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La Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional difundió los fundamentos del rechazo al pedido de prisión domiciliaria realizada por Fabiana González, detenida desde el 9 de junio pasado por el presunto encubrimiento del femicidio de Cecilia Strzyzowski. Los jueces consideraron que sus condiciones psicológicas no garantizan que cumpla con las reglas del arresto domiciliario, además de merituar el conflicto social que provocaría en su barrio el regreso de la imputada, el cual repercutiría negativamente en su hijo de 3 años.

Miércoles, 8 de noviembre de 2023

Fabiana González en uno de sus traslados. Foto: Edgar Aguirre / Más Contenidos

Por Bruno Martínez

“Consideramos que la defensa contra la violencia de género y el deber de debida diligencia reforzada deben prevalecer sobre lo que pueda verse afectado el interés superior del niño”, sostuvo la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional en un tramo de la resolución que denegó el otorgamiento de la prisión domiciliaria a Fabiana González, imputada por el presunto encubrimiento del femicidio de Cecilia Strzyzowski.

Integrante del MTD Emerenciano y mano derecha de Marcela Acuña, González se encuentra detenida desde el 9 de junio pasado. A través de sus defensores, solicitó el beneficio del arresto domiciliario en base a la reforma de la Ley 24.660, en donde se prevé la posibilidad de la prisión domiciliaria para aquellas mujeres con hijos menores de 5 años y con personas discapacitadas a su cargo (González tiene un hijo de 3 años y, hasta el momento de su detención, también cuidaba a su madre que padece epilepsia).

Este pedido fue rechazado en agosto por el Equipo Fiscal Especial, que conforman Jorge Cáceres Olivera, Nelia Velázquez y Jorge Gómez. La posibilidad de posibles escraches a la vivienda de González, los cuales podrían repercutir en el bienestar físico y psicológico de su hijo, fue el principal argumento. Este rechazo también fue acompañado por las querellas, representadas por Nahir Barud, en representación de la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y por Gustavo Briend, patrocinante de Gloria Romero, mamá de Cecilia.

La defensa de la imputada apeló esta resolución ante la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional la cual, nuevamente, le dio la espalda. Si bien el Tribunal, conformado por los jueces Héctor Geijo, Daniela Meiriño y Ernesto Azcona, habían dictado la resolución de rechazo a la domiciliaria el 25 de octubre pasado, los fundamentos se conocieron recién esta semana.

Los magistrados se basaron en varias cuestiones. En primer lugar, consideraron que los resultados de los exámenes psicológicos realizados a González fueron una señal de alarma. Aquella evaluación, realizada por Roxana Rey, psicóloga del Servicio Social del Poder Judicial del Chaco, arrojaba que la imputada tenía actitudes “impulsivas” y que su personalidad podría ser fácilmente manipulable. “Marcadas dificultades en el control de los impulsos, tendientes a la acción en detrimento de la reflexión”, consideraba el informe interdisciplinario.

“Este tipo de actos o factores de riesgos, impediría el cumplimiento efectivo de las medidas de seguridad que deben garantizarse para este tipo de requerimiento”, evaluaron los jueces. Y añadieron que “no se puede dejar de resaltar y que fuera advertido por este Tribunal al confirmar el decreto de Prisión Preventiva respecto de la posibilidad de que la imputada González pueda ser manipulada, lo que sumado nos da como resultado un alto riesgo de no cumplimiento de las normas de un instituto alternativo o morigerado como es la prisión domiciliaria”.

Instaron en este punto a que la imputada inicie un tratamiento psicoterapéutico para que pueda “re elaborar y reestructurar su posición subjetiva ante el proceso que hoy atraviesa”, algo que repercutiría positivamente en su entorno familiar, principalmente en sus hijos.

Madre

Los jueces rechazaron también el argumento de la defensa de González respecto a la necesidad de cuidar a su madre enferma. Para justificar esto se remitieron al informe interdisciplinario realizado por el Servicio Social del Poder Judicial en donde se informó que desde el momento en que fue detenida, su mamá quedó a resguardo de una hermana de la imputada. Para los magistrados, este pedido “perdió actualidad”.

Además, quedó plasmado en la resolución de la Cámara de Apelaciones los inminentes escraches a la casa de González (en el caso de otorgarle la prisión domiciliaria) y cómo esa situación repercutiría negativamente en su hijo pequeño afectando, paradógicamente, el derecho superior del niño que se intentaría resguardar con el arresto domiciliario.

