El gobernador, Jorge Capitanich, vetó de manera parcial la ley que prohíbe el uso de teléfonos celulares en establecimientos penitenciarios, la cual fue sancionada a comienzos de abril por la Legislatura. Recordó que el único derecho que le es privado a los detenidos es el de la libertad ambulatoria y señaló que la ley sancionada es “absolutamente regresiva en materia de acceso a derechos humanos básicos, universales e inalienables”.
Miércoles, 26 de abril de 2023

El gobernador, Jorge Capitanich, vetó de manera parcial la ley 3794-J que prohíbe el uso de teléfonos celulares en establecimientos penitenciarios del Chaco, la cual fue sancionada a comienzos de abril.
El veto propone modificar casi la totalidad de la ley, incluido el título. Donde actualmente dice “Prohibición del uso”, el gobernador propone que la normativa sea nombrada como “Limitación del uso”.
A su vez estableció que el artículo primero, donde solamente habla de la restricción casi total, sin matices, quede redactado con el añadido de que la limitación se realizará “conforme a la reglamentación que dicte la autoridad de aplicación de la presente ley”. Es decir, que se ratifica que el ministerio de Seguridad tendrá el poder en esta materia, tal cual ocurre en la actualidad.
Otro artículo que propone modificar es el tercero. En la ley actual, se estableció que el gobierno “deberá adquirir e instalar equipos destinados a inhibir, bloquear o anular de manera permanente la señal de telefonía celular e internet dentro del establecimiento penitenciario”. Capitanich propone cambiar la obligatoriedad por la posibilidad: en lugar de “deberá”, utilizó el verbo “podrá”. Además, dejó en claro que dicha acción estará atada a los recursos establecidos en la ley de Presupuesto General de la provincia.
Finalmente, en el artículo cuarto se propone omitir el pasaje sobre la instalación de teléfonos fijos amurados a las paredes del penal, como forma de garantizar la comunicación de los detenidos. Propuso la expresión más amplia que habla de facilitar el contacto “a través de cualquier medio”.
En los fundamentos, el gobernador recordó que el único derecho que le es privado a los detenidos es el de la libertad ambulatoria pero no el de la comunicación. “El uso de teléfonos móviles por parte de las personas privadas de su libertad ha contribuido al cumplimiento del mandato internacional en materia de derechos humanos según el caso Greco – CIDH”, remarcó.
Finalmente, deja en claro su postura contraria a la ley sancionada al señalar que esta normativa es “absolutamente regresiva en materia de acceso a los derechos humanos básicos, universales e inalienables, utilizando la condición particular de las personas privadas de su libertad a efectos de restringir el ejercicio de derechos”.
Fuente: Chaco Día por Día
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