“Siempre piensen en su familia y en sus hijos, los perdono”, les dijo la madre de la víctima durante la audiencia en la que se analizaba si recibirían una pena por el delito que cometieron cuando eran menores. Al cumplirse el año de prueba, demostraron que acataron todo lo ordenado por el juez y las partes coincidieron que no debían ser encarcelados.
Martes, 1 de noviembre de 2022
“Espero que se porten bien, que trabajen, que no se droguen, que sean buenas personas, que tengan buenos valores, que piensen en sus hijos, que como madre no hay dolor más grande que ver a tu hijo en un cajón; él se fue a divertir a un partido de fútbol y me lo mataron; que siempre piensen en su familia y en sus hijos; los perdono”. Esas fueron las palabras de Rosa Gallego, la mamá de Cristian Andrés Robledo, quién falleció en abril de 2019 luego de recibir una salvaje golpiza durante un partido de “Liga Interprovincial” de fútbol disputado en la localidad cordobesa de San Francisco. Fue durante la audiencia en la que la Justicia resolvió no imponer pena a los jóvenes condenados por ese hecho.
En agosto de 2021, la Cámara en lo Criminal y Correccional de San Francisco declaró a A.D.P y a B.C.P coautores responsables del delito de “homicidio agravado en ocasión de espectáculo deportivo”. Sin embargo, no impuso pena porque ambos eran menores de edad en el momento de comisión del hecho y remitió el caso al Juzgado de Niñez de esa localidad cordobesa. En ese contexto, se resolvió someter a ambos a un período de prueba de un año con alojamiento en un complejo y con un régimen de progresiva reinserción sociofamiliar.
Cabe precisar que en el derecho penal juvenil se ofrece al juez una posibilidad que le está vedada en el derecho penal común: aún en el caso que se haya establecido la responsabilidad penal del niño, el juez puede absolver de la pena.
El 15 de septiembre de 2022, se celebró una audiencia en el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de la 5ta. Circunscripción Judicial, a cargo del juez Andrés Peretti, en la cual el Fiscal Penal Juvenil actuante solicitó se absuelva de pena a los jóvenes A. D. P. y B. C. P., pedido al que adhirieron los defensores. Además, durante la misma los jóvenes expresaron su arrepentimiento ante la madre de la víctima, quién posteriormente los perdonó.
En ese contexto, el juez sostuvo que “la actitud que tuvieron A. D. P. y B. C. P. en la audiencia, al pedir perdón y mostrar arrepentimiento, permite concluir que tomaron conciencia de su dignidad y valor personal, del compromiso que les cabe como responsables del violento delito que cometieron ante los demás y del daño que causaron con su proceder, tomando conciencia de lo que se espera de ellos como miembros de la sociedad”.
“El tratamiento tutelar cumplido por los jóvenes A. D. P y B. C. P. a modo de prueba fue aprovechado para adquirir y consolidar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros y, en consecuencia, es suficiente para neutralizar la pretensión punitiva”, consideró el magistrado.
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