¿La psicología puede colaborar en la selección de los mejores postulantes de un jurado? David Martínez, psicólogo forense, con experiencia como asesor en juicios por jurados en el Chaco, dice que sí. “Un mal jurado es uno en donde todos piensen parecido”, asegura en esta entrevista con LITIGIO. Y profundiza: “Lo que más conviene es uno heterogéneo, que promueva el debate”.
Viernes, 6 de mayo de 2022
Por Bruno Martínez
Una cuestión previa al inicio de cualquier juicio por jurados es la selección de las personas que lo integrarán. ¿Cómo hacer para evitar a aquellos que vienen con prejuicios, demasiado influenciados o con una posición ya tomada? ¿Se puede hacer algún aporte desde el campo de la psicología para encontrar el mejor camino en esta búsqueda? ¿Conseguir esa “sintonía fina” para detectar cuestiones de la personalidad que a simple vista son indetectables?
David Martínez, psicólogo forense, con distintas especializaciones bajo el brazo y con experiencia como asesor en juicios por jurados en el Chaco, dice que sí, que la psicología lo puede hacer.
Es una tarde fresca de abril en el macrocentro de Resistencia. Al consultorio de Martínez se accede luego de subir por una escalera y atravesar un pasillo. El piso de esta oficina es de parquet. Las paredes están bastante despojadas, apenas adornadas con algunos títulos y certificados. Hay una computadora encendida, papeles acumulados, una biblioteca modesta.
Martínez nació en la Ciudad de Buenos Aires hace 50 años. Se recibió en la UBA como psicólogo, donde hizo su especialización en psicología forense. También es especialista en psicoterapia cognitiva y magíster en Ciencias Criminológicas. En 2014, se mudó a Resistencia. Actualmente es docente de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) y de la Universidad de la Cuenta del Plata. Vive con su esposa, abogada.
―¿Cuándo comenzó tu inmersión en el mundo judicial?
―Cuando vine a vivir al Chaco arranqué por el fuero civil, con todo lo que es pericia por daños y perjuicios y después paulatinamente me fui incorporando al fuero penal, que es el que más me interesa. Básicamente con la asistencia de los letrados en los testimonios e Cámara Gesell. Siempre me pareció que en el fuero penal estaba la oportunidad de aplicar la teoría de la psicología del testimonio. Es un lugar privilegiado para poder observar.
―¿Psicología del testimonio?
―Sí. Es la utilización de principios psicológicos a la evaluación de la credibilidad del testigo, que puede ser adulto o un niño. En Cámara Gesell siempre son niños, por disposiciones legales. En un primer tiempo no era tan frecuente que un psicólogo esté junto al abogado evaluando el testimonio, pero poco a poco eso se fue haciendo más frecuente. De todas maneras, los psicólogos que hacemos esa actividad somos muy pocos.
―¿Siempre trabajando como perito de parte?
―Si, porque la fiscalía tiene su propio equipo que son los psicólogos del Poder Judicial.
―¿Se puede evaluar la credibilidad de un testimonio solamente escuchando a una persona?
―Evaluar la credibilidad del testimonio es aplicar una metodología de análisis. Es un análisis del discurso, hay procedimiento para ese trabajo. Hay que observar el testimonio, luego el video, luego analizar la transcripción de ese testimonio, y a partir de la aplicación de una serie de criterios se hace una aproximación sobre qué tan creíble es ese testimonio o no. Creíble no significa que sea falso o verdadero respecto a la verdad material, pero sí es una aproximación respecto de ver si hay inconsistencias o incoherencias en cuanto a su contenido.
―Un indicador más.
―Claro. Permite ver si ese relato es producto de una vivencia real, si fue inoculado por alguien más, en un proceso de influencia. Si se acusa a una persona para encubrir a otra. Si se trata de un error. Hay experiencias que pueden ser interpretadas erróneamente. Todas esas cuestiones son evaluadas por el psicólogo.
―¿Cómo llegaste a los juicios por jurados?
―Fue un poco imprevisto, porque de mis intervenciones en la Cámara Gesell, sobre todo en intervenciones por casos de abuso sexual, yo participaba en una instancia donde se estaba produciendo la prueba. El tiempo pasó y después llegaron los juicios. Entonces los abogados empezaron a solicitarme que participe como testigo. En ese intercambio, empecé a ver lo que era la selección de jurados. Yo también soy docente universitario y doy psicología forense. Entonces como proyecto de pasantía en la UCES empezamos a abordar la problemática del jurado. Cómo se lo selecciona. Y ahí me comencé a involucrar con mayor profundidad respecto de cuáles eran los requerimientos y desafíos que afrontaba el abogado al momento de desechar un candidato. Y de qué manera podíamos asistir o auxiliar desde la psicología para hacer una buena elección. Es terriblemente complejo el tema porque son 60 o 70 personas que uno no conoce y, a partir informaciones muy fragmentarias, tenés que armar un perfil que permita al abogado tomar una decisión: si recusar o no.
