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Se trata de Roberto Medina, exsubsecretario de Transporte. Así lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia tras rechazar el pedido de la defensa para que se le otorgue el beneficio de la prisión domiciliaria. Medina está procesado como partícipe necesario del delito de trata de personas por el caso de la Fundación “No me olvides”, en la que se obligaba a becarias del gobierno del Chaco a mantener sexo con personas ligadas al poder local bajo la amenaza de dejarlas sin trabajo.

Jueves, 23 de junio de 2022

Roberto Medina, exsubsecretario de Transporte.

El exsubsecretario de Transporte del Chaco, Roberto Medina, continuará preso en una celda común. Así lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia tras rechazar el pedido de la defensa del exfuncionario para que se le otorgue el beneficio de la prisión domiciliaria. Medina está procesado como partícipe necesario del delito de trata de personas por el caso de la Fundación “No me olvides”, en la que se obligaba a becarias del gobierno del Chaco a mantener sexo con personas ligadas al poder local bajo la amenaza de dejarlas sin trabajo.

La sentencia fue firmada el 16 de junio pasado por Miguel Aranda (conjuez) y Patricia García (jueza subrogante). Ricardo Osuna, abogado de Medina, había apelado la decisión de la jueza Federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, quien el 5 de mayo pasado rechazó otorgarle la prisión domiciliaria a Medina al considerar que los problemas de salud del exsubsecretario del gobierno de Domingo Peppo (EPOC, hipertensión arterial y cardiopatía) no revisten de gravedad y pueden ser tratados por los médicos que lo asisten dentro del Escuadrón 51 de Gendarmería, donde actualmente está preso y también en los diversos centros de salud de la ciudad.

Osuna cuestionó esta decisión de la jueza a la que tildó de “arbitraria por falta de fundamentación” e incongruente. Asimismo, remarcó que no existen riesgos procesales comprobados y que la prisión preventiva debe ser utilizada “como última ratio acorde a los principios de proporcionalidad y presunción de inocencia”.

En respuesta, el Fiscal General, Federico Carniel, acompañó los dichos de Niremperger y de Andreina Fossati, Defensora Coadyuvante en representación de la Defensoría Federal de Víctimas del Chaco, respecto de que las dolencias de Medina no revisten gravedad y añadió el hecho de que está muy próximo el juicio oral y resulta necesario “velar y resguardar la tranquilidad de las víctimas para que no sean molestadas o amedrentadas”.

“Luego de valorar las constancias obrantes en este incidente, no surgiría que la privación de la libertad que viene padeciendo Medina impida tratar adecuadamente sus dolencias en el lugar donde se encuentra alojado, ni ello ha sido adecuadamente rebatido por la recurrente, por lo que no se verifica que en el caso concurran los requisitos necesarios que autoricen la concesión de la prisión domiciliaria”, señalaron los jueces.

“Asimismo, y en punto a las condiciones personales del encausado, no deviene en un dato menor la gravedad del delito por el cual se encuentra imputado Medina, bajo el carácter de partícipe necesario en el delito de Trata de Personas con Fines de Explotación Sexual/Laboral Calificado por el uso de Violencia, Amenazas y Abuso de una Situación de Vulnerabilidad, porque las Victimas fueron más de tres y por la participación en el hecho de más de tres sujetos activos –Leyes 26.364 y 26.842de conformidad con lo previsto en los Arts. 145 bis y 145 Ter Inc. 1, 4 y 5 del Código Penal”, lo que resulta un factor negativo a efectos de ponderar lo solicitado, siendo dable destacar además que conforme surge de autos en fecha 24 de mayo del corriente año la Instructora ha dispuesto la clausura de la instrucción y la remisión de las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad. Por lo que tampoco se estima oportuna la morigeración prevista por el art. 210 del CPFN, pues corresponde al Tribunal Oral en lo Criminal Federal su evaluación a todo evento”, añadieron.

El juicio

Cabe recordar que el 30 de agosto pasado, el Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó a Elida Mambrín a 15 años de prisión por los delitos de trata de personas calificado por el uso de amenazas, por el uso de una situación de vulnerabilidad, por ser tres o más víctimas y por la participación en la comisión del delito de tres o más personas, en concurso real con abuso sexual simple y abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, en concurso real. Además, resolvió revocar la prisión domiciliaria de la mujer. En tanto, se condenó a Lorena Quintana, secretaria de la asociación civil “No me olvides” a tres años de prisión en suspenso como partícipe secundaria del delito de trata calificada.

Rolando “Kilo” Vallejo, el líder de la organización que se encargaba del reclutamiento y la explotación sexual de alrededor de 70 mujeres, se encontraba imputado por los mismos delitos que Mambrín pero fue encontrado ahorcado en su domicilio de la ciudad de Barranqueras a principios de mayo de 2020, luego de permanecer prófugo de la justicia por más de dos meses.

Durante el juicio oral, iniciado el 12 de agosto pasado, se pudo comprobar entre marzo de 2018 y marzo de 2020, las jóvenes eran reclutadas a través de la oenegé y eran “ofrecidas” a hombres vinculados a la política chaqueña a cambio de becas que eran otorgadas por distintos organismos del gobierno provincial a esa entidad sin fines de lucro.

Según la investigación, las víctimas tomaban conocimiento de la existencia de la asociación a través de otras mujeres ya becadas y de publicidad y avisos radiales que detallaban la dirección del lugar. Una vez que enviaban sus currículums, eran entrevistadas por Vallejo y Mambrín. En la selección tomaban en cuenta su apariencia física, situación sentimental y familiar. Se les indicaba que debían cuidar su imagen y estar siempre arregladas porque trabajarían para políticos.

Las chicas con ciertas características pasaban a formar parte de la asociación como socias activas, debiendo realizar un aporte de una cuota mensual de 300 pesos, que era para el pago del alquiler del local.

Imputación a Medina

Al momento de imputarlo y solicitar que se ordene su detención, el Fiscal, Patricio Sabadini, señaló que Medina, desde su condición de funcionario público, aprovechó su autoridad para coaccionar y presionar a las jóvenes becadas para que acepten las pésimas condiciones y maltratos a la que eran sometidas por los responsables de la ONG “No me olvides”, Rolando “Kilo” Vallejos y Élida Mambrín.

Dichas becadas prestaban funciones en distintas áreas de la subsecretaría de Transporte y Medina era quien certificaba la prestación de servicios para que la mismas puedan cobrar sus becas. Esto, claramente, evidenciaba la subordinación y dependencia laboral que existía.

Según el requerimiento de instrucción judicial, las victimas contaron que le informaron a Medina sobre los maltratos y amenazas que estaban sufriendo. Sin embargo, lejos de acompañarlas y denunciar lo ocurrido, este les dijo que debían “callarse la boca” si continuar.  Y que si no hacían lo que Kilo Vallejos les exigía, no iban a poder continuar y por lo tanto se iban a quedar sin sus becas. Es decir: sin el dinero que les ayudaba para subsistir.


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