El Consejo de la Magistratura del Chaco declaró desierto el concurso para la Defensoría Oficial Nº 4 de Presidencia Roque Sáenz Peña por considerar que el único postulante que alcanzó el nivel de excelencia no reunía las condiciones “éticas y morales” exigidas para ocupar ese cargo. El concursante judicializó la decisión, lo que ahora fue rechazado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Miércoles, 4 de mayo de 2022
Por Brian Pellegrini
Un fallo de la Sala Primera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo decidió rechazar in límine una acción de amparo y una medida cautelar del defensor oficial provisorio Rubens Aguirre, quién pretendía que se declare nula la resolución del Consejo de la Magistratura del Chaco que declaró desierto el concurso de antecedentes y oposición para el cargo de Defensor Oficial Nº 4 de la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña y decidió abrir un nuevo concurso.
La sentencia, que da a conocer LITIGIO, fue dictada el 26 de abril pasado, y lleva las firmas de las juezas Geraldine Varas y Natalia Prato.
En los fundamentos, las magistradas citaron como antecedente un reciente fallo del Superior Tribunal de Justicia del Chaco en un caso similar mediante el cual se ratificó lo actuado por el Consejo de la Magistratura que también había declarado desierto un concurso y convocado a otro. En ese contexto, señalaron que “por razones de economía y celeridad procesal es necesario adoptar el criterio sustentado por el Alto Cuerpo, a fin de evitar dispendio jurisdiccional y por razones de seguridad jurídica, porque no se vislumbran circunstancias novedosas o motivos que justifiquen apartarse de lo resuelto por dicho Tribunal”.
“Nuestra intervención judicial en este caso debe quedar circunscripta a ejercer el control de legalidad y razonabilidad de los actos emitidos en el marco de los respectivos procedimientos y verificar si se han producido transgresiones de suficiente nitidez y gravedad”, explicaron las magistradas en sus fundamentos , y consideraron que en el caso no mediaba “un apartamiento inequívoco del marco legal y reglamentario vigentes que determinen la revisión judicial de lo actuado por el Consejo de la Magistratura en este caso”.
Además, las juezas Varas y Prato subrayaron que “lo que está claro es que el Sr. Aguirre no logró el consenso político necesario en los términos del artículo 8 de la ley 24-B para ser propuesto por el Consejo de la Magistratura a fin de cubrir en carácter de titular el cargo de Defensor Oficial Civil Nº 4 de Saenz Peña”.
El caso
Aguirre había judicializado la decisión del organismo que resolvió no proponerlo para el cargo, a pesar de haber sido el único concursante que alcanzó el nivel de excelencia en el concurso. Fue luego de que expusiera públicamente a un niño y a una niña a quiénes pretendía adoptar, lo cual finalmente no se concretó y generó numerosas críticas en la ciudad de Sáenz Peña y la impugnación del Colegio de Abogados local. Entre los siete consejeros, su postulación cosechó tres votos negativos y cuatro abstenciones.
En primer lugar, fue el consejero Roberto Pugacz quién, en representación del Colegio de Abogados de Sáenz Peña, decidió votar en forma negativa por considerar que no reunía “las condiciones éticas y morales adecuadas para desempeñar un cargo tan trascendente como es el Defensor Oficial”. En ese sentido, fundamentó que “toda conducta de un funcionario judicial debe respetar los Derechos Humanos, mucho más aun los Derechos del Niño cuando se ven comprometidos y en juego, y que el Dr. Rubens Aguirre no lo ha hecho con relación a dos niños/as”.
Al voto negativo de Pugacz, adhirieron las consejeras Marcela González y María de las Mercedes Pereyra, quién además consideró que “en el tiempo que se desempeñó en ese cargo, no pudo lograr el aval y el consenso de los profesionales del derecho de la comunidad en la que se desempeña”.
Por su parte, la consejera Emilia Valle reconoció las “condiciones técnicas, experiencia y formación” de Aguirre; no obstante, advirtió que “los hechos de público y notorio conocimiento, a raíz de presentaciones del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial del Chaco y noticias periodísticas” la llevaron a la decisión de abstenerse.
Aunque admitió que se trataría de circunstancias de la vida personal del funcionario, Valle subrayó que “las mismas han tomado estado público, trascendiendo la esfera privada, las cuales refieren a exigencias y conocimientos especiales que debe revestir un funcionario de la Defensa Pública, particularmente, en el fuero de Niñez, Adolescencia y Familia, cuya sensibilidad debe ser mayor, ámbito en el cual el postulante tiene cursos y posgrados específicos –los cuales había meritado para su propuesta provisoria-. Esas exigencias y conocimientos especiales que debe poseer el funcionario se han puesto en crisis ante la innecesaria y prematura exposición de la niña y el niño sujetos a guarda pre-adoptiva, justamente, cuando el propio postulante, conoce y debió prever -por su específica preparación en la materia- que, como cualquier relación humana, la vinculación podía fracasar, situación que, a la postre, sucedió”.
En un tono similar lo hizo la presidenta del Consejo de la Magistratura y ministra de Seguridad y Justicia, Gloria Zalazar, quién también votó por la abstención, postura a la que también se sumaron los diputados Carim Peche y Jessica Ayala.