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Resistencia, Sáenz Peña y Las Breñas, entre otros municipios chaqueños, llevarán ante el máximo tribunal su demanda contra el gobierno provincial por la distribución de los recursos de Coparticipación Federal que llegan al Chaco con asignación específica. El Superior Tribunal del Chaco concedió el recurso luego de haber revocado, por mayoría, un fallo que los había favorecido.  

Miércoles, 26 de octubre de 2022

En el año 2010, los intendentes radicales de Resistencia, Sáenz Peña, Las Breñas, General Pinedo, General Vedia, Presidencia Roca y Miraflores demandaron al gobierno provincial reclamando que se distribuyan en sus municipios los recursos de Coparticipación Federal que recibe el Chaco con asignación específica, entre ellos el Fondo Compensador para Desequilibrios Fiscales, el Impuesto a las Ganancias, el Fondo Fijo y el Impuesto sobre Bienes Personales.

Lo más curioso del caso es que en ese momento la mayoría de los intendentes pertenecían a la Unión Cívica Radical que desde hace años se opone a cualquier tipo de medida que permita mejorar la base de recaudación fiscal del Estado Nacional. Es más, en reiteradas ocasiones han promovido directamente la rebaja de impuestos, lo cual torna aún más contradictorio el reclamo. Por un lado, militaban públicamente por el achique de la torta de recursos tributarios nacionales; mientras que, por vía judicial, reclamaban recibir una porción mayor de esa torta.

Por su parte, desde el gobierno de Jorge Capitanich rechazaron todos los planteos sosteniendo que no correspondía porque los recursos que integran la masa coparticipable y que proviene de esos tributos tienen asignado un destino específico, a través del artículo 2 de la ley 23.548. Es decir, sería ilegal coparticipar esos tributos.

En ese contexto, en febrero de 2018, la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por el juez y exsecretario general de la Gobernación del gobierno radical de Roy Nikisch, Antonio Luis Martínez (recientemente jubilado), y su par Gloria Silva, había hecho lugar a las demandas de los municipios ordenando al gobierno provincial devolverles los importes retenidos desde la presentación judicial, es decir, el año 2010.

En junio de este año, la mayoría del Superior Tribunal de Justicia del Chaco resolvió revocar el fallo de la Cámara, luego de asumir “jurisdicción positiva”. Es decir, hizo uso de su facultad de anular directamente un fallo y evitar el trámite de reenviarlo al tribunal original para que dicte una nueva sentencia.

Ahora, los municipios decidieron apelar la sentencia a través de un recurso extraordinario federal al que hizo lugar, durante esta semana, el máximo tribunal del Chaco. Así, será la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que defina sobre la viabilidad o no del reclamo de los municipios.

 

 


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