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A través de la resolución Nº 334 dictada este miércoles 19 de abril, el Superior Tribunal de Justicia aceptó la renuncia de la jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Resistencia, Mercedes Noemí Riera, quién se acogerá a los beneficios de la jubilación a partir del 1 de mayo próximo. A través de un amparo pretendió continuar en su cargo sin rendir un nuevo concurso. 

Jueves, 20 de abril de 2023
Mercedes Riera, camarista

La jueza de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Resistencia, Mercedes Noemí Riera, renunció finalmente a su cargo para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del próximo 1 de mayo. Se trata de la camarista que durante 2022 generó un gran revuelo en el mundillo judicial al cuestionar la constitucionalidad de un artículo de la ley 2084-B que exige rendir un nuevo concurso de antecedentes y oposición para continuar ocupando el cargo de jueza una vez cumplidos los 70 años de edad. Lo que, en términos sencillos, equivalía a consagrar el privilegio de que los cargos de jueces y juezas fueran vitalicios en la provincia del Chaco.

Este miércoles 19 de abril, los jueces el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, Iride Grillo, Víctor Del Río y Alberto Modi, firmaron la resolución Nº 334 aceptando la renuncia de Riera a su cargo, que se efectivizará a partir del 1 de mayo.

La resolución del STJ

La resistencia de Riera 

Al comunicar que pretendía continuar en su cargo como jueza, el Consejo de la Magistratura del Chaco abrió el concurso de antecedentes y oposición para cubrir su lugar, del que también podría participar la magistrada. Sin embargo, Riera optó por cuestionar judicialmente la exigencia de volver a rendir para mantenerse en el cargo e impulsó una medida cautelar con acción de amparo que fue rechazada formalmente por el Juzgado Civil y Comercial Nº 6, a cargo del juez Jorge Sinkovich.

En lugar de recurrir esa resolución a una instancia superior, Riera decidió presentar la misma ante otro tribunal. Esta vez sí logró que le den la razón. Fue a través de una sentencia de la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativa que firmaron las juezas Gloria Silva y Dolly Fernández, con la disidencia de la magistrada Natalia Prato, quién señaló que avalar la pretensión de Riera “sería un privilegio odioso y percibido solo en un interés individual”. Por esta decisión, la jueza Riera y sus dos pares que la favorecieron fueron denunciadas penalmente por prevaricato y abuso de autoridad.

El caso llegó al Superior Tribunal de Justicia que por mayoría resolvió anular el fallo por considerar que en el caso hubo “cosa juzgada formal”, justamente teniendo en cuenta que Riera no apeló la primera resolución del Juzgado Civil Nº 6.

No obstante, la sentencia del STJ, integrado por cuatro jueces ad hoc, no se expidió sobre la cuestión de fondo e, incluso, insinuó que de no haber descartado el amparo por la cuestión formal, hubieran fallado a favor de las pretensiones de Riera, lo que hubiese abierto la puerta a la consagración de la existencia de jueces vitalicios en la provincia del Chaco. Esa decisión “a medias” fue cuestionada, entre otros, por el Consejo de Abogados de Resistencia.

Todo el proceso fue cubierto paso a paso por revista LITIGIO.

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