En la Cámara del Crimen 2 de Resistencia, se realizará este martes la audiencia preliminar para determinar si el cabo Fernando Follmer, quien en 2018 asesinó por la espalda a un joven que habría entrado a robar a su casa, va a un juicio oral o si se acuerda un juicio abreviado. Por este hecho, el policía del Chaco fue absuelto en 2020, fallo que posteriormente el Superior Tribunal de Justicia anuló y ordenó dictar nueva sentencia con diferente composición del tribunal.
Lunes, 13 de noviembre de 2023
Fernando Follmer, el policía del Chaco que fue absuelto tras matar por la espalda al joven, Benjamín Fernández, en 2018, volverá a enfrentar a la Justicia. Lo que no se sabe aún es si esto se hará a través de otro juicio oral o mediante un juicio abreviado.
Esta incógnita se comenzará a resolver este martes, en lo que será la audiencia preliminar. La misma contará con la participación de las juezas Julieta Noemí Dansey, Cristina Pisarello y María Virginia Ise, quienes conforman el nuevo tribunal encargado de enjuiciar al policía.
Según pudo saber LITIGIO, para llegar a un acuerdo en un juicio abreviado, la defensa del policía pretende que la condena sea en suspenso, mientras que el Ministerio Público Fiscal sostiene que debe ser de cumplimiento efectivo (3 años). En caso de darse este último escenario, también sería una buena noticia para el policía, quien podría lograr que se le otorgue la libertad condicional de inmediato debido a que se le debe computar el año que ya estuvo preso con prisión preventiva.
Follmer está imputado por el delito de homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego, previsto en el artículo 79 en función con el artículo 41 bis del Código Penal. Este nuevo juicio surgió tras la decisión de la Sala Segunda en lo Criminal del Superior Tribunal de Justicia del Chaco que, en marzo de este año, anuló la sentencia de primera instancia que lo había absuelto, al tiempo que ordenó a la Cámara Segunda en lo Criminal dictar un nuevo fallo, con una integración distinta.
Al fundamentar la resolución, los ministros del STJ, Victor del Río y Emilia Valle, consideraron que Dolly Fernández, magistrada que decidió en febrero de 2020 absolver de culpa y cargo a Follmer, había realizado una valoración parcial y sesgada de las pruebas.
“La decisión que aquí se adopta no importa abrir juicio sobre el fondo del asunto, sino que la sentencia recurrida no resultó válida para sustentar una decisión definitiva –en este caso absolutoria- en la causa”, indicó en su voto del Río, el cual fue respaldado por su par, Emilia Valle.
“Ello, pues en la resolución impugnada se verifica el apartamiento de constancias comprobadas de la causa, la omisión de tratamiento de cuestiones sustanciales, así como contradicciones y valoraciones sesgadas, defectos que impiden considerarla como un acto jurisdiccional valido”, añadió.
“Dicha anulación”, sostuvo Del Río, “conlleva el reenvío de las actuaciones para que otro tribunal sustancie un nuevo debate y evalúe nuevamente las probanzas colectadas en autos conforme a las pautas indicadas en esta decisión”.
Asimismo, el juez advirtió que la jueza que absolvió a Follmer, Dolly Fernández, partió de un posicionamiento “carente de objetividad al momento de analizar la prueba, apartándose del rol imparcial y ausente de preconceptos; lo cual convierte a tal decisorio en inválido”.
Polémico fallo
Cabe recordar que, en su sentencia, la jueza Fernández afirmó que el 9 de agosto de 2018, siendo aproximadamente las 21.20, Benjamín Fernández ingresó al patio de la vivienda de Follmer, Pasaje Franklin Nº 3164, con la intención de robarle su moto. El policía escuchó ruidos y salió para evitar que se lleven su vehículo.
Al ver que Follmer desenfundó su arma, Benjamín decidió desistir del robo y arrojó la moto. Pero en el momento en que se aprestaba a huir del lugar junto a otro cómplice, recibió un balazo.
El disparo salió del arma reglamentaria de Follmer, ingresó por la parte posterior de la cabeza de Benjamín y salió por la frente, a una distancia de 15 metros y en dirección de abajo hacia arriba. Por la espalda.
Si bien la jueza reconoce que fue el policía quien lo mató, hizo una serie de consideraciones para fundamentar su absolución.
“No quiso disparar a la cabeza”
En primer lugar, dijo que este no fue un caso de gatillo fácil. Sostuvo que Follmer se defendió de un robo protagonizado por cuatro sujetos, por lo tanto, según su visión, actuó en legítima defensa, en el momento adecuado. Avaló además la versión del policía quien dijo que disparó para disuadir y no para asesinar.
