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Un fallo de Cámara modificó uno de primera instancia y excluyó la técnica del diagnóstico genético preimplantacional (DGP) de los gastos que debe cubrir una empresa de medicina prepaga a una de sus afiliadas en un tratamiento de fertilización asistida. Para las camaristas, ese procedimiento no está incluido en la ley nacional que regula ese tipo de prácticas.

Sábado, 8 de abril de 2023

La Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Resistencia revocó parcialmente un fallo de primera instancia y excluyó la técnica del diagnóstico genético preimplantacional (DGP) de los gastos que debe cubrir la prepaga OSDE a una de sus afiliadas, en el contexto de un tratamiento de fertilización asistida.

La sentencia, dictada el 9 de febrero de 2023, lleva las firmas de las juezas Wilma Martínez y Fabiana Bardiani y, en rigor, hace lugar parcialmente a un recurso planteado por OSDE contra el fallo de primera instancia.

En aquél, suscripto por el juez Civil y Comercial Nº 6, Jorge Sinkovich, se había ordenado la cobertura total e integral del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad denominado I.C.S.I. en el Centro Médico de Reproducción Asistida “hasta el límite del mayor monto que OSDE abona a los centros prestadores contratados de la ciudad de Buenos Aires por tratamientos similares al sugerido por la médica tratante”. Además, le impuso las cosas a la prepaga.

¿Qué es el DGP?

El Diagnóstico Genético Preimplantatorio (DGP) es una técnica que permite mediante una biopsia embrionaria detectar alteraciones cromosómicos o genéticas de un embrión antes de la implantación. Es decir, habilitaría una selectividad y/o descarte previo de los embriones que serán implantados en el proceso de fertilización asistida.

En ese contexto, las camaristas citan a la especialista en derecho de Familia, Marisa Herrera, quién señaló que recientemente se ha acuñado un nuevo término para designar este tipo de análisis: PGT-M (Test Genético Preimplantacional para enfermedades monogénicas), que tiene como finalidad diferenciar entre las técnicas de reproducción y el diagnóstico preimplantacional, ya que éste último tendría otros objetivos que los que prevé la legislación, es decir, ayudar a aquellas parejas con problemas de fertilidad.

El PGT no está previsto en la ley

En sus fundamentos, las camaristas aclararon que no está en discusión que el procedimiento de fertilización está previsto en la ley 26.862 y su decreto reglamentario 956/2013. Sin embargo, advirtieron que el juez de primera instancia debió expedirse sobre el planteo de la prepaga en cuanto a la inclusión del denominado estudio genético preimplantacional (PGT) dentro de la “cobertura total e integral”.

Al respecto, las juezas puntualizaron que “si nos atenemos al texto expreso de la normativa citada (la ley 26.862) estamos persuadidas que asiste razón a la apelante en cuanto a que no corresponde la inclusión de la técnica de DGP presupuestada dentro de la cobertura ordenada”.

El tribunal de la alzada citó un precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de septiembre de 2015 que en un caso que llegó a su estudio rechazó la cobertura de la técnica de diagnóstico preimplantacional. Así, advirtieron que “los tribunales inferiores tienen el deber de conformar sus decisiones a las sentencias del Alto Tribunal dictadas en casos sustancialmente análogos” y que para apartarse de la doctrina de la Corte Suprema “es necesario aportar nuevos argumentos que justifiquen modificar la categórica posición sentada por ese Máximo Tribunal”.

En ese contexto, consideraron que “no existen circunstancias excepcionales que ameriten diferenciar la solución en la causa, cuando la accionante ni siquiera ha acercado prueba que acredite y/o justifique la necesidad del tal estudio ante la negativa expresa y reiterada de su contraria, más aún cuando no existen regulaciones explícitas respecto al empleo del DGP/PGT -y o similar”.

 


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