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El gobierno de Jujuy publicó hoy en el Boletín Oficial el texto de la reformada Constitución Provincial. Pero, ¿cómo se llegó hasta esta versión de la Carta Magna?

Miércoles, 21 de junio de 2023

El 7 de mayo en las elecciones provinciales, en las que el radicalismo retuvo el poder, se eligieron también los integrantes de la Asamblea Constituyente impulsada por el actual gobernador Gerardo Morales, que modifica 191 de los 212 artículos de la constitución provincial sancionada en 1986.

En tan sólo 12 días de discusión y a puertas cerradas se aprobó la reforma. Obtuvo 40 votos a favor, de un total de 48 constituyentes. El oficialismo radical logró el apoyo del peronismo, y los 8 votos que quedaron vacantes corresponden a les representantes de la izquierda que renunciaron a sus bancas.

En las calles, los artículos de la reforma fueron cuestionados por organizaciones sociales, representantes de les trabajadores, las comunidades de los pueblos originarios, docentes y organismos de derechos humanos. Especialmente el 32 que, bajo el argumento de la “paz social y la convivencia democrática”, criminaliza las protestas y cualquier manifestación; el 36 sobre la propiedad privada y el 50 que afecta a las comunidades originarias.

El 36 sobre el derecho a la propiedad privada instrumenta “mecanismos y vías rápidas” de desalojo considerando una “grave violación al derecho de propiedad la ocupación no consentida”. Teniendo en cuenta que en el altiplano jujeño viven más de 300 comunidades de pueblos originarios que no tienen, en muchos casos, la titularidad en papel de las tierras que habitan hace miles de años, y que la explotación del litio se plantea como meta en la región, este artículo generó especial alarma.

A esto se sumaba el artículo 50, que fijaba al Estado como “el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comunidades dentro del territorio provincial como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, con el fin de garantizar y reafirmar la integridad territorial de la Provincia en la Nación”. Punto este sobre el que los pueblos indígenas no fueron consultados, tal como establecen y reconocen legislaciones nacionales e internacionales.

La reforma de la reforma

El lunes el gobernador Gerardo Morales convocó a una conferencia de prensa y anunció que “bajaría” dos de estos artículos, el 36 y el 50, volviendo al texto original de la Constitución del 86. No aclaró si lo hacía como Gobernador, lo que no sería constitucional o como presidente de la Convención Constituyente que sería de mínima irregular, ya que después de votar la reforma se habría vuelto a reunir para modificar estos artículos antes de la jura que se realizó el martes en medio de una grave crisis social.

La respuesta de los organismos

La posición del gobierno nacional

Luego de la manifestación de organismos nacionales e internacionales, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunció personalmente que instruyó al ministerio de Justicia para que se analice «si hay artículos de la Constitución provincial que atenten contra la Constitución Nacional». Fernández resaltó que la nueva Constitución jujeña limita el derecho a la protesta, consagrado en la Carta Magna nacional y en los tratados a los que adhiere la Argentina.

 

Fuente: Perycia 

 


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