***
La Constitución Nacional contempla los juicios por jurados desde 1853, pero recién en los últimos años comenzaron a implementarse en provincias como el Chaco, Córdoba, Buenos Aires, Entre Ríos, Neuquén, San Juan, Mendoza, Chubut, Río Negro y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿En qué consiste el juicio por jurados? Este sistema establece que un grupo de ciudadanos debe definir si existió un delito y si el acusado es culpable o no. El tiempo o monto de la pena (en caso de juicios civiles) lo define un juez técnico en una audiencia que se denomina “de cesura”.
En el Chaco existen dos leyes que lo regulan: la 2364-B, sancionada en 2015, para los juicios penales y la 3325-B, aprobada en 2020, para los litigios civiles y comerciales. Esta última es una normativa de vanguardia, la primera en su tipo en Latinoamérica.
Los juicios por jurados penales se realizan para casos muy graves. En el Chaco, deberán ser juzgados por este sistema los delitos que tengan previstos en el Código Penal la pena de reclusión o prisión perpetua. También se establecen para homicidios (con o sin atenuantes), robos que derivan en muertes no intencionales; abusos sexuales agravados y corrupción de menores.
En tanto que los juicios civiles por jurados deberán realizarse en los casos de responsabilidad civil extracontractual individual y cuando se hayan afectado derechos colectivos, sea que tengan por objeto bienes colectivos o intereses individuales homogéneos.
El juicio civil por jurado se llevará a cabo si se reclama un monto superior a los 150 Salarios Mínimos, Vital y Móvil (actualmente, casi 6 millones de pesos), excepto que en el caso estuviesen en juego el derecho a la libertad de expresión, pensamiento, religión, conciencia o no discriminación. En estas situaciones, no hace falta un monto pecuniario mínimo exigido por la parte demandante.
Si bien aún no se hicieron experiencias civiles en el Chaco, sí se realizó un simulacro en septiembre del año pasado. El debate se centró en la responsabilidad de una empresa que realizó un desmonte ilegal con el objetivo de utilizar esas tierras para sus negocios. El jurado declaró culpable a la empresa responsable en forma total de los daños ocurridos y se la condenó a una indemnización por recomposición ambiental por el monto de más de 171 mil millones de pesos.
***
―Hay un cuestionario que previamente completan los candidatos al jurado. ¿Qué aporte le hace la psicología a ese formulario armado con antelación?
―No hay un formulario estándar. Es un formulario que se hace para cada juicio, a medida, dependiendo del caso que se vaya a ventilar en el debate. El aporte de la psicología es básicamente cómo preguntar y explorar determinadas áreas psicológicas, sobre todo en el sistema de creencias del potencial jurado. Cómo aproximarnos a esa información y después cómo interpretarla. Esa sería la asesoría que hacen los psicólogos. Por ejemplo, si yo quiero saber si mujeres y varones castigan con igual severidad un delito sexual. Sabemos que las mujeres tienen una posición mucho más dura que los varones cuando se trata de delitos sexuales, sobre todo si involucra a menores de edad. Con esa información, orientamos las preguntas para explorar determinadas cuestiones de los potenciales jurados.
―Todo esto enmarcado en los intereses de tu representado o de quien te contrata, en este caso.
―Exactamente. Puede ser la fiscalía o la defensa. Ambas partes van a tener su teoría del caso. Y en función de esa teoría de caso van a haber jurados que les pueden ser más afines o más hostiles. Entonces la selección gira por ese lado.
―¿En qué momento considerás que se está frente a un “buen jurado”?
―Un mal jurado sería un jurado demasiado homogéneo, con personas que piensan muy parecido.
―¿Por qué?
―Porque entre un jurado muy homogéneo, la deliberación, el debate y el intercambio de ideas va a estar disminuido. Y se van a concentrar más en el veredicto que tienen que dar, que en el debate o presentación de las pruebas porque todos piensan parecido. Si es demasiado homogéneo, el debate se empobrece: como todos pensamos igual, entonces se resuelve rápidamente. Lo que más conviene es un jurado heterogéneo que promueva el debate. Y que dentro de ese jurado heterogéneo haya personas que estén dispuestas con una actitud de poder debatir y sostener su posición. Habría que evaluar qué capacidad de liderazgo tienen los integrantes de ese jurado porque hay personas que por sus características de personalidad se van a inhibir de decir lo que creen y van a adherir a la posición mayoritaria. Y en un sistema en donde se exige unanimidad para arribar a una sentencia, el hecho de que un jurado se quede callado, complaciente con la mayoría, esto es de vital importancia. Ahí hay otra variable a tener en cuenta.
