiccional válido”.