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Se trata de Martín Volman, hijo de una jueza de Resistencia, a quien se acusa por el delito de impedir el contacto de sus dos hijas menores con su ex pareja, Natalia Vallejos, durante el mes de marzo de 2022. La causa quedó radicada en el Juzgado Correccional Nº 2, a cargo de la jueza Natalia Fernández Floriani.

Sábado, 9 de julio de 2022

El juez de Garantías Nº 4 de Resistencia, Juan Carlos Codina, dejó firme la elevación a juicio correccional contra Martín Volman por el delito de “impedimento de contacto de hijos menores con padres no conviviente agravado”, que prevé una pena que va de los seis meses a los tres años de prisión. Fue a fines del mes de junio, luego de que los abogados defensores del imputado no se presentaran en la audiencia en la que debían fundamentar su oposición al requerimiento de elevación a juicio de la fiscal Nº 1 de Resistencia, Ingrid Wenner. La causa quedó radicada en el Juzgado Correccional Nº 2 de Resistencia, a cargo de la jueza Natalia Fernández Floriani.

En el requerimiento de elevación a juicio, la fiscal Wenner consideró que se encontraba acreditada la materialidad y la autoría del hecho incriminado y que desde el 3 de marzo de 2022, el imputado Martín Volman “impide dolosamente, ya sea en forma personal y/o telefónica, el contacto” entre sus hijas M.V., de 10 años, y M.V, de 5 años, con su madre no conviviente, Natalia Vallejos, “situación que continuó hasta el restablecimiento de contacto realizado por el Juzgado de Garantías en fecha 8 de abril del 2022”.

En sus fundamentos, la fiscal señaló que: “(…) se puede concluir que Volman en conocimiento de las consecuencias, ha obrado en forma ilegítima y con la voluntad de lograrlo, dificultando, obstruyendo y negando así de modo apreciable la posibilidad de contacto entre las menores M. V. y M. V. y su madre Natalia Carolina Vallejos, afectando con su acción severamente la relación materno filial con las menores”.

“Actitud incomprensible”

“En efecto, la valoración de las pruebas colectadas, son claras y concluyentes en cuanto acreditan que el progenitor en una actitud incomprensible, pero no por ello menos injusta, deliberada y reiteradamente provoca el desencuentro de la denunciante con las niñas, frustrando y truncando el legítimo derecho materno a ver y compartir aunque sea un tiempo con sus hijas, como así también de igual modo las menores a compartir afecto filial y disfrutar de la compañía de su progenitora, transformando el inculpado a los niños (de un modo inaceptable) en botín de guerra de las contiendas de la pareja”, advirtió la funcionaria fiscal.


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