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El exjefe del Escuadrón XIV de la Gendarmería Nacional, Héctor Hugo Procop, fue condenado por fraude a la administración pública y abuso de autoridad. Además, fue inhabilitado de manera perpetua. En tanto, un empresario fue condenado a cuatro años de prisión por aportar facturas y remitos para simular la compra de mercadería al personal de la fuerza de seguridad. Otros tres gendarmes recibieron penas de ejecución condicional. 

Lunes, 29 de mayo de 2023

A instancia del fiscal general de Resistencia, Federico Carniel, el Tribunal Oral Federal de esa ciudad condenó a cuatro gendarmes a penas de hasta 6 años de prisión por encontrarlos responsables del delito de fraude a la administración pública y abuso de autoridad, por la apertura de encomiendas del depósito judicial y la desaparición de su contenido, como por realizar compras simuladas en nombre del Estado Nacional. También fue condenado un empresario a la pena de 4 años de prisión, dado que se consideró acreditado que aportó facturas y remitos que sirvieron al personal de la fuerza de seguridad para simular la compra de mercadería.

El tribunal, integrado por Juan Manuel Iglesias, Noemí Marta Berros y Eduardo Ariel Belforte, dictó el 18 de mayo pasado el veredicto condenatorio para el jefe del Escuadrón XIV de la Gendarmería Nacional, Héctor Hugo Procop, como autor penalmente responsable del delito de fraude a la administración pública, en concurso real con el delito de abuso de autoridad, y le impuso la pena de 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública.

El alférez y jefe de sección Braian Camargo fue hallado responsable, en calidad de autor, del delito de sustracción de objetos custodiados en concurso real con abuso de autoridad, por lo cual fue condenado a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena. Los jueces y la jueza dispusieron -a pedido de la fiscalía- que Camargo se someta como regla de conducta a realizar un curso en materia de género, dado que tuvieron por probado el maltrato ejercido por el condenado contra personal femenino que había denunciado las maniobras ilícitas.

El fiscal Carniel destacó esta decisión y explicó que en su alegato había requerido que el delito de abuso de autoridad fuera contemplado en contexto de violencia de género. Según sostuvo, los hechos que dieron lugar a esta causa develaron actos de violencia psicológica contra dos subalternas que se materializaron bajo la modalidad de acoso laboral ya que, según surge de las denuncias, fueron ejecutados en el Escuadrón XIV, donde las víctimas cumplían sus funciones.

El tribunal también condenó a los gendarmes Luciano Cardozo y a Anastasio Mártires Mora como partícipes secundarios del delito de fraude en perjuicio de la administración pública a la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena.

El empresario Rubén Fimiani, titular de la firma “Agua Vittal”, acusado de facilitar facturas y remitos con los que se simulaba la compra de mercadería para el Escuadrón, fue condenado a la pena de 4 años de prisión en grado de partícipe necesario por el delito de fraude a la administración pública.

Finalmente, el tribunal dispuso la absolución de los gendarmes David Gómez, Antonio Luque y a Eduardo Augusto Manuel Jorge.

Hechos

Uno de los hechos arribados a juicio está referido a la contratación efectuada por Procop y otros funcionarios el 1° de agosto del 2017 por $1.195.280 para la compra de alimentos para consumo equino: 2300 bolsas de 45 kilogramos cada una de alimento balanceado tipo avena forrajera y 1892 bolsas de 25 kilogramos de alimento tipo alfalfa.

De acuerdo con las constancias del caso, en esa oportunidad se suscribió un acta que avaló el ingreso de la mercadería, sin comprobar que hubiera llegado al Escuadrón XIV de la Gendarmería Nacional. Un informe de Gendarmería concluyó que la entrega de la mercadería no se habría efectuado ni siquiera en otro lugar, “a pesar que ese día se firmó un acta que da fe de su recepción.”

En tanto, un informe remitido por el Nuevo Banco del Chaco indicó que el 13 de noviembre de 2017 ingresó a la cuenta del empresario Fimiani la suma de $1.059.839 y que al día siguiente se extrajeron de la misma cuenta $1.000.000. Según el fiscal, eso confirmaría el ingreso a esta cuenta del monto correspondiente a la venta de alimentos para equinos.

La fiscalía además valoró que en el allanamiento al domicilio de Procop se encontraron remitos y documentación que debía estar reservada en el Escuadrón XIV, ya que era información vinculada a la fuerza, y que en el domicilio de Fimiani también se encontraron comprobantes de remitos “vencidos” emitidos a la Gendarmería Nacional.

Otro de los hechos que fue materia de la acusación estuvo vinculado al secuestro de juguetes y electrodomésticos de origen extranjero, que desaparecieron del sistema de registro de aquella fuerza de seguridad federal.

