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Los abogados defensores de la vicepresidenta de la Nación apelaron la sentencia que la condenó a seis años de prisión y la proscribió de ejercer cargos públicos para siempre en la causa Vialidad. Además, anticiparon que recusarán a los jueces Borinsky, Hornos y Carbajo.

Martes, 25 de abril de 2023

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner reclamó ayer a la Cámara Federal de Casación Penal que la absuelva en la llamada “causa Vialidad”, al apelar la pena de seis años de prisión e inhabilitación que se le impuso, por considerar que fue “injustamente condenada” con “graves errores y arbitrariedades” y que existe “un supuesto de enorme gravedad institucional”.

Por su parte, el fiscal Diego Luciani también apeló y pidió que Casación agrave la pena a la Vicepresidenta y otros acusados y se los condene además por el delito de asociación ilícita, según los escritos a los que tuvo acceso Télam.

Este último cargo fue descartado en el voto mayoritario de los jueces del Tribunal Oral Federal 2 Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu con disidencia en ese aspecto del tercer magistrado, Andrés Basso, cuando el 6 de diciembre pasado se condenó a la Vicepresidenta por supuesta “administración fraudulenta” con “inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos”

El veredicto “no cuenta con pruebas directas”, advirtieron los abogados de la expresidenta, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, en el escrito de apelación de 394 carillas presentado hoy.

“Nos hallamos en presencia de un supuesto de enorme gravedad institucional, tal como lo hemos expuesto desde el inicio de este proceso, en el cual se ha intentado presentar como delictivos actos de gobierno absolutamente legítimos y no judiciables, desarrollados por tres gobiernos constitucionales, elegidos democráticamente por el voto popular”, agregaron.

La condena “se sostuvo en consideraciones absolutamente arbitrarias desprovistas del más mínimo sustento lógico, fáctico y jurídico”, advirtieron los abogados

Durante el juicio que se extendió por tres años “quedó ratificado e estado de inocencia” de la ex mandataria por supuestos delitos con la adjudicación de obra pública nacional a las empresas de Lázaro Báez en Santa Cruz entre 2003 y 2015.

Y recordaron que el TOF2 rechazó “más del 80 por ciento de la prueba ofrecida” por la defensa, en particular pericias “ineludibles” en estos juicios y que esa decisión fue ratificada por la sala de Casación “integrada por los jueces que visitaban la Quinta de Olivos”, se remarcó en alusión a visitas de los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al ex presidente Mauricio Macri en esa época.

Esas mismas decisiones quedaron confirmadas “luego por la Corte Suprema de Justicia de la Nación -parcialmente integrada por los jueces que propuso Rodríguez Simón” que demoró más de tres años y declaró “inadmisibles” los planteos casi al final del debate oral.

Además sostuvieron que “se violó la garantía del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes”.

Los jueces “asumieron una posición acusatoria que no se condice con el rol ecuánime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional”.

En el juicio “se violó el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administración de justicia y la aplicación de la ley”, agregaron los letrados en relación a los fiscales Luciani y Sergio Mola.

“Se violó el principio ‘ne bis in ídem’ (prohibición de perseguir o sancionar dos veces) y el valor de la cosa juzgada, ya que se dictó una sentencia condenatoria basada en los mismos hechos que ya fueron juzgados y sobreseídos por los jueces competentes con calidad de cosa juzgada”, aseveraron también.

Los letrados argumentaron que “se violó sistemáticamente el derecho de defensa en juicio”. Y remarcaron que “se violó el principio de inocencia, ya que a partir de múltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner en orden a los hechos investigados, terminó siendo injustamente condenada”.

Otra supuesta irregularidad destacada por los abogados fue que “se violó el principio de culpabilidad, al dictarse una injusta condena en contra de Cristina Fernández de Kirchner fundada en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuación activa u omisiva”.

Y dijeron que también “se violó el principio de legalidad sustantiva, pues se dictó una arbitraria condena en orden al delito de administración fraudulenta en contra de la administración pública sin que se hubiesen satisfecho, tan siquiera mínimamente, las exigencias típicas, objetivas y subjetivas, requeridas por la normativa penal”

La defensa pidió al máximo tribunal penal del país que absuelva a “Cristina Fernández de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada” y deje “sin efecto todas las penas que le fueron impuestas”.

En el escrito se aludió a la “orfandad de pruebas”, a la “influencia de los factores políticos, económicos y mediáticos” en el proceso y a la “violación del derecho de defensa en juicio” que dieron lugar a un fallo “arbitrario”.

