A través de una presentación ante el Tribunal Electoral del Chaco, la empresa de la familia Linke se opuso a la adjudicación de la transmisión de los debates pre electorales otorgada a la señal Norte Grande Federal (NGF), cuyo dueño es Marcelo Rubiolo, y por la cual el Estado le abonará $20,5 millones. Aseguran que NGF no es una señal de televisión abierta, no tiene alcance provincial y ni siquiera puede transmitir por streaming o redes sociales ya que esas vías se encuentran bloqueadas en el marco de un litigio judicial.
Viernes, 4 de agosto de 2023

Por Bruno Martínez
El Tribunal Electoral del Chaco asignó el 31 de julio pasado los derechos de producción y transmisión de los debates pre electorales obligatorios a la señal de televisión Norte Grande Federal (NGF), cuyo titular es el exdirector periodístico de Canal 9, Marcelo Rubiolo. Por esta tarea, el Estado le abonará 20,5 millones de pesos.
Esta decisión se tomó luego de una compulsa de precios en las cuales participó el canal estatal, Chaco TV, y Canal 9, propiedad de la familia Linke. Si bien Chaco TV presentó un presupuesto menor ($18 millones), desde la conducción de los medios públicos se tomó la decisión de bajarse de la puja. En tanto que Canal 9 quedó muy lejos, con un presupuesto de $39 millones.
Visto así todo parecía estar encaminado para que se realicen con total normalidad los debates para gobernador y diputados en el Hotel Platinum, de Charata, el 27 y 28 de agosto, y en el Salón Casa Blanca Gala, de Resistencia, el 4 y 5 de septiembre.
Sin embargo, Canal 9 no se quedó de brazos cruzados. A través de sus apoderados legales, Jorge Alcántara y Alejandro Fisher, TV Resistencia SA realizó una presentación ante el Tribunal donde se hizo una oposición a la resolución 179/23 que otorgó la millonaria transmisión a NGF, solicitando su nulidad.
Las observaciones realizadas fueron particularmente graves. Entre otras cuestiones, señalaron que NGF no cumple con lo solicitado para realizar dichas transmisiones debido a que no es una señal de televisión abierta (está habilitada como televisión digital abierta, que no es lo mismo); no tiene alcance provincial, ya que sólo está habilitada para la zona de Resistencia, y ni siquiera puede transmitir por Internet o redes sociales debido a que esas vías se encuentran restringidas en el marco de un litigio judicial, justamente con Canal 9, quien reclama su propiedad.
Los abogados fueron más allá y consideraron que los representantes de NGF omitieron aportar documentación “de manera deliberada”, algo que podría encuadrar en algún “tipo delictual del plexo normativo penal”.
Los puntos cuestionados
El documento firmado por Fischer y Alcántara tiene diez páginas y es un catálogo de observaciones sobre la situación legal administrativa en la que se encuentra NGF, la cual dista mucho de ser óptima para una señal de televisión que quiere transmitir un evento político de tanta trascendencia.
Los abogados recordaron que la compulsa de precios fue establecida para los medios de comunicación televisivos abiertos de toda la provincia. Este requerimiento debería dejar afuera a Norte Grande Federal ya que su dueño, Marcelo Rubiolo, está autorizado sólo a transmitir a través de Televisión Digital Abierta, en la zona de Resistencia, lo que excluiría del debate al resto del territorio provincial.

Es más: la señal ni siquiera está habilitada como tal ya que se encuentra en el período de ventana de 180 días desde su autorización ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones) en el cual deberá acompañar la documentación técnica definitiva tendiente a la posterior habilitación definitiva del servicio. Cabe remarcar que la resolución de ENACOM que ostenta Rubiolo es del 5 de julio pasado: hace menos de un mes.
Las únicas licencias de señales de TV abierta, en su formato digital o analógico, habilitadas y autorizadas en el Chaco por el ENACOM son Cinco Sentidos S.A.S. (cuyo titular es Juan Ignacio Pedrini), Ciudad TV (de Pedro Cáceres), Canal 9 y la estatal Chaco TV.
“Entendemos que el Tribunal incurre en gravísimos errores al interpretar la ley, que es suficientemente clara a esos fines, pues el art. 8 de la Ley 2113-Q, expresamente dispone que la emisión televisiva en vivo de los debates establecidos por esta ley será asignada por el Tribunal Electoral a alguno de los canales de aire autorizados en la Provincia por la autoridad competente en la materia”, alertaron los abogados de la familia Linke.
Tildaron de “paradójico” que se haya adjudicado con “tanta liviandad” el debate a NGF teniendo como único parámetro el presupuesto presentado. Remarcaron que por obvias razones el valor de una propuesta y otra distará mucho (con una diferencia de casi $20 millones) teniendo en cuenta que Canal 9 cuenta con las habilitaciones vigentes y la estructura necesaria para realizar la transmisión requerida. “En cambio, Marcelo Rubiolo apenas estaría habilitado a transmitir -cuando se la habilite finalmente- en Resistencia y sólo por TDA, no por TV abierta”, añadieron.
A todo lo anteriormente mencionado, se informó que NGF ni siquiera podría realizar las transmisiones vía streaming o a través de sus redes sociales, tal cual lo establece la normativa que regula la bases y condiciones para la adjudicación de la transmisión. ¿Por qué? Porque las mismas se encuentran judicializadas y, su uso, restringido.
Según pudo saber LITIGIO, esto se remonta al momento en el que Marcelo Rubiolo rompió su vínculo laboral con Canal 9 y decidió armar su proyecto televisivo en solitario. En aquella oportunidad, no se fue solo: se habría llevado también la página web del canal (diario21.tv) y las contraseñas de todas las redes sociales, quedándose con una plataforma amplia de seguidores para apalancar su nuevo emprendimiento.
Sobre esta cuestión, hay una medida cautelar vigente dictada por el juzgado Civil y Comercial 21 de Resistencia en el marco de la causa denominada “TV RESISTENCIA SA C/ MEDIOS Y TELEVISIÓN FEDERAL S.A.; ARRIETA, ANDRÉS; GONZALEZ, JOSE CRISTIAN Y OTROS S/ MEDIDA CAUTELAR”, expediente N°9575/22.
En ella expresamente se dispone que tanto Rubiolo como José González, Guillermo Arrieta y la firma Medios y Televisión Federal SA deberán “abstenerse de realizar publicaciones de contenidos informativos” en Facebook, Instagram y YouTube de NG Federal, como así también de la página web Diario21.tv, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, es decir el amparo.
“Resulta de imposible cumplimiento que la transmisión se realice mediante streaming o transmisión en vivo a través de las redes sociales de NG Federal, por cuanto estas originalmente pertenecen a TV Resistencia SA y por ello se motivó el dictado de la medida y la interposición del amparo”, indicaron los abogados Alcántara y Fischer.
“NG Federal, sea a través de Medios y Televisión Federal SA, sea a través de Marcelo Héctor Rubiolo, está incumpliendo esa manda judicial, incurriendo en desobediencia judicial paradójicamente amparada ahora por la resolución 179/23 (del Tribunal Electoral), que objetamos y cuya nulidad solicitamos”, añadieron.
La presentación ya ingresó al Tribunal Electoral, cuya presidencia está siendo subrogada por el juez del Superior Tribunal de Justicia, Victor Del Río. El organismo emitirá una resolución sobre este tema en los próximos días.

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