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Cinco integrantes de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) fueron condenados el miércoles último, cuatro de ellos con penas de cumplimiento efectivo, por haber disparado en enero de 2016 contra un grupo de vecinos que ensayaba para una murga en el Barrio 1-11-14, en el Bajo Flores porteño, y herir al menos a cinco personas, entre ellas a un niño de 8 años.

Viernes, 5 de mayo de 2023

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 12 le impuso a Esteban Rafael Smolares (37), Saúl Humberto Juárez (36), Darío Fernando Solez Páez (33) y Elvio Ezequiel Cardozo (44) la pena de 3 años y 6 meses de prisión y de cumplimiento efectivo, mientras que Yanina Soledad Maldonado (32) recibió 3 años en suspenso, todos ellos como coautores del delito de “vejaciones en concurso ideal con lesiones de importancia leve, por mediar abuso de las funciones de miembros integrantes de una fuerza de seguridad y ambas figuras agravadas por el uso de un arma de fuego”.

Los jueces Claudia Moscato, Luis Márquez y Darío Martín Medina también resolvieron que los gendarmes no puedan ejercer la función pública por siete años y la mujer por seis, en tanto que Guido Eliel Cativa (33) fue absuelto.

El TOC 12 rechazó el pedido de inmediata detención realizado por la fiscalía y dispuso que deberán presentarse dentro de los cinco días desde que el fallo quede firme para comenzar a cumplir las penas.

En tanto que los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo miércoles, añadió el Tribunal, que también les indicó a todos los imputados “la obligación de abstenerse de tener todo tipo de contacto y por cualquier medio con las personas damnificadas y de acercarse en un radio de 500 metros al Barrio Ricciardelli de esta ciudad, exBarrio 1-11-14”.

Tras las condenas, los abogados Pablo Rovatti y Estaban Galli del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría general de la Nación (querellantes por una de las víctimas, el niño herido) destacaron la importancia de lo conseguido ante la Justicia.

“Nos parece que el veredicto del Tribunal 12 es muy importante, estamos muy conformes con la decisión, que deja en evidencia la gravedad de los hechos y manda un mensaje muy claro de que la violencia institucional no puede tolerarse”, dijo a Télam Rovatti.

El letrado agregó que “no se trata de que se haya acusado a toda una fuerza de seguridad, como a veces pretende instalarse de manera maniquea, sino de evaluar las responsabilidades individuales de los funcionarios que actuaron con una violencia injustificada y desproporcionada”.

“Y en este juicio quedó muy claro que lo que hubo fue un abuso grosero de las funciones de un grupo de seis funcionarios que, para abrirse paso de prepo por un lugar repleto de gente que ensayaba para una murga, dispararon más de veinte veces con municiones anti tumulto contra los cuerpos de chicos y chicas, adolescentes, madres y padres que los acompañaban en el ensayo”, afirmó.

El abogado expresó que “esos disparos dejaron hasta el día de hoy las marcas en los cuerpos de las víctimas, y solo por fortuna no dejaron a alguien ciego”.

“La sanción es razonable, con independencia de que uno de los acusados fue absuelto… habrá que esperar los fundamentos respecto de ese gendarme para evaluar si recurriremos o no la sentencia en ese punto concreto”, concluyó.

El hecho ocurrió el viernes 29 de enero de 2016, alrededor de las 21, cuando los integrantes de la murga “Los Auténticos Reyes del Ritmo” estaban ensayando y los gendarmes llegaron a la zona para retirar dos vehículos robados.

Los efectivos ingresaron con una grúa por la calle 10 justo donde había un grupo numeroso de vecinos, entre ellos varios niños que participaban del ensayo.

Ante esa situación, el director de la murga les pidió si podían avanzar por otro camino pero los efectivos comenzaron a atacar con balas de goma.

Tras los disparos, varias personas sufrieron heridas y el niño de entonces 8 años estuvo a punto de perder un ojo.

 

Fuente: Télam 

 

 


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