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Carlos Soto Dávila fue encontrado culpable de los delitos de “cohecho pasivo agravado por su condición de magistrado en tres oportunidades en concurso ideal con tres hechos de prevaricato, todos ellos en concurso real”. Además, el TOF de Corrientes lo inhabilitó de manera perpetua y le impuso una multa. También fueron condenados a cinco y cuatro años de prisión respectivamente dos funcionarios del juzgado federal por entonces a su cargo. El 16 de agosto se conocerán los fundamentos.

Lunes, 12 de junio de 2023

El Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó este lunes, por mayoría, a seis años de prisión al exjuez federal de esa ciudad Carlos Soto Dávila, tras encontrarlo culpable de los delitos de “cohecho pasivo agravado por su condición de magistrado en tres oportunidades en concurso ideal con tres hechos de prevaricato, todos ellos en concurso real”. Además, el exmagistrado fue inhabilitado de manera perpetua para ocupar cargos públicos y deberá abonar una multa de 37.500 pesos. Soto Dávila había llegado a juicio acusado de liderar una organización criminal que beneficiaba a narcotraficantes. El 16 de agosto se conocerán los fundamentos del fallo.

Con respecto a los dos funcionarios del juzgado federal que también fueron juzgados, Pablo Carlos Molina fue condenado a cinco años de prisión por ser considerado responsable de los delitos de “cohecho pasivo agravado en dos oportunidades en concurso ideal con prevaricato en calidad de partícipe necesario y cohecho pasivo en una oportunidad, todos ellos en concurso real” y se le fijó tanto una inhabilitación especial perpetua como una multa de 32.500 pesos. Por su parte, a Federico Alberto Grau se lo condenó a cuatro años por los delitos de “cohecho pasivo agravado en una oportunidad en concurso ideal con prevaricato en calidad de partícipe necesario”, se lo inhabilitó de manera perpetua y se le impuso el mínimo de multa prevista.

El Tribunal -compuesto por los jueces Juan Manuel Iglesias (Chaco), Rubén David Oscar Quiñones (Formosa) y Manuel Alberto Jesús Moreira (Misiones) debido a la excusación de los integrantes originales por su relación con los exfuncionarios acusados en juicio- condenó también al abogado Duylio Horacio Barboza Galeano a dos años de prisión como coautor penalmente responsable del delito de “cohecho activo agravado”.

Los jueces homologaron los acuerdos de juicio abreviado que se firmaron antes del inicio del debate y condenaron a los abogados Antonio Serial y Jorge Vallejos a la pena de dos años de prisión y al narcotraficante que ya había sido condenado en el marco de la causa de Itatí, Carlos Barreiro, a la pena de tres años y ocho meses.

Finalmente, los abogados Gregorio Humberto Giménez y Tomás Alfredo Viglione; el exintendente de la ciudad correntina de Empedrado Juan Manuel Faraone -que ya había sido condenado en el marco de la causa de Itatí-; y el narcotraficante Pablo Nicolás Torres fueron absueltos mientras que se ordenó reservar las actuaciones relacionadas a Federico Marín.

En su decisión, los jueces ordenaron el decomiso de los elementos secuestrados y la investigación de las circunstancias denunciadas por los imputados en el marco del procedimiento de su detención y traslado a la Ciudad de Buenos Aires.

El juicio había comenzado el 21 de junio de 2022 y a lo largo de las audiencias declararon más de 60 testigos. Junto al fiscal Schaefer intervino la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), a cargo del fiscal federal Diego Iglesias y el auxiliar fiscal de esa oficina Martín Uriona. Los alegatos se realizaron a lo largo de dos jornadas que se realizaron el pasado 27 y el 30 de marzo.

Allí, los representantes del Ministerio Público Fiscal habían considerado que en distintas causas que tramitaban ante el Juzgado Federal N° 1 de Corrientes se habrían concretado diversas negociaciones y presentaciones por escrito para que, a cambio de la entrega de dinero o del ofrecimiento de beneficios, se dictaran resoluciones, se omitieran o bien se demoraran fallos que debían dictarse, con la finalidad de beneficiar a personas investigadas por narcotráfico. Esto ocurría mediante el dictado de órdenes de libertad, resoluciones de falta de mérito o exenciones de prisión. En otros casos, incluso se reprochaban participaciones menores a quienes en realidad eran quienes dirigían las actividades de narcotráfico.

 

Fuente: Fiscales 


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