La denuncia de ese hecho derivó en una investigación sobre la apertura de encomiendas del depósito judicial y la desaparición de su contenido. Esa área se encontraba a cargo de Camargo y Procop, quienes -según se acreditó- presionaban a agentes de escalafón inferior para que declararan en contra de sus compañeros y los acusaran por los faltantes.

Una sargento primero relató en la causa que había denunciado que -mientras realizaba un inventario- advirtió los daños en paquetes y el faltante de objetos en las encomiendas secuestradas. Agregó que “sospechosamente, tres días después fue trasladada a otra unidad del Escuadrón para realizar otras tareas” y que le ordenaron realizar guardias de “24×24”, es decir, de un día completo, y dijo que esto también le había ocurrido a otra oficial que denunció los mismos hechos.

La testigo denunciante declaró en la causa que el alférez Camargo la había agredido verbalmente y que la “avasalló de diferentes formas”, con amenazas para que no informara los daños y la apertura de encomiendas. Remarcó que el ahora condenado le había dicho que “lo iban a solucionar ellos, ya que a ella nadie le iba a creer”. Explicó que luego Camargo la tomó del brazo, la sacó del recinto donde se encontraban y le indicó que estaba mal lo que estaba haciendo “de querer perjudicar a la sección”.

Respecto al jefe del Escuadrón XIV, la denunciante dijo: “El propósito que tenía Procop era sacarme de la institución”. Y relató que se había enterado a través de un compañero que aquél hacía comentarios sobre ella como que “la tenía en la mira” y que “la fulminaría”.

Una denuncia realizada por la esposa de un gendarme señaló que los imputados amenazaban al personal y que les advertían que “si no hacían lo que ellos decían los iban a sacar de pase lejos de sus familias”.

Intervención de la UFEM

Para la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), que intervino en la causa a requerimiento del fiscal Carniel, en los testimonios recabados se advirtió que en el caso particular de Procop y Camargo sus actos delictivos fueron cometidos ejerciendo violencia por motivos de género, en perjuicio de dos de sus subalternas. La representación fiscal determinó que los imputados ejecutaron reiterados actos de acoso laboral sobre ambas víctimas y destacó que respecto de una de ellas realizaron conductas de acoso sexual.

La UFEM destacó que, como tales, este tipo de conductas deben ser analizadas en el contexto de los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino, a partir de la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Una de las víctimas en la causa indicó en su testimonio que los imputados la hostigaban valiéndose de una situación de violencia sexual con armas que había sufrido un tiempo atrás de parte de quien fuera su jefe en otro escuadrón en Tartagal, lo cual “la desestabilizaba en su entorno laboral”. Para la fiscalía, las expresiones que usaban Procop y Camargo tenían como efecto angustiarla, para comprometer su capacidad anímica, emocional y laboral. El MPF añadió que esas conductas tenían como propósito hacerla dudar sobre sus posibilidades de desarrollar las tareas asignadas, pese a que era competente para ejecutarlas.

En efecto, la fiscalía tuvo en cuenta que una de las denunciantes indicó que era muy incómodo trabajar con Camargo, dado que -explicó- era muy violento verbalmente, puesto que usaba un vocabulario obsceno, principalmente cuando se dirigía hacia las mujeres. En efecto, remarcó que la víctima -según su testimonio- le solicitaba al imputado que no se expresara de esa forma o intentaba “ubicarlo”, y que ante ello Camargo le respondía con frases “irreproducibles” de tinte sexual, y que también utilizaba expresiones racistas y descalificatorias.

Entre otros hechos, el MPF añadió que, después de haber declarado en la fiscalía federal, Camargo esperó a la denunciante en la puerta y le pidió que culpara a su compañera. De acuerdo al testimonio de la gendarme, en esa conversación el alférez le advirtió en tono amenazante que se “cuidara las espaldas”, y le advirtió que conseguiría “tres testigos que la incriminaran a ella”.

A raíz de estas situaciones, la víctima sufrió una colitis ulcerosa crónica, además de los sentimientos de angustia que, dijo, le afloraron al evocarlas, remarcó la fiscalía. Desde la UFEM se destacó que el panorama analizado en este caso “deja expuestos los actos de violencia de género que se cometían en el Escuadrón”.

La fiscalía precisó que estas conductas cobran especial gravedad, puesto que lesionaron seriamente los derechos de las víctimas y han puesto en juego a las instituciones del propio Estado Nacional, que es precisamente el encargado de velar por el respeto de los derechos humanos de las mujeres, en función de todos los compromisos internacionales asumidos en la materia.

 

Fuente: Fiscales 


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