Ramos Padilla requirió a Comodoro Py que decida si la composición del Consejo de la Magistratura y la coparticipación implican intervención del máximo tribunal, dadas las denuncias de estados provinciales. La filtración de las conversaciones de Silvio Robles, un boomerang imprevisto.
Miércoles, 15 de febrero de 2023
Por Néstor Espósito
El juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla desafió tácitamente a la Corte Suprema a que se investigue a sí misma. Lo hizo en la causa por los chats entre Silvio Robles -secretario del presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti- y el ministro de Seguridad de la ciudad de Buenos Aires, Marcelo D’Alessandro, de los que parece desprenderse un vínculo que incidió de manera directa en al menos dos decisiones del alto tribunal: la composición del Consejo de la Magistratura y el incremento de la coparticipación federal que reclamó (y obtuvo) el gobierno de la Capital Federal.
Ramos Padilla se declaró “incompetente” para tramitar una denuncia del gobernador bonaerense, Axel Kicillof, por los chats. Hizo lo mismo que otros jueces federales del interior del país, puesto que está claro que, si hubo un delito, ocurrió en territorio porteño. “No puede ignorarse que las dos personas mencionadas en la denuncia son dos funcionarios que habrían cometido los delitos señalados a partir de su desempeño en la Corte Suprema y en el Ministerio de Justicia y Seguridad de CABA, dos organismos con asiento en esa Capital Federal”.
Pero más allá de desprenderse de la causa (y enviársela al juzgado federal número cinco de Comodoro Py, a cargo de la jueza María Eugenia Capuchetti), Ramos Padilla advirtió dos situaciones paradojales.
La primera es que no es posible archivar las actuaciones, pese a que así lo hizo de apuro durante la feria judicial el juez de Comodoro Py Sebastián Ramos, como subrogante de Capuchetti y pese a que no se trataba de un tema urgente, de esos que ameritan que los jueces trabajen durante enero.
La segunda es que, atento a que los reclamos por la coparticipación provienen de las provincias y apuntan a la Capital Federal, podría tratarse de un tema de “competencia originaria” de la Corte Suprema. El máximo tribunal es instancia única cuando la disputa es entre dos estados, por ejemplo la pulseada entre La Pampa y Mendoza por las aguas del Río Atuel.
Ramos Padilla advirtió que el potencial objeto de la investigación no es sólo una supuesta relación rayana en lo delictivo entre dos individuos que son, además, funcionarios públicos. “No se trata de la investigación de un delito común que podría haber cometido un funcionario o incluso uno o varios miembros de la Corte Suprema (como podría ser un episodio de tránsito, un caso de malversación, una denuncia por administración fraudulenta o un peculado), sino que el objeto del delito que se denuncia se relaciona con el propio funcionamiento del Máximo Tribunal de la Nación y con dos decisiones adoptadas por ese tribunal que hacen a la esencia del sistema federal”, explicó el juez de La Plata.
No son las personas. Por el contrario: “Es el funcionamiento de la propia Corte Suprema y el modo en que ésta eventualmente habría afectado a las provincias, lo que aparece como eje principal de la actividad reputada como ilegal y sujeta a investigación; y ello más allá de lo que develen los chats o la prueba con la que se intenta probar esos ilícitos”.
“Nos encontramos ante una situación en la que el objeto de la denuncia es la actividad funcional de la Corte Suprema –a partir de un supuesto tráfico de influencias– ocurrida precisamente en un caso de competencia originaria que versa sobre cuestiones de coparticipación federal –que aún se encuentra en trámite ante el Máximo Tribunal–, y otro vinculado a la composición de un órgano previsto en nuestra Constitución Nacional, el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación”.
Ramos Padilla advirtió algo que, en la premura de cerrar rápidamente la causa, los estamentos judiciales que intervinieron hasta ahora no se habían percatado: “en virtud de la naturaleza de las cuestiones denunciadas y el manifiesto interés que determinadas provincias han expresado en el caso, podría resultar competente en este asunto la Corte Suprema de Justicia de la Nación en instancia originaria y exclusiva”. Así lo establecen los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional.
¿Quién tiene que tomar esa decisión? La jueza Capuchetti. “Corresponde que sea la magistrada titular del juzgado que ha acumulado las distintas denuncias la que analice –tras convocar a los denunciantes, si lo considera necesario–, si se encuentra frente a alguno de los supuestos de competencia originaria y exclusiva en los que se impone la actuación del Máximo Tribunal de la Nación y se desplaza la competencia de los tribunales inferiores”.
Durante la feria judicial de enero, otra denuncia –formulada por un abogado particular- fue archivada por el juez de Comodoro Py Sebastián Ramos, a instancias del fiscal Carlos Stornelli.
Ramos Padilla discrepó con ellos. “Con las probanzas acumuladas a este expediente, no me es posible dictar el archivo de las actuaciones, tal como ocurrió en el marco de la causa CFP 16/2023”, que Comodoro Py se apuró a sepultar. “No sólo ello no me fue solicitado por el Ministerio Público Fiscal, que calificó los hechos denunciados como de gravedad institucional, sino que, además, tampoco han sido arrimados al expediente elementos de prueba serios y objetivos que permitan afirmar que las comunicaciones de Robles y D’Alessandro provienen de acciones de espionaje ilegal”.
El juez de La Plata también llamó la atención sobre cómo se generó el expediente que posibilitó el rápido archivo de la causa por los chats. “Algunas denuncias fueron impulsadas por gobernadores, que expusieron su interés en la cuestión –vinculado con la coparticipación de recursos fiscales que reciben sus provincias–, y otras a partir de presentaciones de abogados que no lograron demostrar ningún tipo de interés particular ni aparecían vinculados al hecho que se investiga”.
“Incluso, de la certificación efectuada surge que fue precisamente a partir de una de las denuncias efectuadas por un abogado particular –la del Dr. Gastón Marano– que un juzgado y una fiscalía de feria, sin siquiera incorporar ni valorar las presentaciones hechas por los gobernadores y lo actuado en las otras causas duplicadas en trámite, habilitaron la feria judicial y dispusieron el inmediato archivo de las actuaciones”.
Marano es, además del denunciante en la causa que facilitó el archivo, el defensor de uno de los tres detenidos por el intento de magnicidio de Cristina Fernández de Kirchner.
Fuente: Tiempo Argentino