***
El jurado debe tener paridad de género. De los doce titulares, seis tienen que ser mujeres y seis varones. Además, debe elegirse, como mínimo, dos suplentes. ¿Cómo se los selecciona? Por sorteo partir de una lista elaborada por el Ministerio de Gobierno de la provincia sobre la base del padrón entre todos los ciudadanos de entre 25 y 65 años. Deberán tener estudios primarios completos y una residencia en la provincia de no menos de cuatro años.
Cuando se juzgue un hecho en donde el acusado y la víctima pertenezcan al mismo pueblo indígena Qom, Wichi o Moqoit, el panel estará obligatoriamente integrado en la mitad por hombres y mujeres de su misma comunidad de pertenencia.
Ser jurado constituye una carga pública: si uno es convocado, no puede renunciar. Sin embargo, pueden excusarse en ciertos casos como, por ejemplo, problemas de salud o la muerte reciente de algún familiar.
¿Quiénes no pueden ser jurados? Los integrantes de fuerzas de seguridad, funcionarios electos o empleados del Poder Judicial, ministros de algún culto reconocido, abogados, escribanos o procuradores, el Fiscal de Estado, el Contador y Tesorero General, el Fiscal de Investigaciones Administrativas, el presidente y los vocales del Tribunal de Cuentas y los Defensores del Pueblo titular y adjunto, tanto de la provincia como de los municipios.
***
―¿En cuántos juicios por jurados participaste en el Chaco?
―Tres.
―¿Encontraste alguna característica común en los jurados que evaluaste en la provincia? ¿Una actitud o patrón que se repita?
―Un patrón positivo que encontré es que en general son personas que están dispuestas a considerar todos los elementos que les propongan las partes. Eso es muy bueno. Sí hemos notado que también están atravesados como todos con distintos tipos de estereotipos, preconceptos, prejuicios y creencias muy establecidas. Ahora bien, cómo inciden estos estereotipos y prejuicios al momento de la deliberación todavía es algo que los investigadores aún no lo conocen bien. Uno puede determinar el perfil de una persona, decir que es más conservador, autoritario, progresista, más abierto o más cerrado, pero ese es el perfil individual. Ahora, cuando a esa persona la ponés a funcionar en un grupo la ecuación cambia. Se producen fenómenos nuevos que no tienen que ver con el individuo sino con la dinámica grupal: liderazgo, influencia, conformidad, polarización de opiniones. Ahí se complejiza.
―¿Los chaqueños tienen ganas de intervenir en las cuestiones judiciales?
―Sí, eso sí. Y todas las personas que han participado como miembros del jurado, son personas que tienen el sentimiento de una mayor conciencia ciudadana, mayor involucramiento. Esto está estudiado. Este por otra parte es uno de los objetivos del juicio por jurado, que es democratizar el servicio de justicia.
―Hay abogados y abogadas, incluso funcionarios judiciales, que dicen que es peligroso darle a personas que no saben de derecho el poder de condenar o absolver a alguien. ¿Coincidís?
―Esa es una objeción que tiene el juicio por jurado, en como valorar las pruebas. Pero ¿qué dice la evidencia? Al comprar las sentencias a las que han arribado jueces técnicos y los veredictos a los que arribaron jurados populares, hay casi un 80% de coincidencia y en los casos en los que no hay coincidencia, el jurado popular fue más benévolo en favor del acusado. Esto fue muy estudiado en Estados Unidos. Con lo cual el argumento de que un jurado lego no estaría en condiciones de interpretar la información que se pone a su consideración, no tendría una base empírica, sería más un prejuicio que una realidad.
―¿Qué influencia tienen los medios de comunicación en el jurado?
―Eso es un aspecto al tener muy en cuenta al momento de hacer la selección, porque obviamente cada medio, cronista, cada línea editorial, sobre todo en juicios muy mediáticos plantea una posición. Y eso es un factor de influencia y de presión social respecto de las opiniones que va a dar una persona. Hay que tener en cuenta que las personas no tienen un acceso directo a la realidad, sino que lo hacen básicamente a través de los medios. Y ahí explorar qué tipo de medios consume, si redes sociales, páginas web, diarios y con qué línea editorial.
―¿Puede ser motivo de recusación?
―Si. Todo aquello que pueda torcer el objetivo de entendimiento de la prueba puede ser motivo de recusación. Pero eso es tarea de los abogados como fundamentar esa recusación.
―Es decir que hay un rango de prejuicios aceptable, cierto sesgo que se tolera.
―Exacto. Supongamos que estás interrogando a un potencial jurado y dice: “Bueno, yo leí lo que se decía en el diario y la verdad es que estoy de acuerdo en que se lo considere culpable”. Tiene una posición ya tomada. Eso sería un motivo de recusación, o por lo menos yo lo observaría.
