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La fiscal Daniela Meiriño resolvió ampliar las medidas de protección dictadas en favor de una mujer que denunció a su expareja por violencia de género. Además, llamó a la reflexión al abogado del denunciado por sus expresiones “que no hacen más que perpetuar los estereotipos de género”. El defensor también se opuso a la citación a la declaración de imputado.

Lunes, 2 de enero de 2023

“Resulta necesario llamar a la reflexión al Dr. A.B.C., respecto al empleo de sus expresiones que no hacen más que vislumbrar una visión estereotipada, desconociendo la dignidad y los derechos inherentes de una mujer, quien en el caso resulta ser madre de un menor de edad hijo de su pupilo procesal, donde toda medida que se dispone en protección a la misma implica inescindiblemente una protección para con el niño. Expresiones como las aludidas por el profesional, no solo resultan de un lenguaje inadecuado y excesivo, sino además ofensivo; y no hacen más que perpetuar estereotipos de género”. Así lo señala la fiscal Nº 4 en Feria, Daniela Meiriño en una resolución del 29 de diciembre de 2022. Fue tras habilitar la feria judicial para resolver la apelación del abogado de la expareja de la mujer contra las medidas de protección dispuestas por el fiscal de Género, Jorge Cáceres Olivera, a la par de citar al denunciado a prestar declaración como imputado, a lo que también se opuso su defensor.

“No quiere trabajar, tampoco tiene un oficio y mucho menos una profesión, quiere llegar a un arreglo económico para que se arreglen sus problemas de por vida sin hacer nada”. Estas fueron algunas de las expresiones machistas incluidas por el abogado defensor en su escrito de apelación, lo que motivó el llamado de atención por parte de la fiscal Meiriño.

Las medidas de protección 

Entre las medidas dispuestas por el fiscal Cáceres Olivera, ahora confirmadas, se incluyen la “prohibición de acercamiento del presunto agresor al lugar de residencia, trabajo, estudio, esparcimiento o a los lugares de habitual concurrencia de la mujer que padece violencia”; la orden para que el presunto agresor “cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la mujer” y la “exclusión de la parte agresora de la residencia común, independientemente de la titularidad de la misma”.

Ahora, la fiscal Meiriño no solo ratificó las medidas dispuestas por su colega sino que las amplió. Así, dispuso la exclusión de hogar y prohibición de acceso y acercamiento de F.J.L. a una distancia no menor a 300 metros respecto de la Sra. Y.A.G. de su domicilio real, su lugar de trabajo y lugares que ésta frecuenta, como así también abstenerse de mantener contacto personal y/o telefónico y/o redes sociales y/o por cualquier otro medio. También ordenó el cese de todo acto de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia Y.A.G.

En sus fundamentos, Meiriño subrayó que las medidas son “en el marco del cumplimiento de lo establecido en la Convención de Belem Do Para, donde nos conmina a adoptar medidas jurídicas que protejan efectivamente a las mujeres, lo establecido por la Ley 26485 en su art. 16. e), donde dispone el derecho a la mujer de recibir protección judicial urgente y preventiva cuando se encuentren amenazados o vulnerados cualquiera de sus derechos”.

Por otro lado, está prevista para el próximo 16 de febrero de 2023 la audiencia de oposición al decreto de llamado a declaración de imputado, que estará a cargo de la jueza de Garantías Nº3 subrogante, María de las Mercedes Pereyra.


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