“Existen indicadores de riesgo social en el otorgamiento de prisión domiciliaria de González, y que son originados por el malestar o afección social, cuando son otorgados en referencia a delitos de carácter graves sumado a la connotación pública. Estos indicadores de riesgos se pueden desencadenar en contra el entorno familiar causándole así un perjuicio”, explicaron.

Dijeron también que González sigue en contacto periódico con su hijo (lo ve tres veces por semana en su lugar de reclusión) por lo que su lazo afectivo no se rompió. Y que actualmente el mismo está al cuidado de su hija de 19 años y una tía.

Fabiana González junto a Marcela Acuña, ambas detenidas por el crimen de Cecilia Strzyzowski.

A pesar de que en caso de ser condenada por encubrimiento sea altamente probable que reciba una pena condicional, todas estos fundamentos al rechazo al pedido de González se enmarcan en el delito presedente por el cual está hoy en prisión: un femicidio. “Ante un acto de violencia contra una mujer, resulta particularmente importante que las autoridades a cargo de la investigación la lleven adelante con determinación y eficacia”, señalaron los magistrados.

“De lo expuesto podemos inferir el riesgo de que la imputada difícilmente, concedido el beneficio, cumpla con las exigencias que condicionan la otorgabilidad y perdurabilidad de esta alternativa, toda vez que la prisión domiciliaria sólo implica una modalidad de privación de libertad, igual de restrictiva, pero menos apremiante que una detención institucional”, añadieron.

En base a las razones y fundamentos expuestos y “sin descartar la posibilidad de una evaluación futura”, consideraron que la defensa contra la violencia de género y el deber de debida diligencia reforzada deben “prevalecer sobre lo que pueda verse afectado el interés superior del niño, que incluso dado el status quo que hoy se evidencia en su madre, propiciar el otorgamiento de la medida pretendida resultaría sin lugar a dudas una puesta en peligro a ese interés”.

El caso

La última imagen con vida de Cecilia Strzyzowski fue registrada hace poco más de cuatro meses. La fecha, hora y lugar exactos: 2 de junio, a las 9.14, en calle Santa María de Oro 1460, Resistencia. En esas últimas imágenes se la ve bajando de la camioneta de su novio, César Sena, para luego ingresar a la casa de sus suegros, los dirigentes sociales Emerenciano Sena y Marcela Acuña. La cámara de seguridad, que confirma su ingreso, no registra su salida.

El Equipo Fiscal Especial, conformado por Jorge Cáceres Olivera, Nelia Velázquez y Jorge Gómez, sostienen que la joven fue asesinada entre las 12:13 y las 13:01 de ese día en una de las habitaciones de esa casa. Y que tanto César, como Emerenciano y Marcela estuvieron presentes. Añaden un dato más: el mes anterior, los tres sospechosos habrían pergeñado un plan para hacer creer a Cecilia que iba a viajar a Tierra del Fuego junto a César, con promesa de trabajo y vivienda.

Posteriormente al crimen, el cuerpo fue trasladado por César y Gustavo Obregón (mano derecha de Emerenciano Sena) hasta el campo Rossi, en el límite entre Tres Horquetas y Puerto Tirol. Allí, en ese lugar donde la familia Sena criaba animales para la venta, principalmente cerdos, Cecilia fue cremada. Y en esa acción también habrían colaborado los caseros del campo, Gustavo Melgarejo y su esposa, Griselda Reinoso.

Hasta aquí la hipótesis de la fiscalía que investiga el femicidio de Cecilia, uno de los casos más resonantes de los últimos tiempos en Argentina. En cuanto a las imputaciones, tanto Obregón, como su esposa Fabiana González, Melgarejo y Griselda Reinoso, están imputados por “encubrimiento agravado”, que prevé una pena de entre 1 y 6 años de cárcel. En un principio estaban acusados de haber sido “partícipes” del crimen, acusación que fue reperfilada por la propia fiscalía.

César Sena quedó imputado como autor del delito de “homicidio triplemente agravado por el vínculo, por femicidio y por el concurso premeditado de dos o más personas”. En tanto que sus padres, lo están en calidad de coautores, también en concurso premeditado de dos o más personas.

 

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