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El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi sobreseyó al ex presidente Mauricio Macri y los jueces de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos en la causa que investiga la Operación Olivos, revelada por el portal El Destape, y lo justificó alegando que “no existe prueba alguna que indique la comisión de un hecho típico, antijurídico y culpable que pueda ser reprochado”.

Jueves, 2 de junio de 2022
Borinsky y Hornos, siempre juntos

Por Néstor Espósito 

El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi sostuvo que no existieron las reuniones entre el ex presidente Mauricio Macri y el juez de la Cámara Federal de Casación Mariano Borinsky, que el propio Borinsky reconoció ante sus colegas. Y que otro juez del máximo tribunal penal, Gustavo Hornos, se reunió sólo tres veces con Macri, no se sabe para qué, pero existe “certeza negativa” de que hubiera sido para direccionar fallos judiciales.

El fallo que sobreseyó a los dos jueces y al ex presidente es un compendio de apreciaciones de esa naturaleza, más propias de un abogado defensor de un imputado que de una resolución judicial. Menos aún: un abogado defensor no se habría animado a desmentir un hecho que su propio cliente hubiera reconocido. Martínez de Giorgi lo hizo: “no se corroboró la concurrencia de Mariano Borinsky a la Quinta Presidencial de Olivos, ni a la Casa Rosada, en ninguna de las fechas mencionadas en la denuncia en su contra”.

Cierto es que Borinsky suele relacionarse con mucha gente a partir del deporte. Sin ir más lejos, también jugaba al paddle con la ex ministra de Justicia Marcela Losardo, claro que cuando no ocupaba ese cargo. Pero el fallo (que fue firmado el 28 de abril pasado pero se mantuvo oculto hasta ayer) sostiene que no hubo paddle. “Por la prueba obtenida a través de fuentes oficiales (informes elaborados por la Casa Militar) sólo pudo probarse la efectiva asistencia del Dr. Mariano Borinsky a la quinta presidencial de Olivos en dos ocasiones (los días 5 de mayo de 2017 y 7 de mayo de 2018)”. Sólo eso. Sin embargo en la denuncia, basada sobre “el pedido de información pública realizado por la Fundación Poder Ciudadano y el medio periodístico El Destape” –según consigna el propio fallo- se consignaron 18 reuniones: 16 en la Quinta de Olivos y dos en la Casa Rosada.

En cuanto al juez Hornos, “de todas las fechas cuya concurrencia a encuentros con Mauricio Macri se le atribuyeron, registró visitas tres días”. La documentación que fundamentó la denuncia habla de seis encuentros.

El fallo habla de “las reuniones cuestionadas” y asevera que fueron “inexistentes en su mayoría”. Para Martínez de Giorgi, “la información relacionada con el acceso de los jueces a ambos domicilios puede considerarse fidedigna y sin margen de error”.

El juez llegó a esa conclusión pese a que dos testigos, Lucas Sebastián Platini, de la Dirección de Tecnología Informática y Telecomunicaciones de la Subsecretaría de Comunicación de la Secretaría General de la Presidencia durante la de Macri, y el capitán y Jefe de la División Asesoría Jurídica de la Casa Militar de la Presidencia, Javier Hermes Acuña, describieron una metodología por todos lados falible para el registro de las visitas: sistemas informáticos simultáneos, anotaciones a mano, registros en papel que luego eran volcados a un Excel y autorizaciones personales coexistiendo y superponiéndose todo el tiempo. El propio juez, que consideró que la información sobre ingresos y egresos fue “fidedigna y sin margen de error”, dejó asentado en su fallo la existencia de “un sistema de registro de accesos de visitas a las distintas residencias oficiales, de diversa naturaleza. En algunos casos informáticos, en otros escritos y, finalmente, verbales, aunque estos últimos luego eran incorporados manualmente”.

La denuncia, impulsada por legisladores del Frente de Todos, sostenía como hipótesis delictiva que las reuniones entre Macri y los jueces (que entre otros fallos, reabrieron la Causa Memorando, la denuncia del difunto Alberto Nisman que había sido cerrada en tres oportunidades) “fueron la ocasión para una influencia indebida para la resolución de casos judiciales”. Martínez de Giorgi respondió: “llevada a cabo la investigación de los hechos denunciados y valorada la prueba reunida, fuerza concluir que no se han obtenido evidencias que avalen lo afirmado en la denuncia”.

“Todo aleja la posibilidad de afirmar que dichos encuentros, entre el ex presidente de la Nación y el juez, fueron la ocasión para una influencia indebida por parte de Macri para la resolución de casos judiciales”.
Las razones del sobreseimiento del juez Hornos, específicamente, también muestran un razonamiento curioso. Martínez de Giorgi reconoció en su fallo que “sobre los motivos de los encuentros de esos tres días no existe justificación alguna, ni actividad pública oficial que los explique”. Pero en el párrafo siguiente concluyó que “sin embargo, tampoco se obtuvieron evidencias, constancias documentales ni registros acerca de su contenido, situación que impide atribuirles valor determinado, y menos aún darle una connotación ilícita acorde a los términos, finalidad y encuadre legal que se indicó en la denuncia”. Dicho de otro modo, no se sabe a qué fue, pero es seguro que no fue a arreglar ningún fallo a favor del gobierno de Cambiemos y en contra de dirigentes de la oposición política de entonces.

“No fue explicado en la denuncia ni se obtuvieron pruebas, acerca del modo en el que la sola presencia del Dr. Hornos en una reunión con el entonces presidente de la Nación pudo haber involucrado la voluntad de los restantes integrantes del tribunal que emitió los pronunciamientos que se cuestionan”, sostuvo Martínez de Giorgi. Hornos fue hasta el año pasado presidente de la Cámara Federal de Casación, el tribunal penal más importante del país.

El fallo tiene también un costado un tanto culpógeno, ya que deja abierta la posibilidad de que tanto Hornos cuanto Borinsky sean juzgados por el Consejo de la Magistratura. La fiscal Alejandra Mángano –quien apeló los sobreseimientos- había abierto aquella puerta cuando impulsó la investigación penal, “más allá de las cuestiones atinentes a la ética y el decoro que debe guiar el desempeño de las funciones que ambos denunciados desempeñan o han desempeñado, cuya evaluación corresponde a otras instancias institucionales previstas legal y constitucionalmente”.

Martínez de Giorgi la dejó abierta. “La ausencia de pruebas relevantes en materia penal, no impide que la cuestión sea ventilada en el ámbito institucional propio en el que debe analizarse la eventual responsabilidad política de los magistrados”.

 

Fuente: Tiempo Argentino 

 


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