La Asesoría General de Gobierno del Chaco y la Fiscalía de Estado apelaron las medidas cautelares que frenaron el llamado a concurso para pase a planta de contratados de servicios en la administración pública provincial. Paralelamente, la Fiscalía de Estado se presentó ante el Superior Tribunal de Justicia para que declare la inconstitucionalidad del decreto 2656/23.
Viernes, 20 de octubre de 2023
La Asesoría General de Gobierno del Chaco y la Fiscalía de Estado apelaron las medidas cautelares dictadas por el juez Civil y Comercial Nº 17, Orlando Beinaravicius, que frenaron el concurso para pase a planta permanente del personal contratado de servicios de la administración pública provincial. Paralelamente, el organismo que representa al Estado chaqueño impulsó una acción de inconstitucionalidad contra el decreto Nº 2656/23 mediante el cuál se instrumentó el llamado a concurso.
A la incertidumbre provocada por las dos medidas cautelares dictadas por el Juzgado Civil y Comercial Nº 17 de Resistencia que suspendieron los decretos de llamado a concurso para el ingreso a la planta permanente de la administración pública provincial y entes autárquicos y descentralizados, en las últimas horas se sumó un inédito hecho.
Es que la Fiscalía de Estado, a cargo del fiscal Roberto Herlein, resolvió presentarse ante el Superior Tribunal de Justicia para pedirle que declare inconstitucional el decreto Nº 2656/23 del Poder Ejecutivo del Chaco. En ese contexto, fue la Asesoría General de Gobierno, a cargo del abogado Jorge Alegre, la que debió apelar la medida cautelar dictada contra el referido decreto en el caso “Falcón”.
El decreto cuestionado convocó a concurso de antecedentes para el personal transitorio con contratos de locación de servicios que se encuentren prestando servicios para la administración central del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados y entes autárquicos.
En sus fundamentos, el asesor general de Gobierno señala que el decreto es “la instrumentación administrativa de los acuerdos” suscriptos con los sindicatos UPCP, ATE y UPCN en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo. En ese sentido, puntualiza que el fallo “en su pretensión de reparar un derecho meramente hipotético, termina afectando acuerdos paritarios, cuyo incumplimiento evidencia la posibilidad de conflictos futuros y de un sinnúmero de causas judiciales, por parte de trabajadores y sindicatos, que serán consecuencia directa de los términos de esta sentencia cautelar, que deberá ser revocada por desconocer las circunstancias fácticas y jurídicas apuntadas y normas legales aplicables y garantías constitucionales imperativas”.
Para complejizar aún más la situación, la Fiscalía de Estado, a través de otro de sus procuradores fiscales, sí apeló la medida cautelar dictada por el juez Orlando Beinaravirus contra los decretos 1453, 2118 y 2244 en el caso “Agüero”.
Incertidumbre
En concreto, hasta este viernes se encuentran abiertas dos vías judiciales que mantienen en vilo a los trabajadores y trabajadoras que cumplían con los requisitos para lograr su tan postergado pase a planta en la administración pública, lo que, por el momento, se encuentra paralizado: por un lado, la suerte que puedan correr las apelaciones de las medidas cautelares ante las cámaras de apelaciones en lo civil y comercial; por otro, la acción de inconstitucionalidad que deberá analizar el Superior Tribunal de Justicia a partir de la presentación de la Fiscalía de Estado.
En caso de que el máximo tribunal del Chaco declare inconstitucional el decreto 2656/23 echará por tierra todo el proceso acordado entre el Poder Ejecutivo y los sindicatos UPCP, ATE y UPCN que quedó plasmado en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) para el personal de la administración pública provincial.