“Estoy en la seguridad que el imputado no quiso disparar a la cabeza de Benjamín ni de nadie”, elucubró la jueza. “Me apoyo para decir esto no solo en testigos o la declaración del propio acusado, sino además en prueba científica”, añadió y dijo que Benjamín “se interpuso” en la trayectoria del disparo.
Al refutar la posición de la querella y la fiscalía, dijo que Follmer no es un hábil tirador y justificó su supuesta mala puntería al considerar que la formación de la policía del Chaco “es paupérrima”, esgrimiendo un peligroso argumento que podría servir como respaldo para eventuales casos de gatillo fácil que tuvieran como acusados a integrantes de la Policía chaqueña.
“Sabemos por conocimiento general que el entrenamiento que reciben los policías, previo a salir a la calle es paupérrimo, es deficiente. No como lo sostiene la fiscalía que por ser un funcionario policial debería tener perfecto dominio del arma, ello no está comprobado en la causa, no se solicitó sus antecedentes a la escuela de policía ni se averiguó sobre que puntería tenía el imputado; sólo se hizo una suposición que por ser policía debía ser un buen disparador”, sostuvo la jueza.
Por otra parte, aseguró que de acuerdo al arma encontrada en el lugar y a la pericia realizada en las manos de la víctima, Benjamín “estaba armado” en ese momento y dijo que no se pudo confirmar la versión de la fiscalía y la querella en cuanto que al joven muerto se le plantó un revólver.
“Hoy sabemos, aunque la fiscalía o los querellantes no quieran reconocerlo, porque no avala su posición, que Benjamín estaba armado. Esta afirmación puedo hacerla con absoluta certeza, pues el fallecido tenía rastros de pólvora en su mano que así lo demuestran”, dijo la jueza.
De todos modos, desde la querella y la fiscalía recuerdan que el arma fue encontrada por la policía una hora después del hecho y a una distancia muy considerable. Además, ninguno de los testigos que estuvo al lado del cuerpo de Benjamín (ni los vecinos, ni la médica, ni el camillero, ni el enfermero) vieron ese revólver.
“Aquí hago un paréntesis para referirme al esfuerzo puesto por el representante del Ministerio Público Fiscal (Martín Bogado) y el querellante por los Derechos Humanos (Kevin Nielsen) en determinar que dicha arma había sido puesta o plantada en el lugar. Ojalá la fiscalía hubiese puesto el mismo empeño en el esclarecimiento de todos los aspectos de la causa y no se centrara solo en éste, que constituyó el fundamento de la acusación. Hablo del empeño porque, aunque parezca increíble, no hubo un fiscal en el lugar del hecho”, apuntó la jueza.
De todos modos, la propia Fernández y la defensa del policía coincidieron en que lo que habría provocado la reacción de Follmer (el disparo mortal) fue un movimiento brusco que habría hecho Brian Vargas, uno de los cómplices de Benjamín, y que el policía supuso que éste lo hizo para extraer un arma entre sus ropas, antes de cubrir su huida. Esto, vale aclarar, nunca fue probado.
“El acusado (por Follmer) no estaba solo. A su lado estaba su padre y su hija de 10 años. Él los ve, y se dá cuenta que no tienen resguardo (…) En ese momento acciona la pistola y dispara. Se interpone en la trayectoria Benjamín (cuyo) deseo evidentemente en ese momento fue desistir del robo y subir a la moto de Vargas”, dijo la jueza.
“Una vergüenza”
En este sentido, aprovechó para cuestionar la actuación de la Secretaría de Derechos Humanos, a quien acusó de despilfarrar recursos públicos en una causa que no lo ameritaba, a pesar de que claramente era un hecho de violencia institucional que involucraba a un agente de policía.
“Una vergüenza a mi entender que los funcionarios públicos -entiéndase de la Secretaría de Derechos Humanos- gasten los recursos públicos para desempeñarse en casos como éstos. Nada tiene que ver este caso con uno de ‘gatillo fácil’. Pienso que existen muchas acciones preventivas que podrían hacer para ‘erradicar la violencia policial’”, señaló.
Dijo además que si bien comprende el dolor de la familia de Benjamín, lo cierto es que el joven asesinado llevaba una vida “errática”, dando a entender que la víctima era un delincuente y que su destino estaba escrito.
“Entendible la posición de la familia de Benjamín Fernández. Se entiende su dolor y su angustia. Pero lo cierto es que la víctima venía por un derrotero errático”, señaló. “Varias veces la Justicia lo había buscado en referencia a ciertos hechos. Y digo la Justicia, no la Policía, porque los allanamientos los dispone un juez. Aclaro esto, dado que evidentemente aquí se trató de plantear el caso como de gatillo fácil”, reiteró la jueza.