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Por mayoría, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de la Capital Federal rechazó el pedido de sobreseimiento del exjefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y dejó firme su elevación a juicio oral imputado por presunto violación de deberes de funcionario público por haber omitido controlar el destino de los recursos que el Estado Nacional transfirió a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para la transmisión de los partidos de primera división.

Martes, 19 de diciembre de 2023

El exjefe de Gabinete de Ministros de la Nación y exgobernador de Chaco, Jorge Capitanich, irá a juicio oral por la causa “Fútbol para Todos” imputado por presunta violación de deberes de funcionario público por omitir controlar el destino de los recursos que el Estado Nacional transfirió a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para la transmisión de los partidos de primera división. Así lo resolvió el TOCF Nº 1 de Comodoro Py al rechazar el sobreseimiento formulado por el abogado defensor de Capitanich, Gastón Chapo.

Con el voto de mayoría de los jueces Ricardo Basilico y José Michilini y la disidencia de su par Adrián Grünberg, el TOCF Nº de Capital Federal dictó la resolución este lunes 18 de diciembre y confirmó que Capitanich deberá defenderse de las acusaciones en el juicio oral en el que también deberán responder el también exjefe de Gabinete, Aníbal Fernández; el excoordinador del programa FPT, Gabriel Mariotto; el extitular de la AFA, Luis Segura, siete exdirigentes de clubes, el representante de Futbolistas Agremiados, Sergio Marchi y Natale Rigano, exCEO de Iveco.

La acusación es por el delito de “violación de deberes de funcionario público”. Vale recordar que cuando Capitanich se desempeñó como jefe de Gabinete -menos de un año- el contrato entre el Estado Nacional y la AFA ya estaba en ejecución desde hacía varios años.

“Corresponde repetir que de conformidad con lo dictaminado por la Fiscalía General interviniente, el Tribunal estima prudente debatir las cuestiones de hecho y prueba, es decir, los presupuestos fácticos y normativos del caso bajo tratamiento, en el marco del debate oral y público que habrá de fijarse en autos (cfr. art. 359 del C. P. P. N.), pues tal es su ámbito natural de dilucidación de acuerdo con el ordenamiento procesal vigente”, sostiene el voto de mayoría.

En ese sentido, agregan que “la vía del art. 361 del ordenamiento ritual que se invocara, sólo resulta excepcionalmente aplicable en aquellos casos en los que no es necesario el debate, por resultar evidente el argumento de la defensa, o por existir acuerdo sobre ello entre las partes; alternativas que no se presentan en el caso que nos ocupa, en el que la construcción de la imputación fiscal reposa sobre un complejo entramado de actos administrativos, contratos, adendas, pagos con cheques de pago diferido, operaciones financieras de descuento y demás actos jurídicos, de los que al ser analizados al momento de requerirse la elevación a juicio el acusador tomó los elementos en que fundó su reproche”.

“Cabe sostener nuevamente que adoptar un criterio definitivo con respecto al planteo efectuado por la defensa
particular acerca de las supuestas deficiencias plasmadas en la intimación y de las consideraciones que realizara acerca del tipo penal por el que fue procesado y requerida la elevación a juicio respecto de CAPITANICH, resulta prematuro a esta altura del proceso, en el que no se ha producido ni debatido suficientemente la prueba con la amplitud propia de la audiencia del art. 359 del C. P. P. N”.

En minoría, el juez Grünberg consideró que “por razones de economía procesal, corresponde diferir el tratamiento de la solicitud de sobreseimiento postulada por la defensa de Jorge Milton CAPITANICH al momento en que se vea
cumplimentada la totalidad de las medidas de instrucción suplementaria ordenadas en el marco de la presente causa; pues, en función de lo dictaminado por el Sr. Fiscal General, resulta ser ese el momento propicio para que se le corra nueva vista”.

 


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