El Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco pidió al Superior Tribunal de Justicia que analice la intervención del médico forense de Sáenz Peña en la primera autopsia al cuerpo de Leandro Bravo, fallecido mientras se encontraba bajo custodia policial. En base a una segunda autopsia, se concluyó que fue asfixiado hasta su muerte y cuatro funcionarios policiales fueron imputados por tortura seguida de muerte.
Lunes, 18 de abril de 2022
El Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco solicitó al Superior Tribunal de Justicia que analice el accionar del médico forense de la IV Circunscripción Judicial, Hugo Adolfo Rodríguez, quién realizó la primera autopsia sobre el cuerpo de Leandro Bravo, muerto en custodia policial el 26 de febrero último. Fue tras los contundentes resultados de la reautopsia que determinaron que el cuerpo de Bravo presentaba evidencias de que fue asfixiado por los funcionarios policiales provocando su muerte.
Este elemento clave, al que se sumaron numerosos testimonios incorporados a la causa llevaron a la fiscal Slusar a imputar a cuatro agentes policiales por el delito de presunta tortura seguida de muerte y dictarles la prisión preventiva.
Durante la conferencia de prensa donde la parte querellante dio a conocer los resultados de la reautopsia, la prestigiosa perito forense Virginia Creimer fue categórica al calificar de “delictual” la actuación de quienes intervinieron durante la primera autopsia no solo por “no encontrar” ninguno de los signos de las torturas sino porque además habrían hecho constar falsamente que se analizaron partes del cuerpo cuando no fue así, lo que hubiera inducido a quienes llevan adelante la investigación a llegar a conclusiones absolutamente erróneas sobre las causas de la muerte de Bravo. Falsificando así, las verdaderas causa del fallecimiento y dirigiendo la causa hacia la impunidad para los miembros de la fuerza policial.
Vale recordar que la reautopsia fue practicada el 25 de marzo último, bajo la dirección de la titular del IMCIF del Poder Judicial, Gabriela Lamparelli, más los peritos de las partes. Los resultados fueron por demás esclarecedores, al aplicarse el Protocolo de Minnesota para casos de muertes de persona bajo custodia estatal.
Las críticas de Creimer: “Esto no es una cuestión inocente”
“Si llegamos a una reautopsia es porque la primera tuvo falencias pero no imaginábamos que las falencias iban a ser tan graves y que, de hecho, iban a aparecer falsedades ideológicas dentro de la primera autopsia, sin embargo las encontramos”, explicó la perito de parte por el Comité para la Prevención de la Tortura, Virginia Creimer, durante la conferencia de prensa realizada el 31 de marzo en la que se difundieron los resultados de la reautopsia.
Entre otros datos trascendentes de la reautopsia, Creimer reveló que en la primera no se había explorado el cráneo, como corresponde a cualquier autopsia, pero especialmente cuando se trata de la muerte de personas bajo custodia del Estado. “No se había practicado ni el protocolo de Minnesota ni los más básicos de la medicina legal más elemental. Ni la bibliografía nacional ni la internacional pueden avalar la primera autopsia”, aseguró.
“En el cráneo encontramos lesiones no solo óseas sino de imágenes compatibles a nivel del cerebro con traumatismos”, describió la perito forense, quién consideró “un acto definidamente delictual realizar mal una primera autopsia por todo lo que se pierde, porque el tiempo transcurrido hasta una reautopsia, como tuvimos que hacer, implica perder pruebas. Esto no es una cuestión inocente, y es algo que tenemos que entender”.
Creimer también narró que no se había explorado el dorso del cuerpo, la espalda, donde se hallaron “numerosísimas lesiones”. “Todas las lesiones del dorso del cuerpo de Leandro no fueron advertidas ni descriptas en la primera autopsia, lo mismo las lesiones en su miembro inferior derecho”, informó.
Otra de las duras críticas de la perito forense contra el resultado de la primera autopsia es que en el mismo se mencionó haber explorado el cuello de Leandro Bravo concluyendo que no presentaba lesiones. “El cuello no sólo no se había explorado, así que muy lejos estaban de llegar a esa conclusión, sino que tenía signos externos de asfixia por comprensión extrínseca del cuello, que el cuello fue apretado, lo cual impidió una oxigenación normal y llevó a una asfixia que lo llevó a su muerte”, describió. Y agregó que “toda la vía aérea de Leandro estaba infiltrada con sangre”.
También había “patrones de asfixia” en la muestra de los pulmones enviada para su análisis al laboratorio durante la primera autopsia. “Existen elementos suficientes para llegar a la conclusión que además de los traumatismos que poseía Leandro evidenciados al momento de la reautopsia (no así en la primera), que no existían al momento previo a que llegara la fuerza policial, porque están las más de 70 filmaciones donde se puede observar con el torso desnudo a Leandro con ninguna lesión y sin embargo sí se observan en el momento de la reautopsia”, sostuvo Creimer.
“Esta combinación de elementos entre los politraumatismos padecidos por Leandro más la compresión extrínseca del cuello provocaron la muerte por asfixia”, concluyó.
Ahora, queda en manos del Superior Tribunal de Justicia investigar si hubo o no irregularidades en el accionar del médico forense que practicó la primera autopsia al cuerpo de Leandro Bravo y también determinar si le corresponde algún tipo de sanción administrativa y/o se configura algún tipo de delito penal.