―Sin embargo, sospecho que una posición tan taxativa se suele ocultar si es que la persona, aun teniendo ese prejuicio, no quiere ser recusado. ¿Se puede detectar ese enmascaramiento de la opinión?
―Eso se llama “deseabilidad social”. Se conoce ese fenómeno que es cuando las personas tienen una íntima convicción y una convicción pública. La deseabilidad social hace que den respuesta con las que creen que son las más adecuadas. Supongamos que yo pienso que está bien tener armas en mi casa para defenderme, pero si en el entorno en el que estoy interactuando todos descalifican esta conducta, es altamente probable que yo maquille un poco mi respuesta o que directamente dé una respuesta falsa. Y eso hay que sondearlo. No es fácil detectarlo.
***
La elección definitiva de los 12 miembros del jurado se realiza en una audiencia previa al juicio denominada voir-dire. En un trabajo realizado por los abogados Héctor Granillo Fernández y María Justina Granillo Fernández (“El juicio por jurados y la audiencia de Voir Dire”), se aclara que, opuestamente a lo que se suele pensar, en esta audiencia las partes no eligen a quienes observen que están más dispuestos a fallar su favor. Al contrario, debido al poco tiempo con el que se cuenta, el objetivo de esta audiencia es justamente eliminar a quienes se muestran reacios a internalizar su teoría en el caso.
En el Chaco, para declarar culpable a una persona, debe haber unanimidad de los miembros del jurado. En caso de no llegar a un acuerdo, se puede declarar “estanco” y podrá juzgarse nuevamente ante otro jurado.
***
―Hace pocos días participaste como asesor del Ministerio Público de la Defensa en un juicio por jurados. ¿Cómo surgió esa convocatoria?
―El contacto era el convenio de pasantías que hay entre la UCES y la Defensoría General.
―¿Para qué te llamaron?
―Para colaborar junto a los pasantes en el proceso de selección de jurados.
―¿Qué viste en ese proceso de selección del jurado?
―Vi un procedimiento muy vertiginoso. En un período de tiempo muy corto de pocos minutos y pocas horas, había que procesar mucha información. Había 60 personas convocadas, por supuesto que algunas no fueron por diversas razones, pero había que procesar mucha información. Y ahí pude advertir que eso es una falencia del sistema porque no se pueden tomar decisiones racionales con tanta prisa y con tan poca información. Imagínate que, con un set de preguntas, que a lo sumo son 8 o 10, hay que formarse una idea de qué se trata la vida de esa persona y como piensa. Eso es bastante difícil.
―Pero se logró un jurado que conformó a las partes.
―Sí, entiendo que se respetaron todas las garantías que tienen las partes para recusar, con causa o sin causa. En ese sentido fue un buen jurado.
―¿Y qué te quedó de esa experiencia?
―Que es algo fascinante. A mí me quedaron muchas ganas de seguir investigando cómo construir un instrumento que permita recoger toda esa información, procesarla y devolver una información que sea útil para las partes, para el abogado que está litigando. Es un desafío mayúsculo porque hay muchísimas variables que están en juego. Esta, la variable organizacional del tiempo, la manera… por ejemplo, hay preguntas que se hacen a viva voz y se le pide al jurado que levante la mano. “¿Quiénes de ustedes sufrió un delito de robo?”, se le pregunta. Entonces levantan la mano. Y después se le repregunta: “¿Quiénes opinan que eso está muy mal?”. Cuando las opiniones son colectivas, los psicólogos sabemos que generan fenómenos de masa. Es decir que las personas pueden levantar la mano aun cuando no están de acuerdo. La levantan porque todos lo hacen. Entonces es muy rico ese proceso en término de fenómeno psicológico para estudiarlo, que está poco estudiado en nuestro país.
―El juicio por jurados, ¿es un buen sistema?
―Para mí es el mejor sistema del cual podemos disponer. Perfectible, por supuesto. De todas formas, mi opinión hay que tomarla con pinzas, porque no soy abogado. Me parece que, en la lógica de los adversarios, defensa y fiscalía, en ese choque, se produce el hallazgo de la verdad jurídica. Cada uno, en igualdad de condiciones, intentando probar su punto. Y un jurado imparcial y objetivo tomando la decisión de culpabilidad o inocencia. Para mí es el mejor sistema porque es público, porque todos pueden ver cómo se desarrolla. El hecho de poder tomar contacto directo con el testigo, con las pruebas, con los argumentos, me parece muchísimo mejor que el sistema escritural. Con el sistema escritural la justicia es algo que ocurre allá, no sé dónde, en la intimidad del expediente y nadie se entera.