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Así lo decidió el juez Gonzalo García Veritá al hacer lugar a dos acciones de habeas corpus preventivo impulsados por el Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco. El magistrado también dispuso que los funcionarios policiales reciban formación en derechos de las infancias y en derechos de los pueblos indígenas.

Lunes, 17 de octubre de 2022

Por Brian Pellegrini 

El juez de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1 de Juan José Castelli, Gonzalo García Veritá, hizo lugar a dos acciones de habeas corpus y ordenó que el personal policial de la Comisaría de Miraflores detenga el hostigamiento contra adolescentes Qom de esa localidad. En una de las resoluciones, el magistrado también dispuso que los funcionarios policiales reciban capacitación con enfoque de niñez y de interculturalidad.

La intervención del Comité para la Prevención de la Tortura se produjo luego de una asamblea que tuvo lugar el pasado 4 de julio en la zona rural de Miraflores, de la que participaron los comisionados Bashé Charole (representante de los pueblos originarios en el organismo) y Darío Gómez.

En esa ocasión, miembros del pueblo Qom denunciaron el constante hostigamiento y discriminación que deben soportar sus hijos por el sólo hecho de ser integrantes de los pueblos indígenas. El último episodio violento había tenido lugar el 22 de mayo, alrededor de las 23 horas, cuando un grupo de jóvenes Qom fue hostigado y golpeado por policías de Miraflores cuando salían de una celebración religiosa.

En la sentencia por el caso de J.L.F., menor de edad, el juez García Veritá sostuvo que “con las constataciones realizadas y de la cámara Gesell realizada respecto del adolescente, y que compone la prueba del presente, alcanzo el convencimiento necesario para considerar la existencia de una lesión al ejercicio del derecho a la libertad ambulatoria, en este caso, a raíz de la irrupción del móvil policial, descenso e intento de amedrentamiento que refiere el adolescente luego que hubiera terminado la participación en el culto religioso de su comunidad”.

En el fallo dictado el 22 de septiembre pasado, al que tuvo acceso LITIGIO, el magistrado advirtió, además, que “aunque el adolescente no fue detenido, el episodio de amedrentamiento referido, sumado al temor que el mismo expresa, tiene una entidad suficiente para tener la fuerza conviccional que sea capaz de enervar la facultad constitucional de tutelar efectivamente el acceso a la justicia y el derecho a una vida libre de violencias, incluidas las detenciones arbitrarias, malos tratos, o ejercicios abusivos del poder, por parte de las agencias de seguridad”.

En su sentencia, el juez afirma que los hechos referidos “no deben volver a ocurrir”, y para garantizar la no repetición ordenó al personal policial de la Comisaria de Miraflores la acreditación de la formación en derechos humanos de las infancias y derechos de los pueblos indígenas.

Con ese objetivo, requirió la colaboración del Ministerio de Seguridad y Justicia y de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia para que, en cooperación con el Centro de Estudios Judiciales, puedan garantizar dicha instancia. Todo ello “fundado en el deber de adoptar medidas especiales de protección a los niños, niñas y adolescentes indígenas”.

“Indio de mierda, andá a la casa” 

U.E, de 18 años, denunció que durante su detención los funcionarios policiales lo hostigaron con manifestaciones racistas, como llamarlo “indio de mierda, andá a la casa”, lo que el juez García Veritá consideró una “conducta totalmente abusiva al ejercicio de sus funciones, a lo que posteriormente se sumaron los golpes ocasionados”.

En ese contexto, el magistrado dispuso un cese inmediato de cualquier acto de hostigamiento, y que ante la eventual detención del ciudadano, cualquiera sea el grado o fuero o instancia de la magistratura que ordenase tal privación, “se comunique inmediatamente al Ministerio Público de la Defensa, el Comité para la prevención de la Tortura, y la Guardia de Derechos Humanos de la Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Chaco”.

Además, corrió vista al Ministerio Público Fiscal ante la posible comisión de delitos de acción pública por parte de los funcionarios policiales involucrados.

 


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