Será este jueves, en la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña. Se trata de un hecho ocurrido el 20 de agosto de 2016 cuando se produjo un incendio en una celda en la Comisaría Cuarta de la segundad ciudad del Chaco donde estaba detenido Fernando Suárez, quien horas más tarde murió. Hay siete policías imputados por los delitos de “Homicidio Culposo, Falsedad ideológica y Encubrimiento Agravado”.
Miércoles, 7 de junio de 2023
Los peritos del Gabinete Científico del Poder Judicial del Chaco serán los testigos destacados este jueves en el juicio oral que se lleva a cabo en la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña para determinar las responsabilidades de siete policías en la muerte de Fernando Suárez, ocurrida como consecuencia del incendio de su celda en agosto de 2016.
Se espera que estos profesionales brinden detalles sobre el estado en el que encontraron el calabozo en el que se produjo la combustión de un colchón de poliuretano, lo cual provocó que Fernando sufriera quemaduras en el 60% de su cuerpo, además de sufrir graves lesiones en sus vías respiratorias.
El juicio oral comenzó el 1 de junio pasado. Rodolfo Lineras es el juez encargado de dirigir las audiencias y quien resolverá el futuro procesal de los imputados. Son querellantes la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y el Comité para la Prevención de la Tortura provincial.
Fernando tenía 19 años cuando fue detenido el 20 de agosto de 2016, minutos antes de las 17. Padecía consumos problemáticos y su mamá lo había denunciado porque la amenazó con una tumbera. Fue alojado en la Comisaría Cuarta de Sáenz Peña.
Según se pudo reconstruir en el expediente, a las 20.25 se produjo el incendio de un colchón en su celda lo que le provocó la quemadura del 60% de su cuerpo y gravísimas lesiones en sus vías respiratorias. Los policías que estaban en la guardia lo retiraron y posteriormente fue trasladado al Hospital 4 de Junio donde murió a la mañana siguiente.
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio formulado por los fiscales Carlos Rescala, de la Cámara Segunda en lo Criminal, y Silvia Slusar, Adjunta en lo Penal Especial en Derechos Humanos, hubo serias negligencias respecto a los cuidados exigidos para personas privadas de la libertad que están en custodia del Estado.
Y no sólo eso: se introdujeron datos falsos en dos actas de constatación en el marco de la investigación del hecho y también se hicieron desaparecer dos prendas de vestir que pertenecían a Fernando.
El agente de policía, Edgardo Alberto Parra, es el que tiene la imputación más grave: se lo acusa de homicidio culposo debido a su presunta negligencia en la custodia del detenido. De acuerdo a la acusación, en ese momento se desempeñaba como llavero de la Comisaría Cuarta y tenía a su cargo la vigilancia de Fernando, quien en ese momento era el único preso en toda la unidad policial.
La imputación sostiene que Parra no cumplió con su deber de custodiar a Fernando para evitar que cometa actos que atenten contra su propia vida. De hecho, según la investigación, mientras ocurría el incendio, el agente se encontraba en el sector de objetos secuestrados, lejos del lugar donde estaban las celdas.
“Una vez que estalló el incendio en la celda, la policía no reaccionó prontamente si se tiene en cuenta la gravedad de las quemaduras en Fernando, y el intenso humo que produjo el incendio”, señalaron los fiscales.
Asimismo, se lo imputa a Parra de no haber realizado una correcta requisa al detenido ya que, posteriormente, cuando ingresó al hospital mal herido, se le encontró un encendedor en el bolsillo. Y también de ser el responsable de la existencia dentro de la celda de un colchón de espuma de poliuretano, siendo que la Ley 1962-J establece que los únicos que pueden estar en esos lugares son los de material ignífugo.
En este sentido, los fiscales recordaron que la Circular Interna N° 01/16 dictada en la Comisaría Cuarta de Sáenz Peña de fecha 14 de enero de 2016, establece con claridad las funciones de los uniformados que se encuentran en funciones de llavero: “(El llavero es) responsable de las personas alojadas por distintos hechos, debiendo controlar el estado de las celdas (seguridad, que no haya objetos peligrosos, etc.), como así también la salud, y cualquier requerimiento de las personas privadas de su libertad. Toda persona que ingresa alojada deberá ser requisadas con el fin de que no ingrese objetos que puedan dañar a la misma o al personal policial”.
Falsedad ideológica y encubrimiento agravado
A Diego Moreyra (oficial principal), Gabriela García (oficial subayudante) y Javier Edgardo Cardozo (sargento) se los acusa de falsedad ideológica. El Ministerio Público Fiscal entendió que los tres participaron en el falseamiento de actas de constatación realizadas en el marco de la investigación por la muerte de Fernando donde incluyeron datos falsos, con fechas, horas y lugares inexactos. Los mismos testigos que fueron obligados a firmar las actas policiales se encargaron de desmentirlos.
Finalmente, al Comisario Principal y jefe de la Comisaría Cuarta de ese entonces, Javier Fermín Córdoba y a los policías Luis Alberto Almirón (cabo) y Ezequiel Dalmacio Sanchez (oficial subayudante), junto a los anteriormente mencionados Moreyra, Cardozo, García, se los imputó por el delito de encubrimiento agravado, en calidad de coautores.
A todos se los acusa de haber participado en la eliminación de dos pruebas clave para la causa. Puntualmente, de una remera mangas cortas color negra y de un buzo con capucha con rayas negras que llevaba puesto Fernando al momento de su detención.
“Teniendo en cuenta los informe médicos realizados a Suarez y la causa de su muerte, las principales lesiones sufridas en su cuerpo fueron en la parte del torso, por lo que la remera mangas cortas negra y un buzo con capucha con rayas negras hubieran sido de gran importancia para determinar la mecánica del incendio y las quemaduras sobre el cuerpo de Suarez”, señalaron desde la fiscalía.