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La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó el procesamiento de Carlos Ibáñez, jefe comunal de la localidad de Taco Pozo, de su hijo Alejandro, y de otros empresarios por el presunto lavado de dinero de fondos apropiados ilegalmente de la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAus) durante la gestión del rector Omar Judis, también procesado como supuesto jefe de la organización criminal. Por otro lado, se revocó el procesamiento contra dos exempleadas de la Fundación UNCAus.

Lunes, 9 de octubre de 2023

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó este lunes el procesamiento sin prisión preventiva del intendente de Taco Pozo, Carlos Ibáñez, de su hijo Alejandro, y de otros tres empresarios por presunto lavado de activos de fondos obtenidos ilegalmente durante la gestión del exrector de la UNCAus, Omar Judis, también procesado como supuesto jefe de una banda.

Con la firma de la jueza Rocío Alcalá y la subrogante Patricia García, el tribunal confirmó los procesamientos de Ibáñez, de su hijo Alejandro y de los empresarios Juan Carlos Tymkiw, Jorge Varela y Nelson Varela. No obstante, las magistradas hicieron lugar a los planteos de la defensa y revocaron la inhibición general de bienes de Tymkiw y Alejandro Ibáñez.

Mejor suerte corrieron las dos mujeres que se desempeñaban como becarias en la UNCAus y que habían sido procesadas como partícipes secundarias en el delito de lavado de activos: sus procesamientos fueron revocados.

Vale recordar que esta causa es el desprendimiento de otra por fraude a la administración pública por la que fueron condenados los miembros de la anterior comisión directiva de la universidad con sede en Sáenz Peña, entre ellos el exrector de la UNCAus, Omar Judis.

De acuerdo a la hipótesis acusatoria de la Fiscalía General, a cargo del fiscal Federico Carniel, los procesados en esta causa habrían actuado como testaferros del exrector, lo que explicaría los inusitados incrementos patrimoniales de cada uno de ellos y que hasta el momento no han podido justificar con sus declaraciones ante la AFIP.

“Nivel de vida que no se condice con los ingresos declarados” 

Con respecto a la situación de Carlos y Alejandro Ibáñez, la Cámara sostiene que “se advierte que el nivel de vida que manejaban los encausados (considerando el cargo público que ostentó Carlos Antonio Ibáñez) no se condice con los ingresos declarados ante el Fisco”. En ese sentido, subrayan que Carlos Ibáñez sólo contaba con su sueldo como jefe comunal de Taco Pozo, en tanto que su hijo Alejandro declaró como actividades comerciales “servicio de transporte automotor de cargas NCP (no categorizado previamente), “venta al por mayor de mercancías NCP”, “venta al por menor en supermercados”, “servicios personales NCP” y “extracción de productos forestales de bosques nativos” e informó tres empleados en relación de dependencia en el período de septiembre de 2016.

De acuerdo al procesamiento, ahora confirmado, Carlos Ibáñez “encubría el blanqueo de fondos ilícitos a través de las actividades comerciales de su hijo, Alejandro Carlos”. También pusieron en circulación 26 vehículos, más de 2 millones de pesos y compraron un inmueble de 17 hectáreas, “todo ello a través de la adquisición de dinero espurio”.

En ese sentido, puntualizaron que esta se trata de una causa “residual” por la cual el ilícito precedente se encuentra individualizado y sus autores condenados, mientras que Omar y Enzo Judis y la ex contadora de la UNCAus Analía Almirón se encuentran con procesamiento firme en esta causa.

Además, las camaristas rechazaron un planteo de la defensa del intendente que pretendía invalidar una escucha telefónica y consideraron que “debe analizarse en forma contextualizada”.

En relación al empresario de la construcción y dueño de la firma Tridelta SA, Juan Carlos Tymkiw, la Cámara consideró que el juez de primera instancia “valoró no sólo la prueba aportada por la parte acusadora, sino más bien la contrastó con aquellas brindadas por la Defensa como descargo, entendiendo que existen inconsistencias entre ambas que decantan en perjuicio del imputado, por lo que procede confirmar el auto de procesamiento dispuesto en su contra”. Al empresario le atribuyen la adquisición de inmuebles en los Estados Unidos y Coronel Du Graty, pero hasta el momento no ha podido acreditar “la licitud de los fondos”.

“Los Varela” 

Sobre la situación de Jorge Raúl Varela y su hijo Nelson Varela, el juez de instrucción también advirtió sobre su “repentino crecimiento económico en un corto espacio de tiempo”. En el caso de Jorge Varela, el procesamiento describe que en 2013 era panadero, en 2014 pasó a ser un empresario polirrubro, incluyendo entre sus actividades desde el transporte de carga y la venta de máquinas y herramientas -incluso al por mayor-, hasta equipos, accesorios y programas informáticos, inclusive director de imprenta “con la salvedad de que nunca había registrado empleos en relación de dependencia”.

Desde junio de 2014 comenzó a tener acreditaciones bancarias de las que sólo en el mes de septiembre de 2014 ascienden a $7.431.404,60 en la cuenta bancaria conjunta con su hijo, Nelson Jorge Varela en el Nuevo Banco de Chaco. En ese contexto, el magistrado afirmó que “el vertiginoso ascenso económico resulta ser una presunción más que coincide con la imputación efectuada, sobre todo con la integración del grupo delictivo que tenía enorme necesidad de licuar dinero que recibía por parte del Estado”.

Para las camaristas, “la valoración efectuada por el Juzgador en esta instancia del proceso se adecua a las exigencias solicitadas anteriormente por esta Alzada, al haber contrastado la prueba incorporada por la Defensa y por el Ministerio Público Fiscal, por lo que procede confirmar el auto de procesamiento a su respecto”.

Por otro lado, el fallo de Cámara revocó los procesamientos como partícipes secundarias en el delito de lavado de activos de dos becarias que se desempeñaban en la Fundación UNCAus. En ese contexto, señalaron que “no advertimos que su conducta pueda ser encuadrada como una participación delictual”, advirtiendo que no demostraron tener conocimiento sobre el origen ilícito de los bienes ya que su rol se limitaba a cobrar cheques por ventanilla y otorgarlos a la contadora, Analía Almirón, con procesamiento firme en esta causa.

 


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