También se adelantó que, de ser necesario, se recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a los organismos internacionales que correspondan en materia de derechos humanos.

Los fiscales quieren una condena a 12 años 

Diego Luciani, fiscal de la causa Vialidad

Por su parte, los fiscales Luciani y Mola presentaron una apelación de 528 carillas en las que se pidió que la Vicepresidenta y los demás acusados, entre ellos Báez, el ex secretario de Obra Pública José López, el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Periotti sean condenados también por asociación ilícita.

También reclamaron que Casación revoque las absoluciones que favorecieron al exministro de Planificación Federal Julio De Vido y a los exfuncionarios Abel Fatala y Héctor Garro.

Para la fiscalía la sentencia “mostró de manera palmaria” que hubo un “acto de corrupción” y que fue el “más grave de la historia de nuestro país desde el advenimiento de la democracia”

“Las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita”, sostuvieron.

En el juicio se debatió si el acusado empresario Lázaro Báez, resultó beneficiado de manera anómala con la adjudicación de 51 obras públicas viales en Santa Cruz durante las gestiones kirchneristas y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

Los jueces condenaron a seis años de prisión a la Vicepresidenta, a Báez y al ex secretario de Obra Pública José López.

Además fueron condenados ex funcionarios de Vialidad Nacional y de Santa Cruz, entre ellos el ex titular del organismo Nelson Periotti, quien recibió 4 años y medio de cárcel.

Los fundamentos del fallo se conocieron en febrero pasado, y por una prórroga que concedió el Tribunal, el plazo para presentar los recursos de Casación vence en las dos primeras horas hábiles judiciales del miércoles próximo.

Una vez que el TOF2 conceda los recursos, el máximo tribunal penal federal del país comenzará a analizar los planteos y luego convocará a una audiencia, de manera previa a quedar en condiciones de resolver.

La recusación 

Carlos Beraldi, abogado defensor de la vicepresidenta

Tras presentar un recurso para que la Cámara de Casación Penal revea el fallo de primera instancia del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), el abogado remarcó que si los jueces intervinientes en esta instancia son Hornos, Borinsky y Carbajo, “se va a producir un problema”.

“Si son los mismos que ya han intervenido, o sea, Hornos, Borinsky y Carbajo, nosotros vamos a recusarlos porque no reúnen las condiciones de imparcialidad”, advirtió Beraldi en declaraciones El Destape Radio.

“Estos jueces son los que fueron a visitar de forma oculta (a la Residencia de Olivos) al entonces presidente Mauricio Macri, que es un líder contrario a la persona que se la está juzgando. No es algo normal y la doctrina responde al sentido común. Esa es una situación que garantice la imparcialidad”, subrayó el letrado.

Hornos y Borinsky fueron denunciados por realizar visitas a la Residencia de Olivos durante el Gobierno de Macri, pero fueron sobreseídos por un fallo dictado por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.

Con respecto a los tiempos de la Justicia, el letrado enfatizó que “los procesos judiciales que se siguen a Cristina no son normales y se encuentran totalmente por fuera de los parámetros legales”.

“Si sacamos los nombres propios, el curso natural del proceso indica que en las próximas semanas el Tribunal Oral debería conceder el recurso y elevarlo a la Cámara de Casación, y esta última debería informar cuáles serán los jueces intervinientes en este caso. No puedo estimar cuánto tiempo puede durar este punto hasta que se empiece a tratar el caso específicamente”, remarcó.

“Son diez días hábiles en lo que nosotros, como la defensa, podemos mejorar o ampliar todo lo que expusimos en el recurso. Después, Casación fija una audiencia y se vuelven a debatir estos puntos. Así queda listo para que los jueces fallen si revocan o confirman la sentencia de primera instancia”, agregó.

Para Beraldi, “estos pasos procesales en Casación tampoco se puede calcular en el caso de Cristina, ya que en tiempos normales puede demorar uno o dos años”.

“Está probado con hechos que los trámites de los procesos judiciales de Cristina son absolutamente anormales e ilegales”, sentenció.

Con respecto a si la causa llega a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Beraldi afirmó que también “hay razones objetivas para recusar a los jueces de la Corte si la causa llega al máximo tribunal. En 40 años de democracia nunca hubo una crisis tan profunda en la Corte Suprema”, apuntó.

El abogado defensor además explicó que el pedido de absolución para la Vicepresidenta que presentó en la llamada “causa Vialidad” responde a que el fallo condenatorio de primera instancia fue “totalmente arbitrario”, donde “se quiere hacer creer que se llevó a cabo un juicio, pero en realidad fue una apariencia”.

 

Fuente: Télam 


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