Así lo señaló en su alegato de cierre la abogada querellante por la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco, Romina Duarte. Fue en el marco del juicio por la muerte de Fernando Suárez, quien murió el 20 de agosto de 2016 tras producirse un incendio en la celda en donde estaba alojado, dentro de la Comisaría Cuarta de Sáenz Peña. Por este hecho, hay siete policías imputados por los delitos de “Homicidio Culposo, Falsedad ideológica y Encubrimiento Agravado”. El 7 de agosto se conocerá la sentencia.
Sábado, 8 de julio de 2023

“Las acciones realizadas por los imputados alteraron y manipularon la escena del crimen”, sostuvo la abogada querellante en representación de la Secretaría de Derechos Humanos, Romina Duarte, en lo que fue parte de su alegato de cierre en el juicio que se sustancia contra siete policías por la muerte de Fernando Suárez, ocurrida en 2016, tras sufrir graves quemaduras al incendiarse su celda en una comisaría de Sáenz Peña.
Durante su alegato, Duarte remarcó que a lo largo del juicio, que comenzó el 1 de junio en la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña, quedó claro la “responsabilidad objetiva que recae sobre el personal policial que tiene bajo su guarda la custodia de un detenido, en el Ley de Seguridad Publica N°2011-J y en los tratados internacionales de derechos humanos que forman parte del plexo constitucional, asimismo en el Fallo Greco, donde se responsabilizó al Estado Provincial respecto al deber de custodio y cuidado de las personas detenidas a cargo del mismo”.
El agente de policía, Edgardo Alberto Parra, fue quien llegó al juicio con la imputación más grave: se lo acusa de homicidio culposo debido a su presunta negligencia en la custodia del detenido. “La muerte de Fernando Suárez se produce por una inobservancia de los deberes a su cargo (en referencia a Parra), el cual no se configura por un accionar directo, es decir no contiene dolo, pero si culpa, situación que ha quedado demostrada durante el desarrollo de todo el juicio”, remarcó Duarte, quien luego pidió que se lo condene por homicidio culposo.
Pidió además que los policías Alberto Moreyra y García Gabriela sean condenados por los delitos de falsedad ideológica y encubrimiento agravado en concurso real a título de coautores, mientras que para los uniformados Luis Almirón y Fermín Córdoba solicitó que se les aplique la figura de encubrimiento agravado en concurso real en carácter de coautores.
“Las acciones realizadas por los imputados alteraron y manipularon la escena del crimen, y suprimieron una prueba, que era el buzo de la víctima”, remarcó Duarte. También puntualizó que se fraguaron actas de constatación, con horarios que no eran los reales. “En simples palabras esta diferencia entre el horario que establece García en el acta, por orden de Moreyra, y el verdadero horario en el cual asiste el testigo a observar la celda forma parte del plan para encubrir y entorpecer la investigación sobre lo que sucedió ese día”, sostuvo.
Respecto del sargento, Javier Edgardo Cardozo (quien llegó al juicio acusado de falsedad ideológica) y del oficial subayudante, Ezequiel Dalmacio Sánchez (imputado por el delito de encubrimiento agravado, en calidad de coautor), la Secretaría de Derechos Humanos no realizó acusación alguna. El 7 de agosto se conocerá la sentencia, a cargo del juez, Rodolfo Lineras.
El resto de alegatos
La fiscal de Derechos Humanos, Silvia Slusar, concluyó que la labor realizada por los efectivos policiales tras el incendio de la celda en la que estaba Suárez “no fue la correcta, hubo una negligencia e impericia en su proceder”. La representante del Ministerio Público solicitó la máxima pena por el delito indilgado a cada uno de efectivos, salvo en el caso de Ezequiel Sánchez a quien no acusó.
Por su parte, Roberto Sotelo, en representación de la querella particular del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco solicitó condenas para los policías Parra, Moreyra, García, Almirón y Córdoba. “No pudieron proteger la vida de una sola persona detenida”, acusó y remarcó que los imputados “claramente han obrado en forma imprudente”.
El hecho
Fernando tenía 19 años cuando fue detenido el 20 de agosto de 2016, minutos antes de las 17. Padecía consumos problemáticos y su mamá lo había denunciado porque la amenazó con una tumbera. Fue alojado en la Comisaría Cuarta de Sáenz Peña.
Según se pudo reconstruir en el expediente, a las 20.25 se produjo el incendio de un colchón en su celda lo que le provocó la quemadura del 60% de su cuerpo y gravísimas lesiones en sus vías respiratorias. Los policías que estaban en la guardia lo retiraron y posteriormente fue trasladado al Hospital 4 de Junio donde murió a la mañana siguiente.
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio formulado por los fiscales Carlos Rescala, de la Cámara Segunda en lo Criminal, y Silvia Slusar, hubo serias negligencias respecto a los cuidados exigidos para personas privadas de la libertad que están en custodia del Estado.
Y no sólo eso: se introdujeron datos falsos en dos actas de constatación en el marco de la investigación del hecho y también se hicieron desaparecer dos prendas de vestir que pertenecían a Fernando.
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