El condenado abusó de su hijastra desde los 4 años en la localidad de El Sauzalito y ella lo pudo denunciar hace dos años, a los 23. La jueza de la Cámara Multifueros de Juan José Castelli, Alejandra Genovese, le impuso una pena de 20 años de prisión y ordenó su inmediata detención. En la sentencia, la jueza subrayó la necesidad de aplicar la perspectiva de género y llamó la atención al imputado y a su abogado defensor por sus dichos misóginos que revictimizaron a la víctima durante los alegatos.
Jueves, 16 de junio de 2022
La Cámara Multifueros de Juan José Castelli condenó esta semana a 20 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja desde los 4 años y hasta su adolescencia. Se trata del primer caso por abuso sexual en la infancia ocurrido en la zona de El Impenetrable que llega a una condena.
La víctima, que hoy tiene 25 años, radicó la denuncia en 2020 ante la Fiscalía Multifueros de Misión Nueva Pompeya por hechos ocurridos hace casi veinte años en la ciudad de El Sauzalito. Se enmarcó en la ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas (Nº27.206), que interrumpe los plazos de prescripción de los delitos contra la integridad sexual.
El juicio oral se inició el 28 de abril pasado en los tribunales de la ciudad de Juan José Castelli y el lunes 13 de junio la jueza Alejandra Genovese dio a conocer la sentencia condenatoria a 20 años de prisión y la orden de detención inmediata. Durante los alegatos, la abogada querellante de la familia Carolina Aquino, había solicitado una pena de 30 años de prisión, mientras que el fiscal de Cámara Fabricio Calvo, hizo lo propio pero por 18 años.
La perspectiva de género y el testimonio de la víctima como prueba
En la sentencia de 120 páginas, la jueza Genovese subrayó la necesidad de juzgar este tipo de hechos con perspectiva de género. “Nos hallamos ante situaciones de tal gravedad que por el ámbito y la forma en que se producen requiere ser tratadas de manera especial, analizando la cuestión conforme a las pautas que el caso requiere y los intereses que fueron vulnerados, con perspectiva de género”, señaló.
Además, como en otros casos en que se juzga este tipo de delitos contra la integridad sexual, la magistrada recalcó el valor probatorio que debe atribuirse al testimonio de la víctima, el cual luego debe complementarse con otras medidas durante la etapa de investigación.
No revictimización
Por otro lado, la jueza Genovese advirtió sobre los dichos agresivos y misóginos del imputado y de su defensor particular, Pablo Madzarevich, durante las audiencias del juicio oral. “Es evidente que, no obstante los tratados internacionales suscriptos por nuestra Nación y legislación vigente, aún es necesario recordar que se debe proteger a la víctima y evitar su revictimización”, sostuvo la jueza. En ese sentido, subrayó que “estos dichos de la defensa y del imputado claramente están colmados de misoginia”.
Así, recalcó que “debe quedar claro que una visión de género en el proceso, no es óbice del resguardo del derecho de defensa, sino que deben coexistir en los operadores y auxiliares de la justicia una constante capacitación sobre el abordaje de los casos de ASI y género, para evitar estos planteos por parte de la defensa”.