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La ampliación de competencias en los juzgados de niñez, adolescencia y familia de Resistencia comenzará a regir desde el 1 de marzo y tendrá vigencia durante un año. Cumplido ese plazo analizarán estadísticas y realidades de la medida para definir qué cosas se mantienen y cuáles deberán modificarse.

Lunes, 27 de febrero de 2023

Esta es la etapa final del proceso de trabajo desplegado por Superior Tribunal de Justicia del Chaco con juzgados del fuero, oficinas judiciales, abogadas y abogados que culminó en la resolución 1.183/22.

Ese instrumento, que modificó los alcances de la resolución 1.151/21, detalla que los Juzgados de NAyF 1, 2, 5 y 6 son competentes para actuar en las causas enumeradas en el artículo 3, incisos 1 a 9 y 13 a 18, inclusive, de la ley 2950-M. Mientras que los Juzgados NAyF 3 y 4 tienen competencia, además, de en las causas del proceso penal (ley 2951-N y las dispuestas por la resolución 80/20 referidas a violencias familiares y sus respectivos incidentes de levantamiento), aquellas que figuran en los incisos 10 y 11 del artículo 3 de la ley 2950-M “tanto de las causas futuras como la totalidad de las que se encuentren las en trámite” en los Juzgados NAyF 1, 2, 5 y 6.

La Sala Civil, Comercial y Laboral del STJ está a cargo del monitoreo mensual vigente para los Juzgados NAyF 1, 2, 5 y 6; así como de la capacitación, apoyo y acompañamiento a los Juzgados NAyF 3 y 4.

Respuesta rápida, acorde y efectiva

La decisión del STJ tiene como objetivo “delinear una solución que involucre a los reales operadores del fuero” orientada a que el justiciable y su grupo familiar obtengan “una respuesta rápida, acorde y efectiva”.

La medida concuerda con la política fijada por el Poder Judicial para implementar medidas continuas de mejora en la gestión judicial y con políticas públicas sobre el tema en particular.

 


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