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A través de una Carta Abierta, profesorxs, graduadxs y estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires señalaron que en el juicio contra la actual vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner ocurren sucesos de “gravedad para el estado de derecho y el funcionamiento del régimen democrático”. 

Jueves, 25 de agosto de 2022

 

Los/as profesores/as, graduados/as y estudiantes con representación en el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires agrupados en Unidad en la Diversidad queremos señalar la gravedad que tiene para el estado de derecho y el funcionamiento del régimen democrático puntuales sucesos que llegaron a conocimiento público y que ocurren en el juicio penal contra la principal dirigente política del partido de gobierno, ex presidente de la nación y actual presidenta del Senado.

Se conoció que el Tribunal Oral le privó a Cristina Kirchner su derecho a declarar luego que la Fiscalía solicitara una condena de 12 años de prisión y una inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos. No hay nada más claro en la ley que regula el debate oral que entre las facultades del imputado (art. 380), la primera es: “En el curso del debate el imputado podrá efectuar todas las declaraciones que considere oportunas, siempre que se refieran a su defensa”. No importa que Cristina Kirchner tenga un abogado defensor, lo que nunca un tribunal o juez puede hacer es privar de la palabra a la persona acusada cuando quiere rebatir una prueba o toda la acusación. Que este no esté garantizado en los tribunales federales del país es una grave lesión de un derecho individual y peligro que amenaza los derechos de mayorías.

Igual preocupación se extiende por el delito de asociación ilícita motivo de la acusación fiscal y de la gravedad de la pena solicitada. Se eligió una calificación jurídica cuestionada por la mejor doctrina nacional e internacional y se la aplicó a un gobierno. Ni en el juicio a las juntas de dictadores de 1976-1983, ni la Corte Suprema que la confirmó la sentencia aplicaron el delito de asociación ilícita, aunque se probara que unos de los objetivos del golpe cívico militar haya sido un plan sistemático de secuestro, torturas y asesinatos masivos contra una parte de la población nacional. El delito está en la ley, pero su aplicación siempre resultó arbitraria y, a veces, hasta irracional porque su contenido es lo suficientemente elástico para convertirse en un formidable instrumento de persecución política.

Pero fue la denuncia de parcialidad del tribunal que Juzga a Cristina Kirchner lo que más se publicó. Fotos del Fiscal que formuló la acusación junto a uno de los jueces que juzga a Cristina Kirchner miembros de un equipo de futbol que juegan en la casa particular del entonces presidente de la Nación Mauricio Macri. Se hicieron públicos otros documentos que prueban visitas de otro de los jueces a Casa de Gobierno durante la gestión de Macri. Indicios o sospechas de amistad entre fiscal y juez en el mismo proceso son motivo de apartamiento por inhibición o recusación. El art. 11 del Código Iberoamericano de Ética Judicial establece que el juez está obligado a abstenerse de intervenir en aquellos casos que se encuentra comprometida su imparcialidad o en lo que un observador razonable pueda entender que hay motivos para pensar así. Las fotos que se conocieron pueden no probar una amistad íntima, pero es razonable que se crea que esa relación existe. Del mismo modo que las reuniones de otro de los jueces con miembros del poder ejecutivo que constituye falta grave para la ética en la función judicial, conducta sancionada por el art. 1.3 de las reglas de Bangalore sobre Conducta Judicial (Naciones Unidas, 2019) que establece que un juez no sólo estará libre de conexiones inapropiadas con los poderes ejecutivo y legislativo y de influencias inapropiadas de esos poderes sino que también deberá tener apariencia de ser libre de las anteriores a los ojos de un observador razonable.

Privación del derecho a hablar en juicio, graves sospechas de alta de independencia judicial e imparcialidad y el uso de categoría jurídicas fáciles y ligeras para la criminalización y la persecución política constituyen una grave afectación al estado de derecho y una amenaza para el régimen democrático.

 

Profesores/as, graduados/as y estudiantes Directivo de la Facultad de Derecho de la de Unidad en la Diversidad en el Consejo UBA.

 

 


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