Compartir

El juez de Transición y Garantías Nº 4, Juan Carlos Codina, resolvió abrir una investigación sumaria sobre la actuación de sus pares, que fueron denunciados penalmente por abuso de autoridad y prevaricato. En caso de encontrar elementos que corroboren las denuncias, podría solicitar el desafuero de ambos para proseguir con la acusación formal y poder citarlos a prestar declaración de imputados. 

Martes, 26 de abril de 2022

El juez de Transición y Garantías Nº 4 de Resistencia, Juan Carlos Codina, abrió una investigación sumaria contra sus pares Juan Pablo Lubary, del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 3, y Cynthia Lotero de Volman, del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 5, quiénes fueron denunciados por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato e impedimento y obstrucción de contacto de menores con su madre no conviviente, todo en un contexto de violencia de género.

Así lo resolvió el juez Codina ante el requerimiento del Equipo Fiscal Nº 3 de Resistencia, teniendo en cuenta que los denunciados cuentan con inmunidad que impide que sean citados a declarar como imputados. Es en el marco de la denuncia penal formulada por la odontóloga Natalia Vallejos, para quién ambos jueces habrían cometido una serie de delitos para impedir que pueda ver a sus dos hijas de 10 y 5 años durante más de un mes. Por esos hechos, también denunció a ambos ante el Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento.

El juez Codina citó a la denunciante para el lunes 2 de mayo, a las 8, para firmar el acta en la que se constituirá como querellante en la causa y para luego prestar declaración testimonial. En ese contexto, el magistrado libró una serie de oficios a los juzgados de Niñez, Adolescencia y Familia que intervinieron en las presentaciones cruzadas que realizó tanto Vallejos como su ex pareja, Martín Volman, y su ex suegra, la jueza Lotero de Volman.

Cuando los denunciados son jueces

En su artículo 19, el Código Procesal Penal del Chaco establece que en casos como éste, primero, un juez competente deberá llevar adelante una investigación sumaria que no vulnere la inmunidad de los imputados. Es decir, durante esta etapa no podrán ser citados a declaración de imputados y tampoco pueden ser detenidos. La investigación sumaria no podrá exceder de tres meses, bajo pena de caducidad.

El mismo artículo 19 señala que “cuando hubiere motivo bastante para sospechar que el imputado ha participado en la comisión del hecho punible, se solicitará el desafuero, juicio político o enjuiciamiento ante quien corresponda, acompañando copia de las actuaciones y expresando las razones que lo justifiquen”.

En caso de producirse el desafuero o la destitución, el Juez dispondrá la investigación jurisdiccional correspondiente o dará curso a la querella. En caso contrario, declarará por auto que no se puede proceder y archivará las actuaciones.

Nota relacionada:

Dos jueces chaqueños denunciados ante la justicia penal y el Consejo de la Magistratura


Compartir